ACUERDO SOBRE LA SUPRESIÓN DE LA FASE DE SUSTITUCIÓN Y REFUERZO
La fase de sustitución y refuerzo debe eliminarse. Actualmente implica una duplicidad innecesaria, ya que el alumnado ejerce funciones jurisdiccionales plenas, pero bajo un régimen de examen y control que no aporta garantías adicionales. Su supresión permitiría prolongar la fase de prácticas tuteladas, mejorando la formación real.
ACUERDO SOBRE LA CERTEZA EN LA DURACIÓN DE LA FASE DE SUSTITUCIÓN Y REFUERZO
Mientras esta fase no desaparezca, debe garantizarse que no se prolongue más allá de lo previsto en el plan pedagógico. El alumnado tiene derecho a conocer con certeza la fecha de entrega de despachos y de elección de destino.
ACUERDO SOBRE LA EVITACIÓN DE PLAZAS EN EXPECTATIVA DE DESTINO (JED-JAT)
Se reclama el compromiso firme de que no se ofrezcan plazas en expectativa de destino. Para lograrlo, es necesario que los concursos de traslado se resuelvan con mayor agilidad, de modo que existan vacantes suficientes para las nuevas promociones.