INFORME DE LA SECCIÓN TERRITORIAL DE MADRID DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA
Si quisiéramos hacer un retrato de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid quedaría perfilado por tres características:
1.- El exceso de litigiosidad.
2.- La escasez del número de Juzgados y su dispersión en múltiples sedes.
3.- La insuficiencia de recursos personales y materiales, de una política de optimización de los mismos, y de un verdadero modelo de Justicia para la CAM.
En la Comunidad contamos con 21 partidos judiciales, de los que Madrid concentra el 50,7 % de la población y alrededor del 63% de los órganos unipersonales. En Madrid capital concurren 309 órganos judiciales distribuidos en dieciocho sedes más la del Registro Civil. Los veinte partidos de la periferia suman 178 órganos judiciales, distribuidos en treinta y ocho sedes. En resumen, los 487 órganos judiciales de la CAM se distribuyen en 57 sedes.
1.- ALTA LITIGIOSIDAD.-
La Justicia se erige como último recurso frente al abuso, la desigualdad, frente su antagónico: la injusticia. Esta labor resulta más ardua aún si tenemos en cuenta la importante carga de trabajo que soportan los juzgados y tribunales madrileños. Como se expone en la Memoria del TSJ de Madrid de 2015, Madrid es la segunda Comunidad Autónoma con mayor litigiosidad, con 202 asuntos judiciales registrados por cada 1.000 habitantes, muy por encima de la media nacional, que se sitúa en 179,7 asuntos. Igual ocurre con el dato del número de asuntos registrado por magistrado/a o juez/a, que ha sido de 1.865,5, superando también la media nacional, que fue de 1.611,8 asuntos.
Porcentaje de asuntos ingresados en 2015 respecto al total
de asuntos ingresados en los T.S.J.
Civil | Penal | Contencioso | Social | Total | |||||||
Andalucía | 17,8 | 22,9 | 28,8 | 16,9 | 21,5 | ||||||
Aragón | 2,4 | 2,3 | 2,0 | 2,1 | 2,3 | ||||||
Asturias (Principado de) | 2,7 | 1,7 | 2,2 | 3,8 | 2,0 | ||||||
Balears (Illes) | 2,6 | 2,7 | 1,4 | 1,8 | 2,6 | ||||||
Canarias | 4,8 | 5,0 | 4,4 | 5,7 | 5,0 | ||||||
Cantabria | 1,4 | 1,2 | 1,0 | 1,5 | 1,3 | ||||||
Castilla y León | 6,0 | 4,1 | 4,8 | 5,4 | 4,7 | ||||||
Castilla-La Mancha | 4,1 | 3,6 | 3,2 | 3,5 | 3,7 | ||||||
Cataluña | 13,6 | 15,4 | 8,9 | 15,5 | 14,9 | ||||||
Comunitat Valenciana | 12,4 | 11,0 | 10,1 | 9,6 | 11,2 | ||||||
Extremadura | 1,9 | 1,9 | 1,5 | 1,5 | 1,9 | ||||||
Galicia | 6,3 | 4,8 | 5,4 | 7,7 | 5,3 | ||||||
Madrid (Comunidad de) | 15,6 | 15,6 | 16,8 | 15,4 | 15,6 | ||||||
Murcia (Región de) | 3,2 | 3,3 | 3,2 | 2,8 | 3,2 | ||||||
Navarra | 1,0 | 1,2 | 1,0 | 1,1 | 1,2 | ||||||
País Vasco | 3,4 | 3,0 | 4,5 | 5,1 | 3,2 | ||||||
Rioja (La) | 0,7 | 0,4 | 0,8 | 0,8 | 0,5
|
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El informe del servicio de Inspección del CGPJ sobre la carga de trabajo de los órganos judiciales a 31 de diciembre de 2013 pone de relieve que el 49,81% de la Comunidad de Madrid supera en 150% el indicador de la carga de trabajo (la media de los Juzgados que en todo el territorio nacional supera en 150% dicho indicador es del 43´53%). Entre ellos, en Madrid capital: a) el 97´67% de los Juzgados de lo Social, la memoria del TSJ de 2015 indica que si bien se ha producido una disminución de entrada de los asuntos de 6,3% Madrid se sitúa otro año más como la Comunidad con más demandas por despido (19.419) siguiéndola la de Cataluña (18.688); también es la Comunidad que registra mayor número de reclamaciones de cantidad (23.363, un 1,7% más que la anualidad precedente), la siguiente comunidad fue la de Andalucía con 19.132. La carga de trabajo soportada por los 41 JS es de 1.288 asuntos media por cada Juzgado, cuando lo recomendable oscila entre 670-850 asuntos por Juzgado ; b) El 100% de los Juzgados de Primera Instancia, que en el 2015 experimentaron un aumento en el ingreso de asuntos de 20,9 % notablemente superior a la media nacional que ha sido de 7,0%.
Por su parte, el 69’57% de los Juzgados Mixtos de la periferia (64 de los 92), según el informe de 2013, supera el 150% el indicador de la carga de trabajo.
Sin embargo, Madrid tiene también la tasa de resolución más alta que la Memoria de 2015 del CGPJ sitúa en 1,02 (que iguala la media nacional). En este sentido, los JPI que sufrieron un aumento en el ingreso de asuntos de un 20’9% resolvieron en el 2015 un 9’5% más que en el ejercicio preferente y los Juzgados de lo Mercantil cuyo aumento en el ingreso de asuntos fue de 17’6% resolvieron un 19’6% más.
Con este panorama, se entiende que en el discurso de apertura de este año judicial el Presidente del TSJ manifestase que el elemento humano es el activo más importante del que dispone la justicia madrileña, capaz de mantener un esfuerzo continuado y de superar los constantes retos con los que se enfrentan los órganos judiciales.
