El próximo mes de julio los integrantes de la Promoción 68 de la escuela judicial comenzarán la fase de sustitución y refuerzo prevista en el artículo 307 de la LOPJ. A pesar de las múltiples ocasiones en que desde JJpD hemos defendido la supresión de dicha fase del periodo de formación de juezas y jueces en prácticas, nuevamente los compañeros y compañeras de la señalada promoción deberán pasar por dicha fase, y se encontrarán sujetos a la calificación de los Presidentes de sus correspondientes Tribunales Superiores de Justicia, con la consiguiente merma de la independencia que debe caracterizar el desarrollo de nuestra función.

Tomando como precedente las características de la fase de sustitución y refuerzo, así como lo sucedido con la Promoción 67, la cual vio prorrogada, por Acuerdo de 23 de noviembre de 2017 de la Comisión Permanente del CGPJ, la duración de ese periodo más allá de los 4 meses que se establecen como mínimo en la LOPJ, y más allá del tiempo que se fijó inicialmente en el Acuerdo de 27 de julio de 2017 de la Comisión Permanente del CGPJ; una vez más debemos reivindicar la desaparición de la meritada fase de sustitución y refuerzo, por constituir un ejemplo de la progresiva precarización de las condiciones en la carrera judicial, y suponer un grave ataque a la independencia judicial.

Al mismo tiempo, y sin olvidar esa enérgica petición de supresión, toda vez que la Promoción 68 iniciará en breve su andadura por la citada fase, debemos reivindicar que la misma dure el tiempo mínimo legalmente estipulado, de forma que no se prorrogue el tiempo en que permanecen en funciones de sustitución y refuerzo los compañeros y compañeras de la Promoción 68, ni se demore de esta manera la entrega de sus correspondientes despachos.

Madrid, 11 de junio de 2018

EL SECRETARIADO DE JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA