A la vista de la jurisprudencia existente y que las necesidades de atención y cuidado de los niños son las mismas sean nacidos en familia biparental o monoparental y sin embargo, la dedicación en esos primeros meses de ese niño de la persona adulta en la familia monoparental (mayoritariamente, mujeres) es mayor que la de los progenitores en las familias biparentales y considerando, también, que esto ha sido ya asumido en vía administrativa por el Consejo General del Poder Judicial cuando se le ha solicitado.
Instamos a la actuación del poder legislativo en aras a reformar la normativa vigente para conceder una mayor duración de la suspensión del contrato de trabajo y de la prestación de Seguridad Social de nacimiento y cuidado de hija o hijo en el caso de que se trate de persona mayor de edad de familia monoparental, que bien podría alcanzar el doble de periodo hoy en día vigente.