La Comisión de Privado de JpD propone al Congreso de la Asociación que se celebrará en Oviedo los días 18 y 19 de junio de 2014 la adopción de la siguiente resolución, aprobada por unanimidad en las I Jornadas de la Comisión de Derecho Privado de Jueces para la Democracia, sobre La protección del cliente de banca y las últimas reformas legislativas, en Zaragoza, los días 6 y 7 de marzo de 2014.

Instar al Gobierno de la Nación y de las Comunidades Autónomas, a los partidos políticos y al poder legislativo, en el ámbito de sus respectivas competencias, a:

Ø Controlar mediante inspecciones preventivas las prácticas de las entidades financieras en la contratación con consumidores, ejerciendo la potestad sancionadora frente a las que incurren reiteradamente en el uso de cláusulas abusivas.

 

Ø Adoptar medidas dirigidas a que los organismos de control como el Banco de España, CNMV y el FROB, actúen con transparencia, facilitando información de sus actividades, inspecciones y expedientes, exigiendo a sus consejeros, vocales y consejos rectores que den cuenta de sus actividades y retribuciones por todos los conceptos, con un rígido sistema de incompatibilidades antes y después de su ejercicio.

 

Ø Adoptar medidas dirigidas a controlar a personas y entidades que sin estar sujetas a la fiscalización del Banco de España o de la CNMV, se dedican a actividades de préstamo, imponiendo en muchos casos intereses usurarios o abusivos.

 

Ø Proscribir y perseguir la publicidad engañosa de las entidades financieras dirigida a consumidores, evitando que se disfracen como créditos fáciles y rápidos lo que son préstamos que rayan o incurren en la usura.

 

Ø Promover y en su caso imponer de forma obligatoria para el empresario, especialmente en el sector bancario, el sometimiento a mediación de las controversias, incumplimientos o interpretación de los contratos con consumidores, especialmente los que puedan comprometer la vivienda familiar o los ingresos mínimos de la unidad familiar, antes de acudir a la vía judicial.

 

Ø Establecer legalmente tipos máximos de interés moratorio en la contratación con consumidores.

 

Ø Promover normas imperativas del deber de información de las entidades financieras, en la contratación con no sólo con consumidores sino también con autónomos y pymes, similares a las que protegen a los destinatarios de servicios de inversión (realización de tests, exposición de escenarios, etc.).

 

Ø Realizar campañas divulgativas para mejorar el conocimiento por los consumidores de sus derechos.

 

Ø Conseguir una mejor independencia del cuerpo de notarios impidiendo su vinculación a entidades financieras, debiendo cumplir sus deberes de expulsión de cláusulas abusivas, como forma de garantizar la observancia por su parte del deber de protección del consumidor.

 

Ø Impulsar el efectivo y eficiente funcionamiento del fondo social de viviendas destinadas a las personas que han sido desalojadas de su vivienda, extendiendo el ámbito de su adjudicación a más colectivos (ejemplo familias monoparentales con un solo hijo menor o cualesquiera vulnerables con hijos menores), y efectuar un seguimiento público que permita conocer el real funcionamiento del fondo y el número de ciudadanos beneficiados y rechazados.

 

Ø Elaborar una ley que aborde las causas subyacentes en los impagos de los préstamos hipotecarios y que trate de evitar las ejecuciones hipotecarias, contemplando los cambios en las circunstancias económicas de los prestatarios, los cambios sustanciales en el valor de los inmuebles y el posible resultado de hipotecas inviables, manteniendo al mismo tiempo incentivos apropiados tanto para deudores como para acreedores y reduciendo al mínimo el posible riesgo moral, tal como han solicitado a España el Banco Central Europeo en su dictamen de 22-5-2013 y el Parlamento Europeo en su sesión de 11-6-2013.

 

Ø Suspender los lanzamientos de vivienda en procedimientos de ejecución hipotecaria en tanto no se acredite un compromiso por el adquirente u otros a los que la transmita para la ocupación efectiva del inmueble en el plazo de seis meses, con recuperación de la posesión si tal ocupación no se produce.

 

Ø Elaborar una ley de sobreendeudamiento de los ciudadanos, que proporcione protección a los deudores de buena fe y les posibilite su recuperación económica.