Poder económico. ¿Poder judicial?, Carlos Jiménez Villarejo

La presente reflexión analiza, a partir de una muestra significativa, la posición de los Tribunales, particularmente la Audiencia Nacional, ante la gran delincuencia financiera. Y expone cómo, en sus resoluciones, plantean argumentos exculpatorios sustantivos y procesales, no solo discutibles sino claramente carentes de un fundamento legal. La muestra —que podría ampliarse a otros supuestos igualmente graves— es suficiente para expresar la posición no solo tolerante sino, objetivamente, subordinada de ciertos tribunales ante destacados representantes del poder económico. Con juicio oral o sin él han salidos impunes. Pero no solo esto, sino que, precisamente ahora, en plena crisis económica, pueden continuar actuando como si estuvieran por encima de la ley.

Dos tests sobre la consistencia del estado de derecho. Ante los proyectos de reforma de asilo y extranjería. Javier de Lucas

Con la crisis como contexto y como argumento omnipresente —tantas veces pretexto— los países de la UE se aprestan a adoptar reformas en el marco jurídico de la inmigración y de los refugiados. El nacionalismo económico, antesala de la xenofobia social, es un riesgo que subyace a estas reformas, más evidentes en el caso de Italia. El autor, tomando como referencia a España, analiza los aspectos más destacados del proyecto de ley de reforma de la ley de derecho de asilo y el anteproyecto de reforma a su vez de la ley 4/2000 y subraya algunas de las críticas enunciadas por ONGs como CEAR.

Urbanismo de carta blanca. Jesús Ernesto Peces Morate

La complejidad consustancial a la actividad urbanística, en la que confluyen múltiples intereses generales y particulares, hace difícil su correcto tratamiento jurídico. La complicación se acrecienta cuando su ordenación se elabora desde distintos centros de producción normativa, sin que exista un cauce para unificar tal dispersión con el consiguiente tratamiento desigual de derechos y deberes. La relativización de principios básicos, la autonomía de la voluntad, la concurrencia de atribuciones y las diferencias terminológicas son hechos que propician la confusión que campea en esta materia, en la que permanentemente las Administraciones se disputan competencias y esgrimen su inmunidad frente a cualquier control externo. Esta situación provoca resultados difícilmente corregibles en detrimento siempre de los intereses más dignos de protección, por lo que se hace imprescindible introducir principios y reglas de común aplicación así como la posibilidad de un criterio uniforme de interpretación jurisprudencial, únicas vías para lograr un desarrollo sostenible.

Acerca de las dificultades de aplicación de la normativa sobre igualdad de hombres y mujeres. Celsa Pico Lorenzo

Actualmente se discuten los grandes retos que constituyen los derechos humanos de tercera generación engarzados con la Declaración y el Programa del Milenio de Naciones Unidas y los derechos de cuarta generación. Sin embargo, la autora, pone de relieve las dificultades que aún encuentran derechos de más antigua generación, como la efectiva igualdad entre hombres y mujeres y la lucha contra la discriminación femenina. Subraya que, en tal campo, la labor jurisdiccional es importante no olvidando los instrumentos normativos internacionales, como el CEDAW, que han llevado al actual estado de la legislación.

La teoría del derecho de ‘Principia iuris’. Luis Prieto Sanchís

Pese a su adscripción rigurosamente positivista, la teoría del derecho de Ferrajoli, que alcanza su culminación en Principia Iuris, recupera la función pragmática o prescriptita de la ciencia jurídica que fue característica del racionalismo y de la Ilustración de los siglos xvii y xviii, y que había quedado por completo oscurecida en las dos últimas centurias. La adopción del paradigma constitucionalista como eje de un positivismo a la altura de nuestros días, permite construir todo un modelo de ciencia jurídica crítica en torno a la divergencia entre el ser y el deber ser. No obstante, pese a ese protagonismo del constitucionalismo, Principia Iuris se separa abiertamente de las presentaciones más usuales que se conocen como neoconstitucionalistas.

Anular las sentencias de la represión franquista. Una tarea de higiene pública. Ramón Sáez Valcárcel

Nuestra sociedad tiene una deuda pendiente con su pasado inmediato y nuestro Estado con el derecho internacional: buscar a los desaparecidos, investigar los crímenes y reparar a las víctimas de la represión ligado habría sido una disposición legal en tal sentido; pero ya que ésta no existe, corresponde a la Fiscalía y al Tribunal Supremo realizar esa tarea de higiene pública.

