En respeto a la absoluta igualdad y por no fomentar lo que de hecho se traduce en la más pura discriminación, JpD interesa que se reconozca a los integrantes de la carrera judicial el derecho a acceder a la jubilación plena a los 65 años con percibo de pensión del 100% de la base reguladora, no siendo lícito que a costa del esfuerzo de este colectivo, prolongando su vida profesional hasta topes incalificables –con aplicación de coeficientes reductores como contrapartida a la no aceptación- se intente paliar un déficit de jueces cuya solución debe abordarse por cauces distintos que no pueden afectarnos de manera tan absoluta.

CARMEN GARCIA DE LEANIZ

MARIA LUISA APARICIO CARRIL

MARIA ANTONIA LOZANOALVAREZ