INFORME REFERENTE A LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN POR LAS ASOCIACIONES JUDICIALES

 Por acuerdo del Pleno del CGPJ de fecha de 19 de mayo de 2016 se aprobó la convocatoria de concesión de ayudas para la financiación de actividades de formación realizadas por miembros de la Carrera Judicial y las auspiciadas o impulsadas por las Asociaciones Judiciales.

  • El objeto de esta subvención es la ayuda económica de los importes efectivamente gastados en concepto de desplazamiento, alojamiento y manutención de los miembros de la Carrera Judicial y de los/as colaboradores/as que participen en las actividades de formación organizados por las Asociaciones Judiciales.
  • Esta subvención requiere una justificación bastante rigurosa ya que debe acompañarse:

 

  1. Una declaración escrita de asumir el cumplimiento de las obligaciones que a los beneficiarios impone el artículo 14 de la Ley de Subvenciones, con especial referencia a las que contiene el apartado 1 d) del mismo artículo, así como acreditar extremos que exige el apartado 1 e) de dicho precepto, desarrollado por el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, por el que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  2. Una memoria de actuación donde se incluya la certificación de la realización efectiva de la actividad objeto de subvención.
  3. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos derivados de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y su fecha de pago.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, incorporados en la relación clasificada de los gastos, así como la documentación acreditativa del pago.

Asimismo la Asociación Judicial solicitante deben remitir al Consejo General del Poder Judicial, informe o conclusiones derivadas de la acción formativa objeto de la ayuda económica.

  • Para la distribución de esta subvención se aplica los siguientes criterios:

La cantidad prevista se distribuirá a través de un módulo base progresivo, en función del porcentaje de afiliados a cada Asociación Judicial, según la escala que se indica:

  1. Hasta un 5% de afiliados (con un mínimo de 50): el 5% del porcentaje señalado.
  2. Más de un 5% y hasta un 10% de afiliados: el 10% del porcentaje señalado.
  3. A partir del 10% de afiliados: el 20% del porcentaje señalado

En caso de que existiera remanente en la cantidad correspondiente a este módulo, se distribuiría a partes iguales entre las Asociaciones que superen el 10% de los afiliados.

Este año la partida era de 32.500 €, por lo que nos correspondería según el baremo en torno a los 7.000 €. Sin embargo, dado que a esta ayuda nunca concurre la ApM, nos han concedido una ayuda de 9.595,75 € que se corresponde con lo solicitado.

2016
JpD 9.595,75 €
AJFV 9.884,65 €
FJI 664,14 €
20.144,54 €

En esta convocatoria incluimos habitualmente las Jornadas del Comité Permanente y desde hace varios años a la vista de que podríamos obtener más financiación venimos incluyendo las Jornadas de lo Penal, de Privado y Social o Sindical.

ACTIVIDADES  REALIZADAS para las que hemos solicitado la ayuda:

  • JORNADAS COMISIÓN DE PENAL, 4 y 5 de noviembre de 2015 Madrid
  • JORNADAS MODIFICACIONES LEGISLATIVAS EN MATERIA DE GENERO, 28 de enero de 2016. Madrid
  • JORNADAS SOBRE PROPUESTAS PARA UNA NUEVA LEGISLATURA 4 y 5 de febrero de 2016. Madrid
  • III JORNADAS DE LA COMISIÓN DE PRIVADO, 3 y 4 de marzo de 2016.Alcalá de Henares
  • JORNADAS COMISIÓN SOCIAL. 22 y 23 de abril de 2026

Cuadro con las partidas obtenidas por nuestra asociación en esta partida de formación en los cuatro últimos años. En el 2012 la partida no había sufrido el recorte del 20%.

2016 2015 2014 2013 2012
JpD 9.595,75 € 12.379,28 € 10.311,21 € 11.970,76 € 22.284,80 €

En dicho cuadro hay que destacar que los Comités Permanentes se han ido abaratando poco a poco al realizarlos en Madrid y en alrededores hasta el punto de poder incorporar otras actividades.Por otro lado, siempre intentamos no sobrepasarnos en los gastos y en las actividades que pueden ir subvencionadas por esta partida porque las convocatorias se publican en mayo cuando el gasto ya está prácticamente realizado y en principio solo nos corresponden 7.000 €