Creemos que una forma de absorber o mitigar el exceso de litigiosidad es potenciar la mediación. Muchos colectivos se han preocupado en los últimos tiempos de formar especialistas en mediación, pero sigue siendo minoritaria su utilización a pesar de la disponibilidad de mediadores cualificados. El fomento de esta vía alternativa de resolución de conflictos también puede realizarse por la Consejería de Justicia, subvencionando la intervención de mediadores. La evitación de procesos judiciales, mucho más costosos, compensaría, sin duda, la inversión que se realizara al efecto asumiendo los costes de la mediación. Debe tenerse presente que los servicios de justicia restaurativa son uno de los derechos que se reconocen a la víctima en el artículo 15 de la Ley del Estatuto de la Víctima.
La mediación según datos del CGPJ (en todo el territorio nacional) ha tenido los siguientes resultados en el 2015[1]:
[1] Acudir a mediación aunque no se formalice el acuerdo, sirve para pacificar la relación y restablecer las vías de diálogo interrumpidas. Las partes pueden tener distintos procedimientos abiertos, un acuerdo de mediación en estos casos suele lograr el archivo de los otros procedimientos por lo que hay una cifra negra difícil de cuantificar.
FAMILIAR.- Han derivado a mediación unos 245 juzgados. Se ha alcanzado un acuerdo en el 38,97 % de los casos (5.829 derivados y 1.383 efectuados)
PENAL.- Han derivado a mediación unos 260 juzgados. Se ha alcanzado un acuerdo en el 79,26% de los casos (3.850 derivados y 1.881 efectuados)
CIVIL.- Se han efectuado 104 mediaciones, de las cuales 46,15% han terminado en acuerdo.
En la Comunidad ofrecen servicio de mediación 148 órganos judiciales (35 en familia, 52 civil, 32 penal, 3 mercantil, 26 social)
El presidente del TSJ, el juez Decano de Madrid, Antonio Viejo Llorente, y el Grupo Europeo de Magistrados para la Mediación (GEMME), han subrayado que la canalización de asuntos civiles, mercantiles y de familia hacia el sistema de mediación supone un ahorro tanto económico, como de tiempos de respuesta y emocional. La Comunidad de Madrid, han señalado los jueces, tendría que estar interesada en este medio de solución extrajudicial de conflictos, dado el importante ahorro que supone. Luis Aurelio cifró en 20.000 euros el coste total medio de un procedimiento, estimando que el coste aproximado de la mediación no supera los 400 euros.
En este sentido, tal y como pone de relieve Fernando Bejerano Guerra, Director del Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Madrid, “El proceso de mediación resulta un 76% más económico que la vía judicial y es más rápido, resolviéndose los conflictos en una media de 88 días con un coste medio de 2.497 euros, frente a los 548 días de la justicia ordinaria con un coste medio de 10.499 euros (datos del Banco Mundial)”.
2.- ESCASEZ DEL NÚMERO DE ÓRGANOS JUDICIALES.
El informe de 2016 de la Comisión Europea para la eficiencia de la Justicia (CEPEJ) que maneja datos de un estudio realizado en 45 países concluye que en nuestro país el número de jueces por cada 100.000 habitantes es de 12, mientras que la media europea es de 21[2]. Este informe sitúa a España a la cabeza de los recortes presupuestarios al analizar las inversiones en justica, junto a Irlanda y Portugal.
[2] Y de 5 fiscales frente a los 11 de media europea.
En la Comunidad de Madrid el número de jueces en activo por cada 100.000 habitantes es de 11,7 (nos superan Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla León, Galicia y la Rioja)[3]
[1] Según informe de La Justicia dato a dato de 2015.
Las necesidades de creación de nuevos órganos judiciales en la Comunidad de Madrid son:
-Según la memoria del CGPJ de 2015:
32 PLAZAS DE MAGISTRADOS EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS.
93 JUZGADOS (en Andalucía se calculan como necesarios 33).
-Según la memoria del TSJ de 2015:
36 PLAZAS DE MAGISTRADOS EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS´
92 JUZGADOS
El día 21 de diciembre de 2016 tuvo lugar una reunión de la CIM (Comisión Interasociativa de Madrid, que engloba a las cuatro asociaciones judiciales) con la anterior Directora General de Justicia Ilma. Sra. Cristina Díaz Márquez donde se nos indicó que para el 2017 se asume la creación de 5 Juzgados de Primera Instancia, 1 Mercantil, 1 Social en Móstoles y 2 secciones en el TSJ una civil y penal y otra contencioso administrativa.
Previsión a todas luces insuficiente. Debe destacarse que en la Comunidad de Madrid no existe Juzgado exclusivo de Violencia sobre la Mujer en los siguientes partidos judiciales: Aranjuez, Colmenar Viejo, Majadahonda, Navalcarnero, Pozuelo de Alcorcón, San Lorenzo del Escorial, Torrelaguna y Valdemoro. En la memoria del TSJ de 2015 se considera necesaria su creación en Colmenar Viejo y en Majadahonda (con 6 y 8 Juzgados Mixtos, respectivamente).
3.- INSUFICIENCIA DE RECURSOS.
3.1.- Medios personales.
En esta materia podemos destacar los siguientes aspectos:
Alta interinidad. En la Comunidad una tercera parte de los funcionarios de tramitación procesal y administrativa son interinos, casi la mitad de los funcionarios de auxilio judicial son interinos. CCOO informa que el 32,76% de la plantilla son funcionarios interinos. Este alto porcentaje de empleo temporal solo podría reducirse mediante una OEP que en 2017 cubriera la totalidad de plazas vacantes existentes.
Demoras y falta de nombramiento de interinos. A 31 de diciembre de 2015 eran quinientas quince las vacantes y bajas pendientes de cubrir. Necesidad de acelerar el nombramiento de funcionarios interinos para cubrir de forma inmediata todas las bajas y vacantes que se generen por cualquier circunstancia, debiendo de terminar de forma definitiva con el criterio de que sean dos o más las plazas vacantes del personal adscrito al mismo Juzgado para conseguir el nombramiento de un funcionario, siendo absolutamente imprescindible garantizar que todos los juzgados tengan completa la plantilla en todo momento. La anterior Directora General en la reunión que mantuvimos con ella el 21 de diciembre de 2016 la CIM indicó que en 2016 se ha conseguido dotar de funcionarios interinos todas las bajas en los Juzgados que se consideran más sobrecargados, estando previsto continuar en esta línea para el 2017, rompiendo así con la situación anterior en que sólo cubrían bajas cuando había más de una en el órgano.
