Informe de la Comisión Sindical para el Congreso de Pamplona
Estimados compañer@s:
No queremos iniciar este informe sin antes agradecer a todos los miembros de la Comisión Sindical , de la Oficina Técnica y a del Secretariado el apoyo recibido en los trabajos de esta Comisión. Así mismo, también queremos agradecer especialmente a los compañer@s de Pamplona el esfuerzo de su Sección Territorial en la organización de este Congreso.
RELACIÓN CRONOLÓGICA DE ACTIVIDADES:
Los días 3 y 4 de junio de 2012 se interesó, en el correo corporativo, que miembros de la Comisión Sindical de las Comunidades Autónomas que todavía no tenían Delegado de Prevención Autonómico se presentaran como voluntarios para hacer de enlace territorial en las función con los compañeros y compañeras de dichos territorios para así poder hacer llegar sus inquietudes y poder trabajar desde la inmediación.
El día 7 de junio de 2012 se facilitó a través del correo corporativo STS 19/07/2006 de la Sala de lo Contencioso Administrativo relativa a las pagas extraordinarias.
El día 8 de junio de 2012 se interesó por un miembro de la Comisión Sindical que se propusiera por la Asociación la modificación del artículo 373 de la LOPJ y del artículo 223 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial y ello a la vista de la denegación de licencia por STS a una compañera que tiene el estatus de “pareja de hecho” y no de “cónyuge”, informándose el día 11 de junio de 2012 desde la Coordinación Provisional del nuevo secretariado que se había puesto a la disposición de la compañera perjudicada por la denegación de licencia al no estar casada los servicios jurídicos de la asociación para recurrir la STS en amparo ante el TC.
El día 22 de junio de 2012 se informó de la disposición de varios compañeros de la asociación para remitir a la Comisión Sindical STS de la Sala de lo CA del TS relativas a Derecho Orgánico y al Estatuto del Juez, resoluciones que se pondrán inmediatamente en conocimiento de todos los asociados.
Entre los días 22 y 27 de junio de 2012 se discutió la improcedencia de la retirada de escoltas a determinados miembros de la carrera judicial (AN y Sala de lo Penal del TS) compañeros y compañeras que ejercen jurisdicción en una situación objetivamente más peligrosa para su integridad, llegando el Portavoz del Secretariado a hacer manifestaciones públicas de protesta.
El día 3 de julio de 2012 se facilitó STS de la Sala de lo CA del TS de 3 de mayo de 2012 en la que se estima parcialmente recurso frente a sanción disciplinaria grave impuesta por el CGPJ degradándola a leve y ello falta de reiteración en el requerimiento por parte del Instructor del expediente: “ No cabe duda de que el tipo sancionador disciplinario aplicado al presente case, propio de la infracción grave, impone que los requerimientos al interesado, se practiquen de forma reiterada. Si no se practican de forma reiterada, como sucede en el presente caso, lo procedente y ajustado a Derecho es entender que se ha incurrido en la falta leve castigada en el apartado 5º del artículo 419 L.O.P.J., que únicamente impone la sanción de advertencia; ello desplaza también la calificación del comportamiento del interesado como propio de una obstaculización que ha llevado a cabo las resoluciones administrativas impugnadas.”
El día 5 de julio de 2012 se informó por vía correo corporativo del comunicado de la CNSS en relación al problema con los escoltas que sufrían los compañeros de la AN y del TS y la posible denuncia ante la Inspección de Trabajo.
El día 15 de julio de 2012 se facilitó por el correo corporativo el trabajo realizado por el compañero Carlos Preciado relativo a tablas comparativas consecuencia de la entrada en vigor del RD 20/2012.
El día 16 de julio de 2012 se informó del comunicado de la Comisión Interasoiativa de ese mismo día en contra de las medidas del Gobierno.
El día 19 de julio de 2012 se interesó la ayuda de los compañeros para que informaran y opinaran acerca de la figura del “juez de refuerzo” y ello a la vista del problema existente con la no creación de puestos de trabajo (juzgados) y la existencia de jueces de la 63 promoción que no saben dónde ni cómo van a ejercer su trabajo.
El 24 de agosto de 2012 se informó de STS de la sala de lo CA de fecha 10 de abril de 2012 por la que se declara la responsabilidad patrimonial del CGPJ al imponer una sanción después anulada por dicha sala a un compañero y ello por los gastos que le produjo la antedicha sanción.
