En las últimas semanas se ha difundido un “borrador” de Ley Orgánica del Poder Judicial, cuya autoría nadie asume, pero que produce honda inquietud en cuanto al nuevo diseño de la carrera judicial.

Los pocos datos que se conocen producen una enorme inquietud. De igual manera que la carrera militar, se idean no tres categorías, como hasta la fecha, sino hasta cinco, situación que propiciará los continuos traslados de unos órganos judiciales a otros, fruto de la promoción obligatoria hacia categorías superiores. Además se suprime la posibilidad de renunciar a ese “ascenso”, y se dispone un plazo de un año en el que no será posible el concurso desde el nuevo destino.

Con ello se propiciará, nos tenemos, un enorme perjuicio a la administración de justicia, pues la movilidad es causa de muchas deficiencias en juzgados y tribunales. Además si prospera ese diseño se van a  incrementar las excedencias, permisos extraordinarios, licencias sin remuneración, comisiones de servicios y otros instrumentos administrativos para evitar el traslado forzoso que supone el ascenso.

Lo inexplicable de esa opción es que nada aporta para mejorar la prestación del servicio público judicial. Por el contrario, fomenta una concepción rancia de la carrera judicial, que propiciará los continuos traslados, con el consiguiente perjuicio para los ciudadanos. La estabilidad se ha revelado como un importante elemento para asegurar el buen funcionamiento de los juzgados y tribunales. Incluso se incentiva en el proyecto de Ley de Retribuciones. Lo que recoge el borrador va en un sentido completamente opuesto a lo pactado entre las asociaciones judiciales y el Ministerio de Justicia.

Debe reconocerse que determinados destinos judiciales precisan de cierta experiencia. Si es preciso habrá que exigirla, pero no inventando categorías judiciales, sino estableciendo requisitos de antigüedad que impidan que sin la experiencia precisa, pueda concursarse a determinadas plazas. En todo caso, el art. 122.1 de la Constitución dispone que jueces y magistrados formarán un cuerpo único, lo que avala nuestra posición favorable a que sólo exista una categoría.

Dentro de la misma habría que exigir cierta antigüedad para los destinos en capitales de provincia, otra superior para ser miembro de una Audiencia, y más aún cuando se vaya a formar parte de un Tribunal Superior, la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo, con las lógicas diferencias en el complemento de destino. Pero esa medida se puede alcanzar sin el diseño propuesto, sin perjudicar a los ciudadanos, que desean estabilidad en sus tribunales, y sin abocar a los jueces  y sus familias a continuos e innecesarios traslados forzosos.

Por otro lado el borrador de LOPJ pretende suprimir el sistema de acceso a la judicatura través de los conocidos turnos 3º y 4º, impidiendo la incorporación de profesionales de contrastada capacidad que han nutrido en los últimos años plazas de jueces y magistrados, pese a los continuos recelos y restricciones que limitaron siempre el número de incorporaciones.

Por estas razones el XVII Congreso de Jueces para la Democracia propone:

1.- Que se desenmascare la autoría del borrador de LOPJ, que nadie asume, para que sus responsables expliquen las razones que han determinado a establecer un diseño de carrera judicial estratificado y pseudomilitar.

2.- Que se opte por una sola categoría judicial, unificando la actual diferenciación entre jueces y magistrados, sin perjuicio de la exigencia de cierta antigüedad para los destinos de mayor responsabilidad.

3.- Que en la situación transitoria hasta que esta situación se alcance, se permita a los afectados renunciar al ascenso forzoso a la categoría superior, manteniendo el destino que se tenía con anterioridad.

4.- Que se mantenga la vía de acceso a través del sistema de “turnos”, propiciando que juristas de reconocido prestigio con la suficiente experiencia profesional se incorporen a la judicatura.

Edmundo Rodríguez Achútegui.