Generalizada falta de experiencia o cualificación para el puesto de trabajo de aquellos interinos que de manera insuficiente se están nombrando, y que ha dado lugar a que se haya tenido que renunciar a varios de estos funcionarios ante su manifiesta falta de capacitación.
Propuestas en materia de medios personales:
Con toda la problemática que arrastra el tema del nombramiento, formación y capacidad de los funcionarios interinos resulta paradójico que la normativa que regula esta materia es una orden de 11 de diciembre de 2009. Entendemos que el tiempo transcurrido desde su dictado y la cantidad de críticas que año tras año se exponen en las memorias del TSJ es necesaria una modificación en esta materia para, por ejemplo:
-Recuperar la figura del tutor, funcionario de plantilla encargado de la instrucción del interino al que se le remuneraba mediante una prolongación de jornada por tutoría.
– Valoración del periodo de prácticas mínimo que tiene que permanecer el interino en el Juzgado antes de poder prescindir de él sin necesidad de acreditar su falta de capacidad para el trabajo (en la actualidad son dos meses para gestores y tramitadores y un mes para auxilio judicial). Para ello podría ser aconsejable flexibilizar, a instancias del titular del órgano judicial y del letrado de la administración de justicia, ese plazo de 2 meses, para los supuestos en que con anterioridad a que transcurra este plazo la falta de capacidad del funcionario para el puesto sea evidente, a fin de evitar colapsos en los trabajos a ellos encomendados.
– Un control de la actividad de los funcionarios interinos a través de un informe al finalizar su nombramiento en cada Juzgado o Tribunal podría servir para crear un cuerpo de interinos suficientemente capacitado para que desde el momento mismo de su incorporación a un órgano judicial pudieran asumir su labor de manera eficaz, evitando situaciones como las que siguen teniendo lugar en las que por su nula experiencia, su desconocimiento de los sistemas informáticos o su incapacidad para desarrollar el trabajo, están ocasionando serios perjuicios, retrasos y disfunciones en la actividad judicial.
-Confeccionar listas en la bolsa de interinos en función de órdenes jurisdiccionales e incluso en función del tipo de Juzgado concreto y necesidad de someterse los interinos a un nuevo periodo de prácticas en caso de cambio de orden jurisdiccional modificación relevante de la actividad laboral (como por ejemplo traslado de un gestor procesal de un servicio común de actos de comunicación a un juzgado de primera instancia).
-Superación de cursos de preparación para aquellos aspirantes que no tengan experiencia en los Juzgados.
– Aumento de la plantilla de funcionarios de la CAM, creando un cuerpo específico de apoyo formado por funcionarios titulares con la tarea de cubrir bajas en los diferentes tribunales, convenientemente regulado y retribuido. Para ello habrán de realizarse las convocatorias oportunas.
En relación a los funcionarios titulares, resultaría necesaria la adecuación de las plantillas de funcionarios a las necesidades reales de cada oficina judicial. Y, sobre todo, el aumento de presupuesto que permita que la OEP en 2017 cubra la totalidad de plazas vacantes existentes. En materia presupuestaria, según la Justicia dato a dato Madrid dedica en Justicia 55,2 euros por habitante, el 0’17 de PIB (nos superan Canarias, Cataluña, País Vasco y La Rioja).
Si bien del 2014 al 2015 hubo un incremento de un 5,5 %, del 2015 a 2016 un aumento del 6,61 % (un 7,2 % en personal), dicho aumento es insuficiente y debe relacionarse con los recortes presupuestarios de años anteriores. En personal ese recorte supuso desde enero de 2013 una reducción del presupuesto en un 9,2% y se concretó en la destrucción de 550 puestos de trabajo. En los presupuestos para 2016, tras una enmienda, se dotó de 13 millones de euros para compensar la pérdida de 550 empleo, a pesar de ello solo se han cubierto 260 de los 550 puestos eliminados (según CCOO). Aunque faltan datos exactos de la situación de la plantilla, el Consejero reconoció en noviembre de 2016 que quedan 294 puestos sin cubrir.
Como se trasluce de lo expuesto, no todas las necesidades pasan por un incremento de presupuesto. Creemos que la ausencia de una política de optimización de los escasos recursos también repercute negativamente en el funcionamiento de la administración de la Administración de Justicia. Como subraya la Memoria del TSJ de 2015 es criticable la total ausencia de una política de personal que optimice los medios personales disponibles. La falta absoluta de desarrollo en nuestra Comunidad Autónoma de la oficina judicial prevista desde el año 2003 en la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha imposibilitado hasta ahora la aplicación de técnicas de gestión modernas para la gestión conjunta de trámites judiciales y está dificultando la tecnificación de los procedimientos, como ha sucedido recientemente en el despliegue de LexNet.
En este sentido, en otras Comunidades Autónomas y en el territorio en el que las competencias en materia de justicia no están transferidas se ha ido implantando desde hace ya diez años, aunque también con retraso, la Nueva Oficina Judicial, mientras que en la Comunidad de Madrid no se ha producido despliegue alguno (Véase por ejemplo el Plan de implantación de la Nueva Oficina Judicial que desde el año 2006 ha ido realizando el Ministerio de Justicia en su territorio).
Cualquier plan o proyecto de acción pasa por dotar a la Justicia en Madrid de la importancia que se merece. Se acerca la fecha en que se cumplirán dos años del actual gobierno regional, y todavía desconocemos su proyecto en justicia. Por no tener no tenemos no ya un Consejería con dedicación exclusiva (es Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno) sino que también carecíamos de una Dirección General de Justicia como tal, desde el Real Decreto 232/2015 contábamos con una Dirección General de Justicia y Seguridad. El 31 de enero de 2017 se cesó a la Directora de Justicia y se creó una Dirección General de Justicia, separada de la de interior.