El Estatuto del Trabajador Autónomo. Florentino Eguaras Mendiri

Se ofrece en este artículo una visión global y simplificada de la ley del Estatuto del Trabajador Autónomo, Ley 20/2007 de once de julio, que regula las diferentes relaciones jurídicas del trabajador no asalariado; partiendo del concepto de este sujeto, se resaltan las distintas vinculaciones de las ramas del derecho que confluyen en este actor jurídico (civil, laboral y administrativo). La importancia de esta normativa obliga a efectuar una valoración crítica de la innovación que dentro de nuestro ordenamiento ha supuesto, haciéndose especial hincapié en la figura novatoria que se ha introducido del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente.

La valoración judicial de las pruebas declarativas. Mercedes Fernández López

La valoración de la prueba es uno de los grandes caballos de batalla de los juristas. Se trata de una actividad que plantea serias dificultades que afectan tanto a su realización como a la necesidad de motivar correctamente. Ni siquiera la utilización de estándares de prueba con pretensiones de objetividad, como el de la duda razonable, permite evitarlas, por lo que hay que concretar la exigencia de valoración racional descendiendo a los criterios de valoración que han de aplicarse en cada caso y que permiten conocer el grado de prueba necesario en atención al tipo de prueba de que se trate, facilitando así tanto la valoración como la motivación posterior. En este trabajo se analizan los criterios relativos a la valoración de las declaraciones y las posibilidades de control en segunda instancia de la valoración judicial de las pruebas de esta naturaleza.

La confesión del acusado como única prueba de cargo. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca

En el concepto liberal del proceso penal, los derechos y garantías individuales operan como límites al ejercicio del poder público. Su efectiva vigencia asegura que la sentencia solo se pronuncia tras una actividad incardinable dentro del concepto del debido proceso. La exigencia de eficacia en la persecución de determinados delitos puede conducir a un abandono de ese concepto, para aceptar que el proceso es más útil como un instrumento de control de la delincuencia, aún a costa de las garantías del que, ya de antemano, se considera delincuente. En nuestro sistema, la actuación procesal se encomienda al Juez, con un estatuto que tiende a asegurar su independencia e imparcialidad. Puede resultar difícil cuestionar el valor probatorio de la confesión válidamente efectuada ante la Policía. Especialmente si se trata de un delito muy grave. Sin embargo, la posibilidad de valorar esa confesión como única prueba de cargo depende de los principios y las reglas del sistema. Y, cuando se trata de declaraciones, a la Policía no le corresponde preconstituir la prueba.

Propuesta de reforma de la formación continuada de los jueces. Ignacio González Vega

A pesar de ser imprescindible la formación permanente de los jueces por ser inherente al desempeño de su función jurisdiccional, poco o nada se ha discutido sobre la necesidad de introducir reformas en el sistema de formación judicial continuada. Un magistrado bien formado es un magistrado más independiente. El objetivo principal del presente trabajo es abrir un debate sobre la reforma del modelo de formación continuada existente en las escuelas judiciales y centros de formación de Europa. Se trata, por una parte, de vincular la formación con la carrera profesional de los jueces, tanto en la promoción como en la especialización. Y, por otro lado, establecer unas directrices sobre la planificación de la formación (esto es, desde el análisis de las necesidades formativas, la elección de las metodologías adecuadas, selección de docentes hasta la evaluación de la actividades organizadas y su impacto en la labor diaria de los jueces). Todo ello, en aras a mejorar la calidad de la formación judicial.

El juicio a Sadam Hussein o la injusticia de los vencedores. Vittorio Fanchiotti

Describe con detalle el proceso judicial que condujo a la aplicación de la pena capital al depuesto presidente iraquí, Sadam Hussein, tras la ocupación estadounidense.
Recorre la creación y formación del tribunal que lo juzgó, las normas de procedimiento que rigieron el juicio y el desenvolvimiento del mismo explicando las múltiples violaciones de derechos fundamentales humanos y procesales perpetradas.

Apuntes

  • ‘A título— ‘A título personal
  • Las ideas claras del ministro
  • Mientras tanto
  • Sospechosa pasión por ‘la vida
  • El olvido y la memoria: el fusilamiento del juez Elola