1.- Subcontratación laboral

La potenciación de la subcontratación laboral, basada en principios tan equívocos como la descentralización productiva, y su extensión a sectores en principio poco congruentes con su finalidad, ha llevado a cabo a un claro deterioro del mercado de trabajo, vista la precariedad moral y física a que da lugar, que se ve agravada por las bajas retribuciones que le acompañan. En consecuencia, el Congreso nacional de Jueces para la democracia solicita al Gobierno: La inmediata regulación de la subcontratación laboral, con el fin de acabar con el deterioro laboral que su actual situación comporta.

2.- Convenios Colectivos

Vistas las insinuaciones que desde el Gobierno y  Asociaciones empresariales se vienen efectuando sobre la actual regulación de los Convenios Colectivos, en orden a su modificación, el Congreso Nacional de Jueces para al democracia propugna: El mantenimiento de las cláusulas normativas, una vez denunciado el Convenio Colectivo, hasta la entrada en vigor del siguiente.

3.- Modificación del artículo 330 de la LOPJ

Los concursos para la provisión de las plazas de Magistrados de las Sala de los Social de la Audiencia Nacional y de las Salas de los TSJ, que no estén reservadas a especialista se cubrirán con Magistrados que hayan prestado al menos tres años de servicio, dentro de los cinco anteriores a la fecha de la convocatoria en el orden social.

4.-Especialidad

  1. Los jueces y magistrados que adquieran la condición de especialista tendrán opción a permanecer en su actual destino, siempre que el mismo sea de la especialidad obtenida.
  2. las pruebas selectivas para acceder a la especialidad previstas en el artículo 312 de la LIOPJ deberán consistir en el valoración de méritos y conocimientos del candidato, sin que las mismas se limiten a exposición memorística de un temario.
  3. Tendrán la consideración de especialistas los magistrados que lleven cinco años en el orden jurisdiccional correspondiente.