Se debe exigir a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía la elaboración de un Plan de Justicia integral para la Comunidad de Madrid con participación de todos los profesionales y sectores afectados. Es urgente tomar medidas para mejorar la trágica situación en la que se encuentra la Justicia en nuestra Comunidad. Sobre este punto hablaremos con posterioridad puesto que en las últimas semanas la sucesión de acontecimientos ha sido muy intensa.
La insuficiencia de personal es también aplicable a peritos, intérpretes, personal de limpieza, mantenimiento, seguridad, equipos psicosociales. En relación a estos últimos, una de las apuestas del 2017 es el inicio del funcionamiento del Instituto de Medicina Legal (somos la única Comunidad sin IML). Según nos informó la anterior Directora General, contemplan la posibilidad de adscribir al mismo a los Equipos Psicosociales. Esperemos que esta idea no sirva para amortizar puestos de trabajo, aunque ya hay voces que apuntan en esta dirección.
3.2.- Medios materiales.
La escasez de presupuesto afecta también esta materia, faltan medios materiales de uso corriente en otros territorios, como son los necesarios para la realización de actuaciones judiciales a través del sistema de video conferencia, cada vez más extendido. Pero donde el problema se hace más acuciante es a nivel de infraestructuras judiciales. Madrid despilfarra cientos de miles de euros todos los meses en mantener edificios judiciales dispersos e inadecuados por los que paga costosos alquileres y servicios duplicados (47 millones anuales). Esa dispersión incide no sólo en los costes, sino también en la calidad del servicio público de la Justicia. La dispersión no es ajena a los veinte partidos judiciales de la periferia (178 juzgados), con un total de 38 sedes judiciales. Mal endémico que compartimos con la inadecuación de las sedes para el uso judicial y el déficit de higiene, limpieza y seguridad; a lo que hay que añadir la falta de espacio y la ausencia de salas de espera para quienes se ven en la necesidad de comparecer ante los juzgados, lo que se agrava en la jurisdicción penal al convivir en el mismo espacio víctimas y denunciados; contrariando la previsión del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Víctima que establece que las dependencias en las que se desarrollen los actos del procedimiento penal, incluida la fase de investigación, estarán dispuestas de modo que se evite el contacto directo entre las víctimas y sus familiares, de una parte, y el sospechoso de la infracción o acusado, de otra. Y el artículo 25 de la misma ley que prevé esa evitación del contacto visual como una medida de protección de la víctima. El mejor exponente de esta calamidad es Torrejón de Ardoz con 9 juzgados distribuidos en 4 sedes judiciales, una de las cuales se incendió en el mes de enero de 2016. Otro caso sangrante es Navalcarnero, con 6 juzgados distribuidos en 3 sedes judiciales y que tiene un edificio que reuniría todos los juzgados en una sede casi terminado y en estado de abandono desde 2007, año en que la empresa adjudicataria fue declarada en concurso.
Así analiza la Memoria del TSJ de 2015 esta situación: “Innecesario resulta apuntar los graves perjuicios que esta dispersión genera a todos los profesionales de la Administración de Justicia, entre los que la dificultad de constituir refuerzos trasversales de varios órganos judiciales o la imposibilidad de llevar a cabo las funciones de sustitución que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye a jueces, magistrados y letrados de la administración de justicia, son especialmente relevantes. A la dispersión se une la falta de espacio en los edificios judiciales que dificulta y en ocasiones impide la constituir refuerzos al no disponer de espacio donde ubicarlos y poder celebrar vistas, como está ocurriendo con varios Juzgados de lo Penal de Madrid necesitados de un refuerzo para el que el edificio de la calle Julián Camarillo nº 11 no ofrece posibilidades.”
Alude también la última memoria al deficiente estado de las infraestructuras, indicando que las mejoras de acondicionamiento han sido puntuales y escasas, persistiendo las deficiencias denunciadas en años anteriores. Prueba de ello vuelve a ser el partido judicial de Torrejón de Ardoz. En la memoria del año 2014 se hizo hincapié en la lamentable y peligrosa situación que mantenía el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Torrejón de Ardoz, ubicado en la última planta de la sede de la Avenida de las Fronteras, con unas deficientes medidas de seguridad y un único acceso a través de una estrecha escalera y sin salida de emergencia. Las personas con minusvalía que necesitan ir en sillas de rueda no pueden acceder al Juzgado si no son subidas «a peso» y lo mismo ocurre con las que quieren acceder a los Juzgados de 1ª Instancia nº 1 y 2 y los de Instrucción nº 2 y 4 localizados en las plantas primera y segunda del edificio, porque el ascensor que posibilita el acceso a estas plantas no permite la entrada de una silla de ruedas. Tras la visita girada a esa sede el 3 de junio de 2015 por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, se apreciaron nueve infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales.”
Como sabéis, a las 13:00 horas del día 11 de enero tuvo lugar un incendio en la sede de los juzgados de Primera Instancia nº 5 y de Violencia sobre la Mujer de Torrejón de Ardoz, sede ubicada en la calle Granados nº 18 de dicha localidad. La causa probable se atribuye a un cortocircuito en el sistema de ventilación en la única vía de entrada y salida a dicha sede (cada juzgado tiene su propia puerta de entrada pero solo una está habilitada como tal, medida que supone un ahorro en los costes de vigilancia y seguridad), vía de acceso de reducidas dimensiones lo que diariamente plantea problemas para el paso de personas con problemas de movilidad, discapacidad física e incluso gente gruesa. El incendio no pudo sofocarse con los extintores existentes y requirió la actuación del cuerpo de bomberos, que ordenó el desalojo de todas las personas que se encontraban en el edificio judicial. Tras la intervención de los bomberos, el fuego fue extinguido a las 14:20.