Entre los días 4 y 5 de septiembre de 2012 se discutió en el correo corporativo acerca del conocimiento de errores en el pago y medición de las retribuciones variables facilitando un modelo de recurso redactado por compañeras de Santander.
El día 11 de septiembre de 2012 se facilitó a todos los compañeros de la Comisión Sindical el material de trabajo para la reunión presencial a celebrar el día 14 de septiembre de 2012 en Madrid, así como adelantando los puntos del orden del día, a saber: 1) Preparación de la reunión con la CNSS del 26 de septiembre de 2012. Los delegados territoriales deberíais traer un listado o conjunto de problemas propios de cada territorio que sean de vuestro especial interés y que propongáis para ser tratados. 2) Trabajos de jubilación y jornada. 3) Seguimiento y publicación de doctrina del TS, Sala III, en materia de Derecho orgánico.
4) Proyectos de trabajo para 2012-2013: riesgos psicosociales e Incapacidad temporal. 5) Recortes salariales: discusión de la situación y propuestas al Secretariado. 6) Otros temas que se propongan.
El día 12 de septiembre de 2012 se facilitó por el correo corporativo un modelo para cómo informar acerca de la deficiencia o no de los puestos de trabajo en las distintas Comunidades Autónomas y su posible relación con enfermedades laborales.
El día 14 de septiembre se celebró reunión de la Comisión Sindical en Madrid cuya acta se trascribe a continuación: II REUNION COMISIÓN SINDICAL JUECES PARA LA DEMOCRACIA
Madrid 14.7.2012
Asisten Raquel Alastruey, Luis Manglano, Miguel Angel Abarzuza, Mercedes Sancha. Maria dels Àngels García, Carmelo Jiménez, Fernando de la Fuente, Cristina Bustamante, Izaskun Jaca, Clara Penín, Javier Martínez, Carlos Hugo Preciado y Antonio Fernández.
Excusan su asistencia Ramiro García de Dios, Isabel Tobeña, Luis Villares y Andrés Montalbán.
Se inicia la sesión aprobando el Acta de la reunión anterior.
En cuanto al punto primero del orden del día, se señala por parte de Carlos la necesidad de contactar con los Decanos de cada partido judicial por parte de los delegados de prevención de riesgos laborales, presentándose como tales.
Fernando indica que recientemente en Cartagena tuvieron visita de la “Comisión de Seguridad del Ministerio de Justicia”. Hacen una evaluación del puesto de trabajo y del edificio. Que dicha evaluación no lo es relación a los jueces y magistrados. Carlos añade que son los delgados nuestros los que tiene que realizar los informes de prevención a modo de lo que ha realizado el compañero Andrés en Murcia y remitirlo a los coordinadores Clara y Carlos.
Se comenta la necesidad de realizar y confeccionar carta de presentación como delegados de prevención de riesgos laborales.
Carlos indica que probablemente el próximo día 20 tengamos por parte del CGPJ propuesta de “carga de trabajo” en relación a saluda laboral. Se comenta la necesidad de conseguir el día de libranza para los jueces y magistrados de guardia al igual que lo tienen los funcionarios de guardia. En este sentido Àngels indica la necesidad de flexibilizar el día de libranza y Cristina añade que éste pudiera elegirse dentro de los diez días naturales siguientes a la finalización de la guardia.
Seguidamente Carlos explica la propuesta de horario en relación a la carga de trabajo e invita a la gente a realizar nuevos propuestas.
Raquel entiende que no puede anudarse la carga de trabajo al expediente y jornada de trabajo sino con la tarea del juez, es decir, por temas a resolver y la media de asuntos resueltos por juzgado y jurisdicción revisable cada dos años y, para ello seria necesario controlar el registro que le corresponde al CGPJ-
Clara, entiende que la propuesta de Raquel ya se realiza por medio de los controles virtuales, sin el agrado de la gente por entender éstos que se les puede medir por la rapidez, ya que unos son san mas lentos y otros mas rápidos. Añade que el registro es falaz, siendo necesario el buen funcionamiento del NIC-
Tito interviene para apoyar el planteamiento y propuesta de medición de carga de trabajo de Carlos, señalando la dificultad para medir el trabajo del juez ya que supone control a la vez que expone los diferentes sistemas de medición de trabajo que a lo largo del tiempo se han utilizado.
