Nota informativa: Carta al Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género y al CGPJ sobre la situación de las Secciones de Violencia sobre la mujer, infancia y adolescencia

8 octubre, 2026

A LA PRESIDENCIA DEL OBSERVATORIO CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO Y AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

La situación de las secciones de violencia sobre la mujer, infancia y adolescencia

La Comisión de Violencia sobre la Mujer, Infancia y Adolescencia de Juezas y Jueces para la Democracia traslada nuestra preocupación por la situación que están atravesando las Secciones de Violencia sobre la Mujer de los Tribunales de Instancia, como consecuencia del incremento de competencias asumidas tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

La ampliación de las competencias de estos órganos especializados supone un incremento significativo de su carga de trabajo. Se había estimado por el Observatorio que el incremento representaría un 12,9 % en todo el territorio nacional, aunque hay territorios como Cataluña, que han alcanzado el 20 %, según el Servicio de Estadística del mismo CGPJ. Ninguno de estos datos alcanza para comprender que existen asuntos que requieren una mayor dedicación, como son los de trata de seres humanos o los relativos a violencia sexual. Algo parecido ha sucedido con las secciones de violencia sobre la infancia de nueva creación, algunas de ellas al borde del colapso. Todo ello es debido a que la nueva competencia no ha venido acompañada de una dotación suficiente de medios personales y materiales.

La especialización de estos órganos constituye una herramienta esencial para garantizar una respuesta judicial adecuada frente a la violencia sobre las mujeres. Sin embargo, dicha especialización pierde buena parte de su eficacia cuando los órganos encargados de ejercerla se encuentran sometidos a una sobrecarga de trabajo que dificulta el cumplimiento de sus funciones con la necesaria calidad, celeridad y perspectiva de género.

La situación resulta especialmente preocupante porque el incremento competencial afecta a una materia particularmente sensible, en la que la respuesta judicial exige no solo resolver los procedimientos dentro de los plazos legalmente establecidos, sino también garantizar una adecuada atención y protección de las víctimas, evitar su revictimización y realizar una valoración integral de las situaciones de violencia.

Por ello, consideramos imprescindible que la implantación de las nuevas competencias vaya acompañada de una evaluación real y actualizada de las cargas de trabajo de las Secciones de Violencia sobre la Mujer y de la adopción de medidas inmediatas para adecuar sus recursos a las nuevas funciones asumidas, valoración que no puede realizarse desde una perspectiva meramente cuantitativa, sino también cualitativa. Las competencias que están siendo asumidas a día de hoy por las secciones de violencia requieren un tiempo notable de dedicación de las horas de trabajo y entrañan una elevada carga emocional. Todo ello incide en la salud laboral de quienes integran la judicatura y del resto de personal de la Administración de Justicia. No se trata solo de que falten jueces y juezas sino también es insuficiente la dotación de personal, Letrados y Letradas de la Administración de Justicia, funcionarios y funcionarias, y medios materiales, para una prestación del servicio de calidad y con las debidas garantías.

En particular, solicitamos:

· El refuerzo de las plantillas judiciales, mediante la creación o dotación efectiva de plazas de jueces, magistrados y personal funcionario allí donde resulte necesario.

·  El incremento de los medios de las oficinas judiciales, adecuándolos al volumen real de procedimientos y a las nuevas competencias.

· La dotación de los medios materiales y tecnológicos necesarios para garantizar una tramitación eficaz de los procedimientos.

·  La realización de un estudio riguroso de las cargas de trabajo de las Secciones de Violencia sobre la Mujer tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, para poder culminar en un documento que fije las cargas saludables de la judicatura en estos órganos.

· La valoración de las necesidades específicas de estos órganos desde una perspectiva de género y de protección de las víctimas, evitando que los criterios generales de carga de trabajo desconozcan las especiales características de esta jurisdicción.

Consideramos que no puede existir una verdadera justicia especializada sin una dotación adecuada de recursos. La ampliación de competencias de las Secciones de Violencia sobre la Mujer debe ir necesariamente acompañada de los medios necesarios para hacerlas efectivas.

Por todo ello, solicitamos al Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género y al Consejo General del Poder Judicial que impulsen y promuevan, dentro de sus respectivas competencias, las actuaciones necesarias para garantizar una dotación suficiente y adecuada de medios personales y materiales, así como un seguimiento específico del impacto que la Ley Orgánica 1/2025 está teniendo sobre la carga de trabajo de estos órganos.

A su vez, entendemos que esta cuestión debe ser abordada con carácter prioritario, pues de la adecuada dotación de estos órganos depende, en buena medida, la capacidad de nuestro sistema judicial para ofrecer una respuesta especializada, eficaz y con perspectiva de género a las mujeres y niñas y niños víctimas de violencia.

Comisión de Violencia sobre la Mujer, Infancia y Adolescencia de Juezas y Jueces para la Democracia

8 de octubre de 2026

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