Resulta increíble, tal y como informó la Magistrada Decana del partido judicial de Torrejón de Ardoz, que no se activara ningún sistema de alarma y/o de detección de incendios. No exista salida de emergencia y que todas las ventanas de la sede tengan rejas. De haberse propagado el fuego con rapidez, todos cuantos estaban allí hubiesen quedado atrapados, y hoy nos estaríamos lamentando de una auténtica tragedia. La configuración de los juzgados, en los bajos de un edificio, con un larguísimo y estrecho pasillo que comunica ambos juzgados, es una auténtica ratonera.
Este hecho fue denunciado por la CIM, mediante comunicado de 13 de enero de 2017 que tuvo bastante repercusión mediática y por los Decanatos el 19 de enero en un comunicado en el que afirmaron que los hechos pudieran llegar incluso a encajar en el tipo penal de los delitos contra los derechos de los trabajadores por lo que se planteaban la posibilidad de ponerlos en conocimiento de la Fiscalía de no arbitrarse los medios necesarios para solventarlos. Con posterioridad Presidente del TSJ solicitó una reunión con el Consejero que se concretó para el 26 de enero.
El 25 de enero los 21 Jueces y Juezas Decanos/as de la CAM emitieron un comunicado para que se tuviese en cuenta en esa reunión (en la que carecen de representación los partidos judiciales de la periferia), efectuando las siguientes peticiones ante el abandono de la Justicia madrileña:
Aumento del interés en los temas que afectan a la Justicia en la Comunidad de Madrid (creación de una Dirección General dedicada exclusivamente a Justicia); Transparencia en la planificación de todos los asuntos que afectan a la Administración de la Administración de Justicia en la CAM;
Respuesta ágil y adecuada a las comunicaciones que se efectúan desde los Decanatos, contestando por escrito a las comunicaciones escritas que se trasladan;
Dotación presupuestaria suficiente;
Adecuada planificación de la prevención de riesgos laborales, inspección e informe de los inmuebles judiciales (ITEJ) estudio pormenorizado de las diversas sedes por técnicos cualificados e independientes que redacten informes sobre posibles deficiencias en un plazo máximo de cuatro meses, con posterior programación de la CAM para la subsanación de las mismas, siempre con información de todo ello a los responsables de los Decanatos;
Solución al hacinamiento en las sedes judiciales;
Adecuación urgente de las condiciones ambientales, con reparación y, en su caso, sustitución de los equipos de climatización existentes;
Creación de salas de espera, salas de vistas y espacios para efectuar exploración de menores y realizar pruebas preconstituídas;
Adecuación de mobiliario a la normativa de riesgos laborales; Limpieza y mantenimiento adecuado de los edificios;
Previsión de planes de evacuación en caso de emergencia, con formación e información a todos los trabajadores conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y realización de simulacros de evacuación conforme a las previsiones normativas vigentes;
Adecuación de las dependencias de las Clínicas Médico Forenses y de los espacios de los Equipo Psicosociales, que son manifiestamente inidóneos;
Refuerzos de las medidas de seguridad y vigilancia de los edificios;
Cobertura inmediata de las vacantes de funcionarios, de manera inmediata, y por personal debidamente formado;
Cobertura de las plazas de Médicos Forenses, Equipos Psicosociale, con titulares, ante el escandaloso índice de interinidad, pues se necesita personal altamente cualificado;
Responsabilidad en el proceso de informatización y digitalización judicial, sin improvisaciones, con medios técnicos adecuados, formación e información previa, y previsión de periodos de implantación, con programas pilotos para corregir las posibles deficiencias antes de una implantación generalizada, con el consiguiente caos creado en los órganos judiciales de la CAM, como sucedió con la implantación de LEXNET que, a día de hoy, sigue generando innumerables problemas, y con los nuevos sistemas de gestión procesal;
Compromiso con una Justicia de calidad, implantando programas de mediación y servicios de orientación jurídica y atención social a los ciudadanos que puedan precisar de estas ayudas.
Terminan demandado al Consejero el compromiso expreso de una verdadera apuesta por una Justicia de Calidad, a la altura de la capitalidad de España, con elaboración exhaustiva de un Plan de Justicia en Madrid, con una programación de los planes de actuación y plazos de ejecución para ello
Los resultados de la reunión de la Comisión Mixta el 26 de enero son, según información facilitada por el TSJ:
En cuanto a las infraestructuras:
El consejero reconoció ser consciente de la mala situación de las infraestructuras de los órganos judiciales. Se comprometió a incrementar en un 30% el presupuesto de 2017 en infraestructuras judiciales, que, a requerimiento de los miembros de la Sala de Gobierno, cifró en un incremento de 4 millones de euros, destinado a subsanación de infraestructuras, aclarando que la creación de nuevos órganos judiciales es con cargo a otra partida presupuestaria.
También asumió el compromiso de hacer, en un plazo de 15 días, una evaluación pormenorizada de las más graves e importantes deficiencias en los edificios judiciales, con elaboración de un “mapa”, para a continuación emprender su corrección. Calculó que unos 18 edificios son los que requieren esa actuación.
Habló de establecer un calendario para emprender el resto de actuaciones en infraestructuras, que se podían prolongar durante varios años, en las que estaría incluido el cambio de sedes que no reunieran las debidas condiciones.
Para mejorar la comunicación en la subsanación de deficiencias que se observen, se comprometieron a elaborar inmediatamente un protocolo para el traslado a la Consejería de Justicia de las peticiones de las Presidencias y Decanatos, así como para la contestación a las mismas, que debe realizarse en todo caso. En los próximos días elaborarán un borrador de este protocolo, que remitirán el Presidente del TSJ para que introduzca las correcciones que estime procedentes antes de su aprobación.
En materia de personal:
Se comprometieron a dar información periódica del número de plazas de funcionarios que por unas circunstancias u otras están sin cubrir. En estos momentos habría unas 270 plazas en esa situación.
En materia de bolsa de interinos, nos informaron que van a cambiar los criterios de elaboración, garantizando una mayor formación, así como que también modificarán los criterios de gestión de la bolsa con el objeto de primar la experiencia de los interinos que hayan trabajado en los órganos judiciales.
