Una vez estudiada la impugnación de candidaturas formulada por Juan Romeo Laguna y Guillermo Sanchís Fernández-Mansaque, relativa a los candidatos que forman parte del Secretariado, la Comisión Electoral ha considerado:
- Que el XVI Congreso de la Asociación JpD celebrado en Las Palmas los días 14 y 15 de junio de 2001 aprobó el Reglamento Electoral que rige las presentes elecciones, estableciendo un sistema en el que son elegibles todos los asociados sin distinción, excepto aquéllos a quienes se lo impide la nueva regulación de la LOPJ.
- Que el Reglamento Electoral fue votado artículo por artículo sin que la asamblea propusiera limitación alguna a los asociados para presentar su candidatura.
Por ello, la Comisión Electoral ha resuelto:
- Rechazar la impugnación de candidaturas planteada por Juan Romeo Laguna y Guillermo Senchís Fernández-Mensaque.
- Ratificar, en consecuencia, la proclamación de candidatos aprobada en el acta de 25 de junio de 2001.
28 de junio de 2001.
Rafael Fluiters Casado José Mª Fernández Seijo José Luis Gilolmo López