ACUERDO SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE COMPOSICIÓN Y PRESIDENCIA DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS

4 noviembre, 2025
  1. Modificación del sistema de composición y presidencia de los tribunales colegiados

Dado que en los órganos colegiados el voto es igualitario entre todos los miembros que firman la sentencia, sin que tenga más valor el presidente o los magistrados de mayor antigüedad que componen la sección, sería interesante que se pudiera valorar la posibilidad de que la composición del tribunal no venga dispuesta por orden de antigüedad, sino presidida por el ponente, y el resto del tribunal que por turno corresponda por orden aleatorio, sin sumisión a la regla de la antigüedad en el orden de designación de los componentes del tribunal, así como que la presidencia de las vistas la realice el/la ponente y no siempre el presidente de la sección o del órgano colegiado.

Esta medida requeriría reformas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las leyes procesales, pero permitiría modernizar la organización judicial al separar el aspecto orgánico y jurisdiccional del Tribunal, rejuvenecer las presidencias de los juicios, aumentar la visibilidad de las mujeres en la celebración de las vistas orales.

Incluso cabría valorar si en cuanto a los aspectos orgánicos las presidencias de Salas o incluso de órganos colegiados podrían ser asumidas por un turno rotatorio de representación institucional. Ello, quizá, podría contribuir a disminuir la problemática que siempre surge en los nombramientos discrecionales.

Propuesta a la que se adhiere la ST de Madrid.

24 de octubre 2025

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