PROPUESTA DE ADAPTACIÓN DE ESTATUTOS.-

Propuesta de modificación del nombre de la Asociación. De prosperar la misma, pasaría a llamarse Jueces y Juezas para la Democracia, y ello supondría la modificación del primero de los artículos de los Estatutos: Actual artículo 1º

En ejercicio del Derecho reconocido en el artículo 127 de la Constitución, «Jueces para la Democracia» se constituye en Asociación Profesional de Jueces y Magistrados con los fines y organización que se establecen en los presentes estatutos.

 

Propuesta de modificación:

  1. Sustituir en Asociación Profesional de Jueces y Magistrados por “Asociación Profesional de Jueces, Juezas, Magistradas y Magistrados, con los fines…
  2. Además de ello, cada uno de los artículos de los Estatutos habrían de adaptarse a la denominación inclusiva de ambos géneros. No será imprescindible que, en cada uno se diferencie en el modo indicado, pero sí que el término empleado contenga la referencia a genéricos comprensivos, puesto que de la lectura de los Estatutos se constata exclusiva referencia al sexo masculino, sin indicación ni referencia alguna al sexo femenino en ninguno de los preceptos.

 

Tramitación de la Propuesta

Dice el art. 9 de los Estatutos que la Asamblea General o Congreso,  Adoptará sus acuerdos por mayoría simple, pero se requerirá la mayoría de dos tercios de los asistentes para los acuerdos relativos a la modificación de los estatutos y la disolución de la Asociación o su fusión, o unión con otras asociaciones, e indica el mismo artículo en su apartado b) que el orden del día estará constituido por aquellas cuestiones que se decidan, bien en las Secciones Territoriales, bien por el Secretariado.

La cuestión que es objeto de esta propuesta ha sido planteada ante la Sección Territorial del País Vasco, en que forma parte la Coordinadora de la Comisión de Igualdad, pero, en todo caso, se propone al Secretariado para su asunción como objeto de discusión y votación en el Congreso,  con las mayorías exigidas en los Estatutos para su modificación.

 

Brevísima justificación de la propuesta.-

Es obvio que el lenguaje, siendo una adquisición cultural, sirve, en su función de comunicación, para nombrar la realidad, y cuando ésta se modifica, cambia el modo de nombrarla, pero también es sabido de la relación del lenguaje con las estructuras de poder, y la íntima relación entre ideología, poder y lenguaje ha sido desvelada por quienes han analizado la filosofía del lenguaje. En el punto referido a la utilización del masculino (singular o  plural) pero empleado como genérico para designar hombres y mujeres, sirve y ha venido sirviendo para esconder la presencia femenina, haciéndonos invisibles, creando así (junto con otros modos de expresión) en la mente la idea de la insignificancia femenina: Durante siglos los hombres han sido los únicos “propietarios” de los cargos y de la representación de los grupos, y las definiciones en femenino, siempre, son por referencia, nunca en sí mismas.

También los hombres han detentado el poder, y el efecto que ello tiene en el lenguaje lo saben hasta los niños cuando leen el diálogo entre Alicia y Humpty Dumpty (Alicia tras el espejo): “Cuando yo uso una palabra quiere decir lo que yo quiero que diga” (dice Humpty Dumpty) y la niña “La cuestión –dice Alicia- es si se puede hacer que las palabras signifiquen tantas cosas diferentes”.

La cuestión – zanjó Humpty Dumpty- es saber quién es el que manda…eso es todo”.

De esta Asociación formamos parte mujeres y hombres, y lo acorde con ese incuestionable hecho, es que se refleje en la denominación del grupo, Estatutos…..etc, en el lenguaje en general, haciendo así visible esa realidad, porque quienes lean “Jueces y Juezas; Magistrados y Magistradas” sabrán, sin duda alguna, que ambos sexos formamos parte del grupo, y no surgirá la duda que exigirá preguntar a quien manda, si nos damos por incluidas o no.

Cierto es que son muchas las personas que aluden a la falta de economía (del lenguaje) que supone el desdoblamiento, proponiendo únicamente el masculino (con ausencia de femenino) para designar a ambos sexos. No deja de ser “gracioso” que seamos nosotros, precisamente, quienes aludamos a la economía del lenguaje, a la vista de los modos de redacción, perífrasis, etc.….habituales en nuestros escritos, sentencias y autos, sobre todo si, como recuerda la Profesora Mercedes Bengoetxea, ni en el Cantar de los Cantares, ni en el Libro del Buen Amor, ni en El Romancero, ni en la Regenta….etc., etc. se considera el masculino como genérico, y cuando en las funciones, profesiones, crónicas y bandos había de ambos, ambos se nombraban.

 

Bilbao, 3 de mayo de 2011