En el día de ayer, 09/07/2024, dando cumplimiento a la convocatoria inicialmente prevista para el 24 de junio pero posteriormente aplazada, se celebró en el Ministerio de Justicia (en adelante, MJU), reunión de la comisión prevista en la Disposición Adicional 1ª de la Ley 15/2003, comúnmente conocida como mesa de retribuciones, reunión a la que asistieron las personas que seguidamente se reseñan:
Por el MJU: DON MANUEL OLMEDO PALACIOS, secretario de Estado de Justicia, DOÑA MARÍA DEL ANGELS GARCÍA – directora general de Servicio Público Judicial – así como DON FRANCISCO FERRÁNDIZ y DOÑA TERESA GOIZUETA en su condición de personal adscrito al MJU.
Por las asociaciones judiciales: DOÑA MARÍA JESÚS DEL BARCO en representación de la Asociación Profesional de la Magistratura, DON JOSÉ IGNACIO MARTÍNEZ ESTEBAN en representación de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, DON EDMUNDO RODRÍGUEZ ACHÚTEGUI en representación de Juezas y Jueces para la Democracia y DON ALEJANDRO VEGA JIMÉNEZ- en representación de Foro Judicial Independiente.
Por las asociaciones de fiscales: DOÑA ESTHER MORENO – en representación de la Asociación de Fiscales -, DOÑA BELÉN MARÍN – en representación de la Unión Progresista de Fiscales y DON VICENTE GONZÁLEZ en representación de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales.
Compareció también una representación tanto de la Fiscalía General del Estado como del Consejo General del Poder Judicial, asistiendo los vocales DON JUAN MARTÍNEZ MOYA y DOÑA MAR CABREJAS, así como el Secretario General del Consejo, DON MANUEL LUNA CARBONELL.
No compareció a la reunión un representante específico del Ministerio de Hacienda, a lo que las asociaciones presentes mostramos nuestra disconformidad. El Secretario de Estado de Justicia, no obstante, manifestó que él comparecía también en representación del Ministerio de Hacienda, en virtud de la encomienda que expresamente le había sido realizada para trasladarnos la posición de este ministerio sobre las materias que conformaban el orden del día.
Tras los saludos y presentaciones iniciales, se tomó la palabra por el Secretario de Estado y se trasladó que esta reunión de la comisión de retribuciones se realizaba en cumplimiento de lo recogido en el acuerdo alcanzado el día 23/05/2023, que preveía una periodicidad anual en las reuniones de la comisión, mejorando así incluso lo previsto en la DA 1ª de la Ley 15/2003, que prevé un plazo quinquenal.
El Secretario de Estado hizo un repaso de los puntos del acuerdo de mayo de 2023, analizando su grado de cumplimiento. Señaló que este mes de julio de 2024 se cumpliría el último plazo de un 20% de la subida prevista en el acuerdo de mayo de 2023 para las pagas ordinarias. Sigue pendiente, no obstante, la actualización del importe de las pagas extras tanto de 2023 como de 2024. La actualización de estas cantidades requiere la previa aprobación de la LPGE de 2025, en la que el Ministerio ya ha introducido la enmienda correspondiente, estando pendientes de la clarificación de la situación política.
Igualmente, el Ministerio señaló que habían cumplido en su mayoría con los compromisos adquiridos con la Carrera Fiscal, y que, en cuanto al incremento de plazas de jueces y fiscales también recogidas en el acuerdo de mayo de 2023, reconoció que actualmente tienen un déficit de 200 plazas respecto de lo previsto en el acuerdo, motivo por el que señaló que estaban trabajando para que, si se aprueba la LPGE 2025, se convoquen hasta 400 plazas en total.
En la nómina del mes de julio, asimismo, percibiremos también la subida del 2% que, con carácter general, se aprobó para toda la función pública, con efectos 1 de enero de 2024.
En cuanto al cobro de las retribuciones variables, el Ministerio anunció que, tras mucho negociarlo con el Ministerio de Hacienda, nos pagarán en la nómina de julio la productividad correspondiente al segundo semestre de 2023 conforme a lo ya sentenciado por el Tribunal Supremo, es decir, con un importe no inferior al 5% de nuestras retribuciones fijas, lo que implica un incremento sustancial de la cuantía a abonar. Igualmente, éste será también el importe a abonar tanto cuando se abone la productividad correspondiente al primer semestre de 2024, como para los sucesivos semestres.
Quedaría pendiente el abono de las diferencias generadas respecto de las retribuciones variables desde 2019 al primer semestre de 2023, que el Ministerio cuantifica en una cantidad cercana a los 40 millones de euros en total. El Ministerio se compromete a abonarlas de oficio y sin necesidad de que cada juez siga un procedimiento judicial individual. Sin embargo, no propuso un calendario de pago aproximado. Reconoció que, en este momento, no disponen de fondos suficientes, e incluso dejó entrever que el abono de estos atrasos podría suponer reducir otras partidas presupuestarias, señaladamente los refuerzos existentes en numerosos órganos judiciales. Una vez se constituya el nuevo CGPJ, negociarán también con él un calendario de abono de estos atrasos, partiendo de la base de que, a partir del próximo ejercicio presupuestario, se endurecen las reglas de control del déficit fiscal conforme a las directrices comunitarias.
Por último, el Secretario de Estado cerró su intervención señalando que la extraordinaria dificultad de abonar estos atrasos va a implicar en la práctica que la posibilidad de abordar la negociación de otros conceptos retributivos respecto de los que existían grupos de trabajo en marcha, como los de guardias, trienios o grupos de población, resulte muy complicada.
Por parte de las asociaciones judiciales, aunque valoramos el esfuerzo y el talante negociador del Ministerio, expresamos nuestra decepción por la falta siquiera de un calendario de pagos de las cantidades atrasadas correspondientes a los años 2019 a 2023. Muchos compañeros estaban esperando al resultado de la reunión de hoy para decidir si presentaban la correspondiente reclamación administrativa, a fin de interrumpir la prescripción. Ante la falta de seguridad acerca del pago de oficio por parte del Ministerio, es previsible una masiva llegada de estas reclamaciones y pleitos contenciosos individuales, con el colapso que ello puede suponer tanto para el propio Ministerio como para los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Consideramos además que, en ningún caso, el cumplimiento estricto de lo previsto en la Ley de Retribuciones puede suponer la supresión de refuerzos que, en muchos casos, tienen carácter estructural en muchos partidos judiciales con una insuficiente dotación de juzgados y tribunales. Por último, tampoco es aceptable que el abono de estas cantidades, que no se derivan en sentido estricto de un proceso negociador sino de la obligada ejecución de una sentencia, implique que debamos abandonar otras muy justas reclamaciones retributivas de la Carrera Judicial, tales como las guardias, los trienios, los grupos de población, o el complemento de carrera horizontal.
Finalmente, el Secretario de Estado cerró la reunión comprometiéndose a que, a la vuelta del verano, tengamos una nueva reunión en la que pueda concretar en mayor medida el calendario de pagos. Igualmente, se comprometió a estudiar la posibilidad de que el Ministerio, de alguna manera, realizara un “reconocimiento de deuda” respecto de las retribuciones variables pendientes de pago, a fin de que pudiera entenderse interrumpida la prescripción sin necesidad de presentar reclamaciones administrativas individuales.
En MADRID, a 10 de julio de 2024
ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA
ASOCIACIÓN JUDICIAL FRANCISCO DE VITORIA
JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA
FORO JUDICIAL INDEPENDIENTE