Van a tratar de incrementar el número de plazas de funcionarios destinados a refuerzo, para que puedan afrontar futuras iniciativas de refuerzo.
Respecto del refuerzo de los Juzgados de lo Penal de Madrid, ya en marcha, el Consejero se comprometió a realizar gestiones urgentes para el nombramiento de, al menos, parte de los funcionarios solicitados por la Sala de Gobierno para que pueda mantenerse el refuerzo.
La actividad en la Asamblea de Madrid también fue intensa. El PSM solicitó una comparecencia de Ángel Garrido para que explicar lo sucedido y Ciudadanos presentó una proposición no de ley con el objeto de crear una mesa de trabajo (con intervención de los grupos parlamentarios y colectivos implicados) y para impulsar un pacto de mejora de la Justicia. En el pleno del día 2 de febrero todos los grupos parlamentarios suscribieron esa propuesta. Se supone que en el plazo de seis meses tendremos: un diagnóstico de las distintas problemáticas, un plan de choque (que el Consejero se ha comprometido a elaborar en el plazo de un mes) y la elaboración de un plan de actuación integral con la obligada dotación presupuestaria.
Según CCOO en los últimos tres años han formulado 124 denuncias ante la Inspección de Trabajo que en 80 casos ha detectado irregularidades o incumplimientos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. De los requerimientos se han subsanado 10 (ascensores, salida de emergencia de los juzgados de lo social, cambios de moqueta en los Juzgados de Julián Camarillo, muy parcialmente, los relacionados con la falta de aire acondicionado)
Es indiscutible la necesidad de reagrupar los órganos judiciales en una única sede. En este momento los únicos juzgados de la misma clase que están ubicados en una misma sede en Madrid Capital son: los 12 Juzgados de Mercantil (Gran Vía 42), los 54 Juzgados de Instrucción (Plaza de Castilla 1), los 41 Juzgados de lo Social (calle Princesa 3), los 11 Juzgados de Violencia sobre la Mujer (calle Manuel Tovar nº6) y los 7 Juzgados de Menores (calle Hermanos García Noblejas 37) .
De las jurisdicciones agrupadas, el edificio de los Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla no reúne las condiciones mínimas (estado deplorable de los calabozos, ausencia de espacios adecuados que propicien entrevistas de los detenidos con sus letrados, ausencia de una vía de conducción directa al Juzgado, etc…). En relación con el edificio de la calle Princesa nº 3 resulta muy triste y doloroso recordar la muerte del compañero Ángel Luis del Olmo Torres, titular del Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid ubicado en la calle Princesa, que el 2 de julio de 2013 falleció una mañana con un señalamiento de 19 juicios orales, en el edificio no había desfibrilador; igualmente, el incendio en el edificio judicial de la calle Princesa en abril de 2014 que motivó la actuación de la Inspección de Trabajo frente a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la CAM (informe OS:28/0027379/14 de 8 de octubre de 2014). En la actualidad, es cierto que se ha mejorado la posibilidad de evacuación del edificio con la construcción de una nueva escalera de emergencia, pero ello ha sido a cambio de eliminar la luz natural y la ventilación en una parte sustancial de cada una de las plantas del edificio, que sigue siendo insuficiente para asumir el volumen de personas que acuden al mismo diariamente. El representante de la Asociación Libre de Abogados y Abogadas, compareció en la Comisión de Justicia de la Asamblea de Madrid en noviembre de 2016 y manifestó haber estado en un simulacro de incendio en esta sede indicando que a su juicio, esa escalera de emergencia era claramente insuficiente.
Por lo que respecta a los Juzgados de Menores, en el informe de la Decana Delegada de la memoria de 2015 del TSJ, se indica que la sede de los juzgados de menores no es adecuada para evitar el contacto entre los testigos y los expedientados. Igualmente se hace constar que “el edificio tiene una moqueta que está provocando problemas alérgicos y respiratorios. Al parecer existía un servicio contratado que limpiaba la moqueta una vez al mes con una máquina especial, pero ese servicio se canceló. Nos consta que Grume y FGE han conseguido que se retire esa moqueta y se sustituya por un suelo sintético de fácil limpieza. Sin embargo pese a que se ha solicitado por parte de jueces, no se ha conseguido nada al respecto. También necesitamos que se abran ventanas, porque el ambiente está muy enrarecido, por la suciedad de la moqueta y los olores que emanan de algunos sumideros del aire acondicionado, circunstancias que son claramente insalubres. El calor en algunos puntos es sofocante porque no funciona bien el aire acondicionado”. En una conversación telefónica con la Decana Delegada, nos indicó que en el 2016 se ha solucionado el problema de la moqueta y de la ventilación.
También la sede principal de los Juzgados de Móstoles adolece de graves deficiencias, pues aparte de una falta de espacio que motiva trabajar en una situación de hacinamiento poco sostenible, sigue sin darse solución a las actas de infracción de la Inspección de Trabajo en lo relativa a prevención de riesgos laborales que obligaba a subsanar deficiencias, algunas tan relevantes como cambiar el sistema de apertura de puertas de salidas de emergencias.
La memoria del TSJ de 2015 concluye que la solución al problema de las deficientes infraestructuras judiciales es urgente. Bien sea retomando el último proyecto de la Ciudad de la Justicia, bien agrupando los órganos judiciales por jurisdicciones, bien aplicando otras opciones para la adecuada ubicación de los órganos judiciales, deben iniciarse con la mayor urgencia las medidas adecuadas para que en esta legislatura se solucione definitivamente este problema o, al menos, se sienten unas bases firmes para la ubicación de los órganos judiciales, garantizando en todo caso unas instalaciones dignas y representativas.