Fernando, indica que el problema es de enfoque ya que debe contemplarse desde el punto de vista de salud en el trabajo. Por ello, es necesario determinar aquel modulo que un vez superado signifique ya un riesgo para la salud.
Luis, añade que el modulo propuesto no vale para los órganos colegiados y el trabajo judicial hay que ligarlo a la carga de trabajo (medible y consensuado) y nos deben exigir unos mínimos.
Raquel dice que el sistema de módulos fracaso porque los datos no eran factibles, añadiendo que habían procedimientos que terminaban hasta con cuatro resoluciones definitivas y, por tanto, es necesario determinar unos “iters” y la certeza de los datos.
Carlos insiste en la necesidad de fijar un tope de jornada por motivos de salud, es decir, unos máximos. Luis entiende que el punto 4.7 de la propuesta que ahora se debate debe estar ligado a planta judicial.
Finalmente Carlos para finalizar el primer punto del día señala que si bien todo el mundo esta de acuerdo con fijar un limite de horario y jornada de trabajo, se podrán presentar propuestas en el plazo de tres días remitiéndolas a la comisión sindical
En cuanto la punto segundo del orden del día Carlos indica que el trabajo de jubilación resta por finalizar ya que por motivos de carga de trabajo Ramón no pudo concluirlo, faltando únicamente todo los relacionado con derecho comparado, solicitando algún voluntario, ofreciéndose el compañero Miguel Angel Abarzuza
En cuanto la punto tercero del orden del día Carlos, es decir, La necesidad de llevar a cabo un seguimiento de las resoluciones dictadas por la sala tercera relacionadas con régimen jurídico jueces si bien se ocupan Celsa y Luis, se propone que se hable con el CENDOJ por si hay alguien que se ocupe del estudio de dichas resoluciones ya que nos facilitaría el trabajo. También se indica por Raquel que existe un sistema de alarmas en el cendoj que podría aplicarse para dichas resoluciones de la sala tercera.
En cuanto al punto cuarto, se indica la necesidad de realizar un cuestionario en relación a los riesgos psicosociales, debiendo incluir lo relacionado con seguridad y violencia recordando los episodios de violencia que han hasta la fecha han sufrido varios compañeros.
En relación la punto quinto, Carlos explica que se ha puesto en contacto con Ricardo Conde indicándole que el recorte o supresión de la paga de navidad de realizara de golpe no de forma prorrateada como a los funcionarios. Igualmente en relación a las retenciones de IRPF en atención a la supresión de la paga de navidad, dice que no se reducirán porque están a resultas del Ministerio de Justicia.
Tito en relación a los recortes y a la ley de retribuciones 15/2003, indica la necesidad de buscara la unidad con las asociaciones y sindicatos.
Se plantea que a través de las juntas de jueces convocadas para el próximo día 21.9.12 se plantee un día de huelga junto con el resto de funcionarios. No obstante si indica por parte de Fernando y Raquel la necesidad de visualizar ante la opinión publica nuestras reivindicaciones y la huelga las distorsionaría.
Raquel propone llevar a la reunión de la Comisión del próximo día 26.9.12 el tema de los días de asuntos propios ante la posibilidad de que los supriman así como el contenido del anteproyecto que deja vacío de poder al CGPJ.
Se propone elaborar un orden del día en las convocatorias de juntas de jueces del día 21.9.12 o en su caso como puntos a debatir para el caso de haberse ya convocado, del siguiente tenor:
1) Limitación de la jornada de trabajo de Jueces/as y Magistrad@s a efectos de protección de salud y prevención de riesgos laborales.
2) No convalidación del RD-Ley 20/12d
3) Consideración de la Justicia como servicio público esencial del Estado a fin de convocar oposiciones a la carrera judicial.
4) Mantenimiento de los derechos retributivos y de los de conciliación de la vida personal, familiar y laboral como garantía de la independencia judicial.
Consideramos también que las protestas y reivindicaciones legítimas del colectivo judicial deben canalizarse desde la CIP.
