Las Asociaciones Judiciales abajo firmantes, ante las noticias aparecidas en diversos medios de comunicación en los últimos días, a raíz de la rueda de prensa ofrecida el pasado 12 de febrero en Madrid por la Federación de Mujeres Progresistas, la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas, la Fundación Mujeres, la Asociación de Mujeres Juristas Themis, la Asociación Mujeres Opañel y la Comisión de Investigación Malos Tratos según la cual, entre otras cosas, anunciaban que iban a presentar quejas ante el CGPJ contra aquellos titulares destinados en órganos jurisdiccionales con competencias en violencia sobre la mujer que no estén dando un trato adecuado a las víctimas de violencia de género, así como pedir que se supervise aquellos juzgados que tengan una alta tasa de peticiones de protección denegadas a víctimas de violencia de género, manifiestan:

1.- El trato desconsiderado a quienes acceden a los órganos judiciales, siempre es susceptible de ser denunciado ante el CGPJ, especialmente si quien no es atendido con el respeto debido, es víctima de un delito. Por ello, entendemos justificado acudir a las instancias adecuadas y que se adopten las medidas procedentes y proporcionadas al caso concreto.

2.- Los miembros de la Carrera Judicial destinados en órganos con competencias en violencia sobre la mujer, gozan de una formación específica sobre la materia. Tanto es así, que España es referente internacional por contar con este tipo de órganos judiciales especializados. Dicha formación se traduce, entre otras cuestiones, en un tratamiento especial y diferenciado para las víctimas de violencia de género.

3.- Los miembros del Poder Judicial, gozan de independencia, imparcialidad y sometimiento exclusivo al imperio de la Ley. Dicha imparcialidad, sin obviar las especificidades anteriormente reseñadas en lo que a víctimas de violencia de género se refiere, les obliga a que, ante cualquier indicio de delito, deban adoptar medidas de investigación del mismo, con independencia de si el resultado judicial posterior es condenatorio o no. Los miembros de la Carrera Judicial investigan, exclusivamente, hechos presuntamente delictivos. Una instrucción penal no es sólo correcta si el imputado resulta condenado, puesto que muchos son los factores que pueden llevar a la absolución y que deben ser valorados por el órgano enjuiciador (distinto del instructor).

4.- Todas las resoluciones judiciales en materia de violencia sobre la mujer son susceptibles de recurso ante el órgano superior colegiado. Es a través de los recursos ordinarios como las resoluciones judiciales que se reputan desfavorables, deben ser impugnadas. Obtener Justicia no es sinónimo de que nos den necesariamente la razón. Y tutela judicial efectiva implica el derecho a obtener una resolución fundada en derecho.

5.- Tratar de influir en las resoluciones judiciales a través de denuncias sistemáticas ante el CGPJ y otros organismos cuando aquellas nos son desfavorables –incluso después de haber sido confirmadas en segunda instancia–, constituyen un ataque directo a la independencia judicial y, por ende, al normal funcionamiento de la democracia.

6.- Las Asociaciones Judiciales abajo firmantes, muestran públicamente su apoyo a todos los miembros de la Carrera Judicial que, a diario, aplicando la ley al caso concreto, tras una ponderada valoración de los indicios y pruebas presentados, imparten justicia en los juzgados con competencias en violencia sobre la mujer. Especialmente, apoyan a la magistrada y al magistrado contra quienes se han interpuesto sendas denuncias el 12 de febrero. Asimismo, pedimos al CGPJ que ampare a quienes se sientan perturbados en su independencia judicial como consecuencia de la presentación de quejas que ataquen su función jurisdiccional.

 

En Madrid, a 14 de febrero de 2018.

 

 

 

 

 

Manuel Almenar Berenguer                                   Raimundo Prado Bernabéu

Asociación Profesional de la                       Asociación Judicial Francisco de Vitoria

Magistratura

 

 

 

 

 

Ignacio González Vega                                 Concepción Rodríguez González del Real

Juezas y Jueces para la Democracia                       Foro Judicial Independiente