A las 13:00 horas del día 11 de enero tuvo lugar un incendio en la sede de los juzgados de Primera Instancia nº 5 y de Violencia sobre la Mujer de Torrejón de Ardoz, sede ubicada en la calle Granados nº 18 de dicha localidad. La causa probable se atribuye a un cortocircuito en el sistema de ventilación en la única vía de entrada y salida a dicha sede (cada juzgado tiene su propia puerta de entrada pero solo una está habilitada como tal, medida que supone un ahorro en los costes de vigilancia y seguridad), vía de acceso de reducidas dimensiones lo que diariamente plantea problemas para el paso de personas con problemas de movilidad, discapacidad física e incluso gente gruesa. El incendio no pudo sofocarse con los extintores existentes y requirió la actuación del cuerpo de bomberos, que ordenó el desalojo de todas las personas que se encontraban en el edificio judicial. Tras la intervención de los bomberos, el fuego fue extinguido a las 14:20.

Aunque afortunadamente no ha habido que lamentar pérdidas humanas ni daños personales, queremos denunciar que ese triste resultado podría haberse producido y que si no ha sucedido ha sido por circunstancias bien distintas a la obligada previsión y observancia de las normas mínimas de seguridad exigibles en un edificio destinado al uso judicial, donde diariamente acceden y transitan personas.

Resulta increíble, tal y como ha informado la Magistrada Decana del partido judicial de Torrejón de Ardoz, que no se activara ningún sistema de alarma y/o de detección de incendios. No exista salida de emergencia y que todas las ventanas de la sede tengan rejas. De haberse propagado el fuego con rapidez, todos cuantos estaban allí hubiesen quedado atrapados, y hoy nos estaríamos lamentando de una auténtica tragedia. La configuración de los juzgados, en los bajos de un edificio, con un larguísimo y estrecho pasillo que comunica ambos juzgados, es una auténtica ratonera.

La calamitosa situación de esta sede ha sido denunciada con reiteración desde hace años, haciendo hincapié en la inidoneidad de la misma para uso judicial, sin que la Comunidad de Madrid responsable del estado, mantenimiento y conservación de los edificios judiciales haya realizado la mínima actuación para evitar episodios como el que lamentablemente se ha producido. Ausencia que se torna en imperdonable, habida cuenta de la abundante información que tiene la Comunidad de Madrid sobre la peligrosa e inaceptable situación de esta sede judicial. Lamento que podemos hacer extensible a otra de las sedes del partido judicial de Torrejón de Ardoz, la que alberga el Juzgado de Primera Instancia nº 3, donde en el año 2015 tuvo lugar otro incendio de similares características, durante el que tampoco se activó ningún sistema de alarma; sede en la que tampoco existe salida de emergencia y todas las ventanas tienen también rejas. Igualmente, queremos destacar que ya en la memoria del Tribunal Superior de Justicia del año 2014 se hizo hincapié en la lamentable y peligro­sa situación que mantenía el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Torrejón de Ardoz, ubicado en la última planta de la sede de la Avenida de las Fronteras, con unas deficientes medidas de seguridad y un único acce­so a través de una estrecha escalera y sin salida de emergencia. Las personas con minusvalía que necesitan ir en sillas de rueda no pueden acceder al Juzgado si no son subidas «a peso» y lo mismo ocurre con las que quieren acceder a los Juzgados de 1ª Instancia nº 1 y 2 y los de Instrucción nº 2 y 4 localizados en las plantas primera y segunda del edificio, porque el ascensor que posibilita el acceso a estas plantas no permite la entrada de una silla de ruedas. Tras la visita girada a esa sede el 3 de junio de 2015 por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, se apreciaron nueve infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales.

La dispersión de sedes es uno de los males que día a día complican nuestro trabajo y envilecen cualquier intento de eficacia y eficiencia en la Administración de Justicia. Mal endémico que compartimos con la inadecuación de las sedes para el uso judicial y el déficit de higiene, limpieza y seguridad; a lo que hay que añadir la falta de espacio y la ausencia de salas de espera para quienes se ven en la necesidad de comparecer ante los juzgados, lo que se agra­va en la jurisdicción penal al convivir en el mismo espacio víctimas y denunciados; contrariando la previsión del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Víctima que establece que las dependencias en las que se desarrollen los actos del procedimiento penal, incluida la fase de investigación, estarán dispuestas de modo que se evite el contacto directo entre las víctimas y sus familiares, de una parte, y el sospechoso de la infracción o acusado, de otra. Y el artículo 25 de la misma ley que prevé esa evitación del contacto visual como una medida de protección de la víctima.

Esta situación se produce en Madrid capital, donde la agrupación de edificios judiciales es en la actualidad un proyecto incierto, tras interponer el ejecutivo regional recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid de 13 de enero de 2016 que declara nula la orden 2430/15 de 17 de noviembre de 2015 de dictada por el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid por la que desiste del procedimiento de adjudicación correspondiente al contrato de concesión de obras públicas de ejecución de la Ciudad de la Justicia de Madrid. En Madrid capital debe recordarse el incendio en el edificio judicial de la calle Princesa en abril de 2014 que motivó la actuación de la Inspección de Trabajo frente a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la CAM (informe OS:28/0027379/14 de 8 de octubre de 2014). Pero hemos de destacar que esta problemática no es exclusiva de Madrid capital, sino que como los hechos reflejan, ocurre también en los partidos judiciales de la periferia de la Comunidad Madrid (20 partidos judiciales integrados por 178 juzgados, distribuidos en un total de 38 sedes)

Por todo ello, con independencia del resultado de las actuaciones que se lleven a cabo por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, exigimos a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid que de forma inmediata realicen las labores necesarias para garantizar que el funcionamiento del edificio judicial no suponga un riesgo, claramente previsible y que ha podido constatarse, para quienes trabajan en el mismo y el público que accede diariamente. Y que esta actuación se realice con la urgencia que las circunstancias requieren.

Igualmente queremos mostrar nuestro total apoyo a la Magistrada Decana de Torrejón de Ardoz y a las medidas que pueda tener que adoptar, incluida la clausura de la sede afectada por el incendio. Y deseamos informar a la opinión pública que una medida como esa, que puede generar un grave perjuicio para la ciudadanía, es por completo ajena a la función jurisdiccional. Que el estado de las infraestructuras judiciales no depende del Poder Judicial sino que es una responsabilidad y obligación del Gobierno Regional.

Por último, aprovechamos para pedir a la Presidenta de la Comunidad, doña Cristina Cifuentes, que nos dé respuesta a la reunión solicitada desde diciembre de 2016 conjuntamente por todas las asociaciones judiciales y que hasta hoy sigue sin contestación, con el fin de hacerle llegar personalmente los problemas que día a día afrontamos debido a la escasez de medios.

Asociación Profesional de la Magistratura

Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria

Jueces para la Democracia

Foro Judicial Independiente