Para terminar, Carlos informa de que el compañero Casiano Rojas no podrá continuar en la coordinación de la Comisión por razones de índole personal, y comenta que el compañero Luis Villares se ha ofrecido a asumir las funciones que llevaba Casiano. Se pregunta si alguien quiere asumir la coordinación que llevaba Casiano sin que nadie formule objeción a que sea Luis quien continúe en tales funciones.
La Comisión agradece a Casiano su trabajo durante su coordinación y le envía un fuerte abrazo
Sin otro particular, se levanta la sesión sobre las 20,00 h
El día 18 de septiembre de 2012 se expuso a los compañeros que el recurso planteado ante el Pleno del CGPJ relativo a la posible inconstitucionalidad del Escalafón de 2012 (que recogía las modificaciones consecuencia de la modificación obrada en la LOPJ para computar como antigüedad en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales de aquéllos que se dedican a la vida política y están en excedencia) había sido desestimado, y que debía presentarse recurso ante la Sala de lo CA del TS por un gabinete jurídico externo; a su vez se recuerda al Secretariado la voluntad de que recurra modificaciones concretas de dicho Escalafón de 2012 en relación al de 2011 consecuencia de la aplicación de la antedicha modificación de la LOPJ.
El día 27 de septiembre de 2012 facilitaron por el correo corporativo los compañeros de la Comisión Sindical que son miembros de la CNSS “Protocolo sobre embarazo, parto y lactancia” para que las compañeras emitieran sus opiniones en relación al mismo, así como un estudio realizado por la Fundación Galeta entre Jueces/as y Magistrados/as relativo a la carga de trabajo la incidencia en su salud.
El día 15 de octubre de 2012 se facilitó por el correo corporativo la propuesta que hace la AJSYMS sobre la creación de un cuerpo estable de jueces interinos.
El día 22 de octubre de 2012 el compañero Carlos Preciado publicó en el correo corporativo unas líneas y reflexiones propias donde expuso “de que se quejan los jueces”.
El día 14 de noviembre se informó del seguimiento de la Huelga General por los compañeros y compañeras de la carrera, todo ello después de que se informará previamente a través del correo general de los documentos a remitir al CGPJ y a los Presidentes de los distintos TSJ para ejercer el derecho de huelga.
El día 23 de noviembre de 2012 se participó activamente en las concentraciones convocadas por el CIP, así como el día 12 de diciembre de 2012 en el paro de una hora.
El día 3 de diciembre de 2012 por el Portavoz de JpD y miembro de la Comisión Sindical se impulso la realización de un paro parcial el día 12 de diciembre en compañía de otros empleados públicos.
El día 31 de enero de 2013 Edmundo informó que el compañero Carmelo Jiménez había interpuesto un recurso contra la decisión del Decanato de su partido judicial ante el CGPJ y que la respuesta del mismo había sido declararse incompetente ya fuere conforme al artículo 167.2 de la LOPJ ya lo fuere conforme al artículo 168.2 de la LOPJ remitiendo al compañero ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El día 7 de febrero de 2013 Carlos Preciado informó que la asociación de jueces laboralitas de Brasil había interpuesto una demanda ante la Corte Internacional de Derechos Humanos para que declarará la mora del estado de Brasil en el cumplimiento de la Convención de Derechos Humanos por no aumentar los sueldos de los jueces en 6 años, con afectación a la independencia judicial.
El día 13 de febrero de 2013 se aportó por la Comisión Sindical la información básica sobre la huelga de jueces del día 20 de febrero del año corriente.
Entorno a la huelga del día 20 de febrero de 2013, al margen de la información aportada por los compañeros en relación a su seguimiento, hubo un debate, tanto en el foro general como en el propio de la Comisión Sindical, en relación a la procedencia y legitimidad del derecho a la huelga de los jueces.
El día 12 de abril de 2013 se solicitó ayuda de los compañeros de la Comisión para colaborar en el informe que debía remitirse antes del día 21 de abril en relación a la modificación del RD 1026/2011 de MUGEJU sobre asistencia al jubilado.
El día 12 de mayo de 2013 se peticionó ayuda a los compañeros de la Comisión en relación a la realización de un informe-propuesta, a presentar en el trámite de audiencia abierto por el CGPJ, para el posterior redactado de la Instrucción relativa a la determinación de los supuestos para el establecimiento de un complemento que permita alcanzar el 100% de las retribuciones en supuestos de incapacidad temporal por contingencias comunes en miembros de la carrera judicial.
