JUECES PARA LA DEMOCRACIA Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

 Carlos Gómez Martínez

 Por administración de justicia se entiende aquí el conjunto organizado de personas y medios materiales encaminados a hacer posible y eficaz el ejercicio de la jurisdicción. La Administración de Justicia así concebida es una responsabilidad compartida en la que confluyen el trabajo judicial, el de la secretaría y el de cuerpos profesionales colaboradores de la justicia. Este complejo organizativo es, además, competencia de varias administraciones.

Tradicionalmente Jueces para la Democracia ha considerado la Administración de Justicia como un servicio público, hasta el punto de que puede decirse que esta manera de acercarse al tema constituye una de las señas de identidad de nuestra asociación. Baste recordar aquí el lema del Congreso celebrado el 1998 en Girona “ La Justicia al servicio del ciudadano”, y la que fue su tercera conclusión “ La Administración de Justicia está al servicio de los ciudadanos y, el hecho de que funcione bien, no es una demanda social coyuntural o esporádica, sino una necesidad constante y permanente, en un Estado social y democrático de derecho, en el que la “Justicia” se identifica como unos de los cuatro valores superiores del ordenamiento jurídico, junto con la libertad, la igualdad y el pluralismo político. Además la organización en que se concreta el ejercicio de la potestad jurisdiccional, ha de ser eficaz (artículo 103.1 C. E. ), y eficiente (artículo 9.2 C.E.).

El artículo 2, letra “F” de los estatutos recoge como uno de los fines de Jueces para la Democracia el de “Realizar estudios y actividades encaminadas a la mejora del servicio y administración de justicia, en general. Elaborar propuestas de reformas orgánicas y procesales tendentes a lograr una administración de justicia más próxima al ciudadano, más comprensible, más rápida, más eficiente, con mayor participación popular, menos jerarquizada, más independiente y, en definitiva, más democrática”.

 

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