El secretariado de JUECES PARA LA DEMOCRACIA, ante la noticia de que el Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha decidido anular el sistema de control de la productividad judicial, con la lógica cautela a la que le obliga el desconocer aún el texto de dicha  resolución quiere manifestar:

A) La legitimidad del Juez se gana diariamente, resolviendo los problemas que se le plantean con celeridad y calidad; desde ese punto de vista es preciso un control social del trabajo judicial, pero en su amplio aspecto de garantías de la tutela judicial efectiva, limitado, lógicamente, por el respeto a la independencia judicial. Todos sabemos que hay incumplimientos llamativos (falta de calidad de las resoluciones, conculcamiento flagrante de los plazos, ausencia de inmediación, desatención a los justiciables…), sin que hayamos conseguido un modelo de Inspección eficiente que detecte los incumplimientos inadmisibles y permita que sean corregidos.

B) Buena parte de las disfuncionalidades del servicio público de la Administración de Justicia, provienen de la desproporción de la carga de trabajo entre los distintos órganos judiciales; la idea de los Módulos surgió como un sistema de organización  que pusiera de manifiesto las necesidades reales de la Planta Judicial y permitiera resolverlas. Se convertían, también, en una garantía para el Juez, pues el cumplimiento de los Módulos suponía que había hecho razonablemente su trabajo.

C) Pero JpD se ha mostrado siempre contraria al vigente sistema de Módulos, ahora anulado (y aprobado en su día por un CGPJ con mayoría de la Asociación Profesional de la Magistratura), porque lejos de utilizarse para un reparto homogéneo, eficaz y razonable de la carga de trabajo, era claramente productivista, con graves defectos de “ponderación” del trabajo y desatendía criterios esenciales en el control del Juez, como es la calidad y la resolución en tiempo razonable y con las debidas garantías.

Por ello, nos congratulamos de que tal sistema haya sido anulado por el Tribunal Supremo, en tanto que nos concede la oportunidad de que el nuevo que el Consejo está estudiando, deseche los graves defectos apuntados y se utilice, no para lograr un simple número de resoluciones, sino para exigir del Juez el esfuerzo razonable y la calidad que la Sociedad espera de su función, ofreciéndole las adecuadas condiciones para afrontarlo.

Madrid, 27 de febrero de 2006