En síntesis la Comisión Sindical se ha mostrado en todo momento muy beligerante con el ataque que el Ministerio de Justicia viene desarrollando en el último año para con el ejercicio de la jurisdicción por juezas y jueces en activo (pj: modificación del régimen de permisos, pérdida de derechos de jubilación, pérdida de derechos en situación de incapacidad temporal, falta de creación de nuevos juzgados, falta de plazas para ascenso de los miembros de la carrera con congelación de facto del salario, régimen inhumano de sustituciones forzosas, despido de los 1000 jueces y juezas sustitutos,…) y con el intento de eliminar la separación de poderes debilitando al CGPJ con la reforma que está ahora en el Congreso de los Diputados (pretensión de dominar el Poder Judicial desde la sede de los partidos políticos).
ACTIVIDAD DE ESTUDIO E INFORMES:
Además de mantener una información constante sobre los trabajos en el seno de la COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD y en el Consejo sobre aspectos de desarrollo reglamentario de nuestro estatuto orgánico, se han elaborado informes sobre la Ley de Tasas y su impacto desde el punto de vista del acceso a la jurisdicción así como sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), por el que se modifica la LOPJ 6/85 de 1 de julio.
Igualmente, ya en el ámbito estrictamente estatutario, se hizo y difundió entre el resto de la carrera a través del correo corporativo una propuesta, elaborada en colaboración con la Comisión Social de JpD, en la que se plasmaban las conclusiones en relación a los complementos económicos de la prestación por Incapacidad temporal que fueron drásticamente recortados por la LO 8/12, apuntando lo que podrían ser situaciones a incluirse entre los supuestos excepcionales y justificados del artículo 375.3 LOPJ en los que, para el caso de contingencias profesionales, la retribución a percibir (recortada al 50% como regla general en el supuesto de contingencias comunes entre el primer y el tercer día y al 75% desde el cuarto al vigésimo) podrá ser complementada desde el primer día, hasta alcanzar como máximo las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad. Actualmente se está en fase de informe a la Instrucción que prepara el Consejo en esta materia. El plazo para la determinación de tales supuestos vence el 29 de junio de 2013.
De la misma forma se ha emitido informe sobre el proyecto de modificación del Reglamento de Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, que modifica, para recortarla, la asistencia al jubilado, la cual se enmarca dentro de las prestaciones sociales, concebidas como el conjunto de medidas protectoras del Régimen Especial del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, que atienden situaciones ordinarias de necesidad no cubiertas por otras prestaciones (art.102 RD 1026/11, en relación con el art.12.1e) del RDL 3/00 de 23 de junio). La modificación proyectada afecta al subsidio de jubilación de los mutualistas, que viene regulado en el art.103 del RD 1026/11.
Por último se ha elaborado informe, igualmente, sobre el Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo, que desarrolla la ley 15/2003, de 26 de mayo reguladora del régimen retributivo de la Carrera judicial y fiscal. La reforma proyectada incide sobre las retribuciones que el artículo 12 de la Ley 15/03 contempla como retribuciones especiales por el desempeño de determinadas funciones, entre las que se incluyen las correspondientes a la prestación de servicios extraordinarios sin relevación de funciones y las sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, previéndose en el art.12.3 Ley 15/03 que los requisitos de estas retribuciones, su devengo y su cuantía se incluyan dentro de la potestad reglamentaria del Gobierno, en ejercicio de la cual se había dictado el RD 431/04, que ahora se pretende modificar. La reforma también incide en el régimen retributivo de jueces sustitutos, magistrados suplentes y fiscales sustitutos.
Como puede observarse las materias objeto de informe son trascendentales para nuestro presente y futuro profesional desde el punto de vista de nuestros derechos salariales y corporativos.
El texto íntegro de tales informes pueden consultarse en la página web de Jueces para la Democracia y la Comisión Sindical está abierta y agradecerá las aportaciones de asociados/as y no asociados/as.
Seguimos contando con vuestra colaboración ya lo sea para los asociados/as a través de la lista de distribución comisionsindical@juecesdemocracia.es como a través del buzón denuncia en sindical@juecesdemocracia.es
Para el Congreso de Pamplona de JPD de Mayo de 2013
FDO.
ANDRÉS MONTALBÁN LUIS VILLARES CARLOS PRECIADO