Actualidad del CGPJ >> Mayo 2003

Voto particular que formula el vocal excmo. Sr. D. Javier Martínez Lázaro al que se adhieren las vocales excmas. Sras. Doña Montserrat Comas d’Argemir y Doña Mª Ángeles García García y los vocales Excmos. Sres. D. Fernando Salinas Molina, D. Felix Pantoja García, D. Luis Aguiar de Luque, D. José Antonio Alonso Suarez, D. Juan Carlos Campo Moreno y Don Alfons López Tena al acuerdo adoptado sobre la realización del simposio de derecho comparado sobre inmigración y extranjería patrocinado por el consejo general del poder judicial y organizado con la fundación justicia en el mundo

1º) El Acuerdo adoptado, en el que se concede la subvención reclamada a la Fundación Justicia en el Mundo se ha tomado sin que haya mediado el preceptivo expediente administrativo pues en la documentación aportada al Pleno – el Secretario General manifestó no existía otra – no figura siquiera la solicitud de la subvención. Tampoco consta quienes son los representantes legales de la Fundación Justicia en el Mundo y mucho menos lo estatutos o cualquier certificación que permita inferir sus objetivos sociales. Por no constar no consta siquiera su domicilio social.

En estas condiciones conceder una subvención tan elevada a quien no ha presentado una solicitud (la memoria de actividades tampoco está firmada) constituye cuanto menos una falta de responsabilidad.

2º) Se comparten en todo los motivos que llevan a la Intervención General del Estado a oponerse a la propuesta pues tampoco existe “borrador del convenio de colaboración” entre el Consejo y la Fundación Justicia en el Mundo, así como de informe de legalidad del gabinete técnico sobre términos en que dicho patrocinio se va a consensuar.

3º) El patrocinio constituye en realidad una donación o subvención a quien se presenta como una organización de magistrados, pues el patrocinio se realiza sin contraprestación alguna. Esta subvención es discriminatoria para las otras asociaciones judiciales, vulnera el derecho a la igualdad y el principio de igualdad de trato y los distintos Acuerdos del Consejo General del Poder Judicial en materia de subvenciones a las demás asociaciones a las que por su relación con el mundo de la justicia el Consejo contribuye a dotar económicamente.

4º) A mayor abundamiento no procede acordar la subvención de una actividad de esta naturaleza, dado que el Consejo General del Poder Judicial no ha participado ni en su diseño, ni en la elección de ponentes. No figura ni el Presidente, ni el Vicepresidente, ni ningún Vocal en la inauguración, clausura o mesas redondas. En la relación de participantes consta que veintisiete de ellos no han confirmado su asistencia. Y de los cuatro días del desarrollo de las Jornadas, dos de ellos se dedican a una reunión del Comité de Presidencia de la Unión Internacional de Magistrados, cuyo financiamiento no corresponde al Consejo.


En Madrid, a 28 de mayo de 2003

Firmado por:

Javier Martínez Lázaro
Montserrat Comas D’Argemir
Mª Angeles García García
Fernando Salinas Molina
Félix Pantoja García
Luis Aguiar de Luque
José Antonio Alonso Suárez
Juan Carlos Campo Moreno
Alfons López Tena