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La vivienda
entregada tiene desperfectos que el promotor no subsana
o hay discrepancias con la factura de la luz o el gas
que los servicios de atención al cliente de las
compañías desatienden.
El País. 11.12.2011
Estas son dos de las situaciones ante las que el consumidor,
aunque se sienta injustamente tratado, desiste de ir
a los tribunales, tras haber echado cuentas. Si se reclaman
menos de 3.000 euros no se podrá recurrir.
Las cosas han cambiado desde el pasado mes de julio.
Las reclamaciones de hasta 2.000 euros no requieren
ni abogado ni procurador (antes el tope estaba en 900
euros). Basta una queja por escrito en la que el consumidor
explique la situación y aporte las pruebas que
considere oportunas en el juzgado (Si vive en Madrid,
en los de la calle de Capitán Haya, 66).
Esta medida se ha acompañado con la que entró
en vigor el 31 de octubre: cuando el importe de la reclamación
no sea mayor de 3.000 euros la sentencia que dicte el
juez no se podrá recurrir. No hay posibilidad
de segunda instancia. "La gratuidad sumada al hecho
de que se descarta que la empresa a la que se denuncia
pueda recurrir y, por tanto, alargar y encarecer el
proceso, animarán al consumidor a reclamar. Antes
era disuasorio enfrentarse a compañías
que tienen una capacidad de defensa muy potente",
comenta Raúl Herrera, socio responsable de Derecho
Procesal y Administración de Justicia del bufete
Russell Bedford España, una red de auditoría
y asesoramiento legal.
Para reclamaciones de menos de 2.000 euros no hace falta
abogado ni procurador.
El objetivo era desatascar los juzgados
de lo civil en segunda instancia. Herrera considera
que esta nueva medida que se incluye en las últimas
normas de agilización procesal aprobadas en octubre
supone más ventajas para el consumidor. Se abre
un campo de reclamaciones, si tenemos en cuenta que,
según un estudio de la OCU sobre compañías
de electricidad y gas, un 72% de los consumidores descontentos
están insatisfechos con la resolución
de los problemas. La organización de consumidores
ha recibido 8.200 consultas y reclamaciones recibidas
durante el primer semestre de este año.
Estas medidas han sido acogidas por
las asociaciones de jueces no sin reparos. Según
José Luis Ramírez, portavoz de Jueces
para la Democracia, "se trata de facilitar el acceso
a la jurisdicción a cualquier persona sin medios.
Pero no se puede afrontar el colapso -que no se da en
la jurisdicción civil como en la penal- recortando
el derecho fundamental a la segunda instancia".
Añade que va a producir situaciones paradójicas,
al no caber la apelación, cuando se actúe
con criterios jurídicos diferentes ante un mismo
caso en diferentes juzgados. Y, sin medios, la agilización
va a ser dudosa, a su juicio.
En la Asociación Profesional
de la Magistratura, su portavoz, Pablo Llarena, considera
que la limitación de la posibilidad de recurso
a partir de los 3.000 euros "no es un incentivo
para que litiguemos y va a disminuir la segunda instancia
en algunos procesos y desahogar las audiencias provinciales,
pero no ayuda a bajar el nivel de colapso de los juzgados
de primera instancia". En su opinión, "exonerar
de procurador en determinadas cantidades tiene la ventaja
de que había mucha gente con reclamaciones legítimas
y de poca entidad que estaban disuadidos de acudir porque
el coste no estaba ajustado a la cantidad que se reclamaba".
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