2.- Los jueces hondureños fueron sancionados con la separación de sus cargos por haber denunciado, mediante el ejercicio del derecho a la libre expresión de opiniones, el golpe de estado que tuvo lugar el 28 julio 2010 y defender el orden constitucional. Con su despido los poderes de facto intentaban restringir la independencia judicial y someter políticamente al poder judicial. Las autoridades que les sancionaron trataron de legitimar la ruptura del orden jurídico democrático como una “sucesión constitucional” y necesitaban acallar la disidencia interna en los aparatos del Estado.
3.- Los jueces represaliados representaban una corriente de opinión crítica de la magistratura de Honduras que, enfrentada a la jerarquía judicial, reivindicaba y reivindica la independencia de los jueces como mecanismo de garantía de la tutela efectiva de los derechos y las libertades de las personas, con el propósito constitucional de hacer resistentes a los jueces y tribunales frente a las presiones de los poderosos, para servir a la Constitución y a la ley y a la mejor defensa de los derechos humanos de todos, especialmente de los sujetos vulnerables. Su destitución, coetánea en el tiempo, por reivindicar el orden jurídico constitucional fue un acto de depuración política inconcebible en un Estado democrático.
4.- La reparación de esta grave violación del derecho pasa necesariamente por la restitución en el cargo de los cuatro jueces, único modo de restaurar la vigencia de los valores constitucionales y de la independencia judicial, de impedir que los Estados sancionen arbitrariamente a los jueces.
Secretariado de Jueces para la Democracia
En Madrid, a 2 de febrero de 2015