Mención especial merece la odisea del bautizado como Campus de la Justicia y rebautizado como Ciudad de la Justicia. El proyecto de Campus de la Justicia, que fue publicitado hasta la saciedad desde el 2004 (empezando las obras en 2007 y construyendo únicamente el Instituto de Medicina Legal que curiosamente ni llegó a ocuparse ni existe como tal, a pesar de que se creó hace 10 años) se paralizó en el 2010, después de varios actos inaugurales. A finales de 2014, siendo Presidente de la CAM Ignacio González, asistimos nuevamente -en vísperas electorales- a un nuevo anteproyecto de Ciudad de la Justicia. Se cambia la forma de gestión, pasando de una sociedad pública e inversión directa de la CAM a un régimen de concesión de obra pública. El 12 de febrero de 2015 se convoca el procedimiento para la adjudicación del contrato de concesión de obra pública y el 15 de junio se emite la propuesta de adjudicación del contrato a ACCIONA-OHL. El 25 de junio se produce la investidura de la actual Presidenta de la Comunidad, el 10 de julio se suspende la tramitación del expediente de contratación y el 17 de noviembre de 2015 la Comunidad desiste del proyecto de la Ciudad de la Justicia ante la incertidumbre motivada por la resolución de los contratos adjudicados con anterioridad.
Esta incertidumbre está relacionada con la herencia de la empresa pública Campus de la Justicia S.A., en cuyos derechos y obligaciones resulta subrogada la Comunidad tras la liquidación de aquélla, en concreto con la sociedad anónima CORSÁN-CORVIAN CONSTRUCCIÓN que recurrió ante el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la CAM la resolución de 12 de febrero de 2015 por la que se convocaba el procedimiento para la adjudicación del contrato de concesión de obra pública, indicando que dicha SA es adjudicataria desde el 28 de mayo de 2007 del contrato para la ejecución y dirección facultativa de las obras del nuevo edificio para los Juzgados de lo Social y Mercantil del Campus de la Justicia. El Tribunal administrativo en acuerdo de 27 de marzo de 2015, tras indicar que la Comunidad ha manifestado su intención de atender a las obligaciones económicas derivadas de los contratos anteriormente firmados por Madrid Campus de la Justicia, S.A, que el órgano de contratación debería haber resuelto con anterioridad a la convocatoria del contrato las situaciones preexistentes a la acometida del proyecto, pero dado que la identidad de las prestaciones entre los dos contratos es solo parcial y de relativa importancia en relación con la totalidad de las prestaciones del contrato de concesión de obras públicas, y que el órgano de contratación ha manifestado su intención de atender las obligaciones económicas que llevaría consigo la resolución del contrato vigente con el recurrente, en virtud del principio de proporcionalidad se considera excesiva la anulación de todo el procedimiento pudiendo enervar la causa que impide considerar la necesidad de la contratación, actuación que en todo caso deberá realizarse antes de proceder a la adjudicación del contrato.
El desistimiento del proyecto por el gobierno de la Presidenta Cristina Cifuentes fue recurrido por ACCIONA-OHL, recurso resuelto por acuerdo del Tribunal Administrativo de Contratación Pública mediante acuerdo de 13 de enero de 2016. En dicho acuerdo se refleja que CORSÁN-CORVIAN CONSTRUCCIÓN se opuso a la indemnización fijada por la CAM para la resolución del contrato de ejecución antes referido. El Tribunal indica que la preexistencia de otros dos contratos que inciden en el ámbito del segundo proyecto no impide la celebración de un contrato ulterior con un objeto idéntico o parcialmente coincidente, siempre que se resuelvan los anteriores , pero no admite la fórmula del desistimiento al indicar que “El desistimiento es una forma de finalización unilateral del procedimiento, previo a la adjudicación que solo cabe cuando se da el supuesto fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación”. El ejecutivo regional ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid de 13 de enero de 2016 que declara nula la orden 2430/15 de 17 de noviembre de 2015 de dictada por el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid por la que desiste del procedimiento de adjudicación correspondiente al contrato de concesión de obras públicas de ejecución de la Ciudad de la Justicia de Madrid. En la prensa se indicó que se judicializa la cuestión porque el Tribunal Administrativo “no les deja ni ejecutar ni desistir”
Para concluir en materia de infraestructuras, indicar que en la reunión de la CIM con la anterior Directora General se nos informó sobre el presupuesto que se venía manejando en esta área, que a juicio de los integrantes de la CIM es ridículo pues se trata aproximadamente de 600.000 euros para 300.000 metros cuadrados de infraestructura, lo que supone dos euros por metro cuadrado. En cuanto a las sedes, la falta de presupuesto impide la unificación, estando prevista para 2017 únicamente la de Aranjuez, sin que haya planes en relación al resto. Tras lo sucedido en Torrejón de Ardoz el Consejero habla de un incremento de 4.000.000 (el 30%) y los medios de comunicación aluden a que Ciudadanos apuesta por un incremento de 10.000.000 de euros (cuantía que el portavoz no quiso desvelar a la CIM en la reunión que mantuvimos con su Grupo Parlamentario). En relación a las sedes parece que tras la resonancia mediática también se van a unificar las de Navalcarnero (6 Juzgados mixtos ahora en tres sedes) y que las de Torrejón se reducirán de 4 a 2, todo ello según información del Grupo Parlamentario Popular en la reunión con la CIM.
Igualmente consideramos oportuno una mención a la modernización tecnológica. Como expusimos en el anterior comité permanente, los inicios de 2016 fueron traumáticos: los problemas de integración de LexNet con las aplicaciones de la Comunidad de Madrid, las caídas del sistema, la insuficiente distribución de tarjetas criptográficas, las insuficiencias de personal y deficiencias en su formación, las carencias de medios materiales actualizados, y numerosas incidencias técnicas surgidas, entre los hechos más significativos, evidenciaron un notable grado de imprevisión en la puesta en marcha del sistema de presentación y notificación telemática que resulta obligado tras la entrada en vigor de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
En la actualidad la entrada en vigor de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 18/2011, de 5 de julio reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia —que obligaba a dotar, antes del 6 de julio de 2016, a las oficinas judiciales y fiscalías de sistemas de gestión procesal que permitan la tramitación electrónica de los procedimientos— plantea nuevos retos de cara al 2017 para la configuración y consulta del expediente judicial digital.
