Propuesta de la Sección Territorial de Madrid de JpD para su toma en consideración por el 32 congreso, Lleida junio 2017

 

1.- Tras el debate mantenido en el correo general de la asociación sobre la participación vía telemática para la toma de decisiones sin acudir al congreso, planteamos la conveniencia de modificar los Estatutos para posibilitar el voto por correo y telemático en decisiones que supongan modificación de los mismos o que revistan especial importancia, esto último cuando así se decida en el Comité Permanente previo al Congreso.

Para ello creemos que bastaría con la modificación del artículo 9 cuyo tenor literal actual es: “Adoptará sus acuerdos por mayoría simple, pero se requerirá la mayoría de dos tercios de asistentes para los acuerdos relativos a la modificación de los estatutos y la disolución de la asociación”

Podría ser redactado en los siguientes términos: “Adoptará sus acuerdos por mayoría simple de los asistentes, pero se requerirá la mayoría de dos tercios para los acuerdos relativos a la modificación de los estatutos y la disolución de la asociación.

En las mismas condiciones establecidas en el artículo 22, se permitirá el voto no presencial cuando se tomen decisiones que supongan modificación de los Estatutos o que sin implicarla, revistan especial importancia a criterio y según decisión tomada por el Comité Permanente que preceda al Congreso. A tales efectos, la referencia del artículo 22 a la Mesa Electoral se entenderá referida a la Mesa del Congreso”

2.- Plantear la necesidad de implantar los Tribunales de Instancia como única estructura que puede afrontar adecuadamente los retos actuales de la administración de justicia. Dos cuestiones fundamentales van unidas a esta necesidad: unas normas de reparto objetivas y claras entre los componentes del Tribunal, y el planteamiento de una postura oficial de la Asociación en relación con su Presidencia: la Asociación debe debatir y adoptar una posición acerca de si dichos cargos han de ser elegidos discrecionalmente por el CGPJ, como ocurre ahora con las presidencias de las Audiencias Provinciales, o por el contrario deben resultar de la votación entre los miembros el Tribunal, como sucede actualmente con los Decanos.

Unido a lo anterior, se plantea la necesidad de presionar para conseguir la convocatoria de más plazas de jueces/zas y magistrados/as, tanto por el turno libre como por el cuarto turno, alineándonos en este punto con las posiciones tanto del resto de asociaciones judiciales como con algunos grupos parlamentarios que están pronunciándose en este sentido. El objetivo irrenunciable debería ser situar a España al menos en la media de número de jueces por habitante de los países de nuestro entorno (12 frente a la media europea de 21 por cada 100.000)