Comunicado JJpD informando que recurre la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de apartar a Luis Villares y a otros tres magistrados de sus destinos.

27 abril, 2026

Juezas y Jueces para la Democracia ha planteado recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial frente a las resoluciones por las que se alteraban las secciones de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia Galicia, al considerar que adolecen de graves defectos que ponen en tela de juicio la inamovilidad de los magistrados afectados y, con ello, la propia independencia judicial.

El procedimiento para adoptar esta decisión se ha verificado sin audiencia de los cuatro magistrados y magistradas afectados, entre los que se encuentra nuestro asociado Luis Villares, y con una motivación meramente aparente e inidónea para justificarla, incumpliendo la norma que exige una serie de contenidos y trámites que no se atienden en el presente caso, pues la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Bilinski contra Polonia y la del Tribunal de Justicia de la Unión de 6 de marzo de 2025, señalan la necesidad de motivos claros y criterios objetivos que aquí, consideramos, no concurren.

El resultado de estos defectos es la ausencia de tales criterios objetivos y motivos claros, que ponen en tela de juicio la propia medida, dentro de un contexto de presión por parte de representantes políticos y empresariales que hacen más necesario, si cabe, extremar las garantías. La quiebra de la forma, según el TEDH, junto con la ausencia de motivos claros, llevan a apreciar un riesgo evidente para la inamovilidad y la independencia del tribunal que JJpD no puede ignorar.

JJpD ha solicitado también al CGPJ la suspensión de los acuerdos recurridos, recordando que la quiebra en la formación de los órganos judiciales y en el nombramiento de sus integrantes, puede llegar a ser motivo de nulidad de las resoluciones según la jurisprudencia del TEDH.

Defendemos que la asociación está plenamente legitimada en base a las previsiones de la propia Ley Orgánica del Poder Judicial como conforme a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que no sólo nos capacita, sino que también nos obliga a actuar en defensa de la independencia judicial. A ello se añade la última jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo respecto a fundaciones y asociaciones de interés general, que consideramos plenamente de aplicación a una asociación con más de cuarenta años de historia en defensa de una justicia independiente y justa. Esta posición se refuerza, si cabe, con las muy recientes conclusiones de la abogada general del TJUE Capeta, en el asunto C-555/24, en el que muestra, una vez más, la consideración especial de las asociaciones judiciales en defensa de cuestiones que afecten al estatuto y garantías de la judicatura.

JJpD confía en las instituciones y espera que el sistema de garantías de un Estado de Derecho robusto conjure lo que representa un verdadero y objetivo peligro para la independencia judicial y la integridad del sistema jurisdiccional europeo.

27 de abril de 2026

Secretariado de Juezas y Jueces para la Democracia

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