Por resultar de interés, reproducimos la información sobre esta materia que enviamos como CIM a los compañeros y compañeras de Madrid de la reunión mantenida el 11 de enero con los responsables de Madrid Digital:
Les hemos transmitido nuestras quejas ante la falta de información, formación y comunicación con el Colectivo Judicial en esta materia, explicando las especiales características de nuestro trabajo; la dificultad para leer los documentos sin indexar así como la forma de trabajar que tenemos los jueces, en muchas ocasiones fuera del horario laboral y de la oficina judicial. Les hemos transmitido nuestras exigencias, consistentes en que se ordene el procedimiento de forma que podamos localizar fácilmente el documento que nos interesa; que seamos formados convenientemente; y que se nos provea de medios informáticos para acceder telemáticamente al expediente desde casa.
Nos han informado de los siguientes extremos:
1.- El expediente digital se implantará completamente a lo largo de 2017, con calendarios variables, atendiendo a los órdenes jurisdiccionales y tipo de órgano.
2.- El sistema de Gestión Procesal Ius Madrid, base de todo el expediente, se ha implantado en un 90% en la Comunidad en 2016. Los juzgados penales y de violencia sobre la mujer tendrán la implantación a principios de este año.
3.- Los jueces vamos a volcar nuestras resoluciones en Ius Madrid, donde las firmaremos. Recibiremos una formación tutorial personalizada para saber cómo hacerlo.
4.- El expediente digital pasa, necesariamente, por la implantación de la firma electrónica de Jueces y Letrados de la Administración de Justicia. Dicha firma electrónica se implantará, en nuestro caso, cuando el CGPJ emita las nuevas tarjetas de lectura electrónica y se comenzará por los juzgados de lo contencioso administrativo y algunos juzgados de primera instancia de la Capital.
5.- Cuando tengamos las tarjetas, el proceso de implantación de la firma electrónica será paulatino y órgano por órgano. Desde Madrid Digital se enviarán formadores para explicar individualizadamente a cada titular del órgano judicial cómo firmar digitalmente y cómo utilizar el sistema de Gestión Procesal Ius Madrid. Únicamente a partir de ese momento, podrá decirse que comienza a funcionar íntegramente el expediente digital.
6.- El expediente digital vendrá precedido de una renovación y sustitución en su caso de los equipos informáticos obsoletos, con la instalación de una única pantalla amplia para el visionado simultáneo del expediente y del documento con el que se trabaja. Se ha optado por una única pantalla grande en lugar de dos porque ha resultado más operativo para los usuarios que ya lo han utilizado.
7.- Además del equipo informático del despacho, se va a proveer a todos los magistrados de equipos portátiles para trabajar telemáticamente desde casa u otro lugar. Se están estudiando cuáles son las mejores opciones, si un doble puesto informático (el PC del despacho y un portátil) o si un puesto de movilidad tipo “Surface”, que funciona como una Tablet que se conecta a una pantalla y un teclado que se puede usar indistintamente en el despacho o en casa. No se sabe en qué momento se proveerá a cada titular del equipo portátil para trabajar en casa. Hemos insistido en que los equipos deben proveerse inmediatamente, a riesgo de reducir la cantidad de resoluciones emitidas. Mientras no se provea de dicho equipo, tendremos que imprimir el expediente o grabarlo en una memoria externa portátil (USB o disco duro).
8.- El expediente digital se va a implantar en dos momentos tecnológicos diferentes, por motivos de desarrollo técnico informático:
–Un primer momento: con visor limitado. Esto significa que el magistrado tendrá posibilidad de acceder a los documentos colocados de forma ordenada, distinguiéndose entre documentos generados por el sistema de gestión procesal y los aportados por las partes. Dichos documentos se podrán utilizar para seleccionar textos y “cortar y pegar”, desde el primer momento de implantación. Ejemplo: para resolver un recurso de reforma contra un Auto de Prisión, se podrá acceder al recurso porque estará colocado después del documento “Auto de Prisión”. Y se podrá acceder a la impugnación porque estará colocada después de la “Diligencia de Ordenación de traslado para alegaciones a las partes y al Ministerio Fiscal”. Esta organización la genera naturalmente Ius Madrid.
–Un segundo momento: con visor avanzado. En esta segunda etapa, en la que ya estará el expediente digital perfectamente implantado, la búsqueda de documentos, además de por estar situados en su lugar correspondiente en el procedimiento, como en la primera fase, se podrán buscar los documentos por un sistema de búsqueda por contenidos, como en cualquier buscador de internet. Funciona parecido a Google. Ejemplo: buscar “Auto de prisión” o “Antonio López” o “solicito al juzgado”.
9.- En las Salas de Vistas se va a instalar una pantalla grande en la que visualizar los documentos por los testigos y partes. Se está comenzando el proyecto piloto en Getafe.
Hemos concertado una segunda reunión para principios de marzo, con el fin de intercambiar impresiones y buscar alternativas y vías de solución a los problemas que vayan surgiendo.
MADRID DIGITAL SE HA COMPROMETIDO:
1.- A garantizar la formación de jueces y magistrados en Ius Madrid y Firma Digital.
2.- A reducir al máximo el periodo transitorio entre la implantación del visor limitado y el visor avanzado.
3.- A instaurar un Centro de Atención al Usuario para jueces y magistrados permanente para auxiliarnos en aquellos problemas técnicos con los que nos encontremos cuando estemos trabajando.
4.- A proveernos con la mayor diligencia posible de los segundos equipos de trabajo telemático, sean del tipo que sean.
[1] Acudir a mediación aunque no se formalice el acuerdo, sirve para pacificar la relación y restablecer las vías de diálogo interrumpidas. Las partes pueden tener distintos procedimientos abiertos, un acuerdo de mediación en estos casos suele lograr el archivo de los otros procedimientos por lo que hay una cifra negra difícil de cuantificar.
[2] Y de 5 fiscales frente a los 11 de media europea.
[3] Según informe de La Justicia dato a dato de 2015.