El proyecto adelantado por el Gobierno en materia de tasas judiciales no tiene nada que ver con el combate de la litigiosidad infundada o el abuso de la administración de justicia; tampoco promueve otros medios de solución de los conflictos; su finalidad es estrictamente recaudatoria y pudiera atentar contra el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

Con el sistema previsto y partiendo de la hipótesis de que vaya a afectar a todos los ciudadanos:

Por demandar en juicio verbal (las acciones de cesación de consumidores, los desahucios, la recuperación de la posesión, las reclamaciones de menos de 6.000 €, etc.), se prevé una tasa de 150 €.
Consecuencias:

  1. Se limita notablemente el acceso a la tutela judicial efectiva, especialmente al consumidor, que no tiene otro sistema donde acudir, pues no se ha regulado la mediación de consumo y el arbitraje de consumo depende de que la empresa lo acepte.
  2. Se grava el mercado de alquiler, -las anteriores reformas procesales siempre habían ido encaradas a facilitar la recuperación de la posesión- pero ahora, por mínima que sea la renta, se deberá abonar una tasa que incluso puede equivaler a la renta que se ha dejado de percibir.
  3. Supone igualmente una limitación importante para el pequeño empresario y comerciante, que tiene que pagar al Estado para conseguir que le pague su deudor.

Se ha de tener asimismo en cuenta que la mayoría de reclamaciones de cantidad que se efectúan ante los Juzgados son instadas por las aseguradoras contra otras aseguradoras, -puede alcanzar en las grandes ciudades casi el 60% de los litigios- y el coste de la tasa a buen seguro será repercutido en el coste de los seguros por lo que no va a constituir ninguna medida restrictiva de la litigiosidad para ese sector económico, ni va a limitar en absoluto la entrada de asuntos. Debería incentivarse al sector para que halle otras vías de solución. Desde luego que en este nivel tendrá efectos recaudatorios.

Lo mismo cabe decir de las reclamaciones monitorias que doblan la tasa actual (100 €). Aunque fue un proceso inicialmente previsto para los comerciantes está siendo utilizado mayormente por las financieras y los bancos para reclamar los préstamos y créditos. Estas empresas no soportarán el coste de litigar porque lo repercutirán subiendo sus comisiones y gastos que en definitiva recaerán sobre el cliente. Sin embargo el comerciante y el pequeño empresario saldrán perjudicados, porque deberán pagar para conseguir que su deudor les pague. Sangrante resulta el incremento de la tasa para apelar (800 €) y para recurrir en casación (1200 €).

Este gobierno está empeñado en reducir la carga de los Tribunales de segunda instancia y del Tribunal Supremo, cuando en dichas instancias y en el ámbito civil, no hay -hoy por hoy- una sobrecarga excesiva, y sin embargo limita la revisión de las decisiones de instancia, dejando a los justiciables con una única oportunidad.

La pretendida confianza que el proyecto parece depositar en los jueces de primera instancia no se compadece con la sobrecarga de trabajo que los mismos padecen, obligados a trabajar a destajo sin el debido sosiego que evite involuntarios errores.

Si lo que se quiere es acabar con la Justicia para todos y desandar el camino hacia una Justicia de calidad que sigan imponiendo tasas.

Para colmo, habrá que determinar si, junto a la tasa estatal, los ciudadanos de ciertos territorios habrán de soportar también la tasa autonómica, (Catalunya ya ha promulgado su norma al respecto y que, aquí sí, gravará con tasa a todo litigante, ya sea persona física o jurídica), que será acumulativas y puede constituir un supuesto de doble imposición contrario a la vertebración autonómica del Estado y a la igualdad de los ciudadanos.

 

Junio de 2012, Valencia