Acuerdo sobre Salas de Gobierno

25 febrero, 2025

En relación con la reforma del sistema de elecciones a Salas de Gobierno previsto en el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, para la ampliación y fortalecimiento de las carreras judicial:

1.1) La previsión del Anteproyecto, con arreglo al cual cada juez/a o magistrado/a votaría a un solo candidato, si bien mejora el sistema actual, no está claro en qué medida permitirá alcanzar mayores cuotas de proporcionalidad y pluralidad en la composición de las Salas de Gobierno. A tal fin, parecería más positivo un sistema de listas (promovidas o no por las asociaciones) que garantice una proporcionalidad pura en la distribución de los miembros electos de las Salas de Gobierno según los resultados obtenidos.

1.2) Que se promueva la introducción, en la composición de las Salas de Gobierno, además de los miembros natos y electos, de integrantes adicionales en representación de las asociaciones con implantación suficiente en el territorio de que se trate. Todo ello en reconocimiento de la representación que legalmente ostentan las asociaciones judiciales.

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