Síntomas
preocupantes
(Informe sobre del primer año de actividad del
Consejo General del Poder Judicial)
El actual Consejo General del Poder Judicial cumple
su primer año de mandato. La constitución
del 5º CGPJ era un elemento fundamental en el llamado
Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia y suponía
la superación de una importante brecha –
la del sistema de elección de los vocales –
que había incidido negativamente en la funcionamiento
de una institución que se encontraba permanentemente
cuestionada por los sectores conservadores de la carrera
judicial y por el propio Partido Popular.
El Consejo nació bajo el indudable impacto
del asesinato de José Mª Lidón y
el hecho de que su primer acto tras la jura fuera acudir
en pleno a Bilbao se consideró un gesto de apoyo
a las víctimas del terrorismo y a los jueces
que ejercen sus funciones en el País Vasco.
En esos momentos iniciales la unanimidad exteriorizaba
un apoyo a la institución y al pacto pese a que
había elementos preocupantes derivados del retraso
en la votación del Parlamento – que se
enrareció por tensiones entre los grupos parlamentarios
ajenas a la cuestión judicial -, el hecho de
que el Partido Popular impusiera a los vocales de la
APM a la persona del presidente – cuyo nombre
se conocía antes de haberse producido las votaciones
en las Cortes – podía restar credibilidad
al Consejo en su nueva andadura; los vocales designados
a propuesta de la APM se habían mostrado muy
críticos con el Pacto de Estado e incluso alguno
de ellos reaccionó agriamente al modelo de elección
que finalmente le permitiría acceder al Consejo.
Las tensiones surgidas en la adopción de los
primeros acuerdos, la imagen del mero reparto de cuotas
en los nombramientos iniciales, las tensiones mediáticas,
la modificación en los destinos y responsabilidades
de algunos letrados del Consejo, la presencia crispada
de ciertos vocales ante los medios eran muestras evidentes
de la falta de un proyecto común de gobierno
de la justicia por el Consejo. El discurso de apertura
de los Tribunales confirmaba esos augurios, el Presidente
del Consejo y del Tribunal Supremo en vez de aprovechar
la ocasión para presentar pública e institucionalmente
un proyecto que diera sentido y forma a su mandato quinquenal
se sirvió de esta circunstancia para presentar
un panorama que en los judicial fue hueco ya que no
hubo verdaderos compromisos políticos del Consejo
ni con los Jueces y magistrados ni con la sociedad española,
institucionalmente fue de poco calado, socialmente fue
ofensivo y frívolo ya que se expusieron pareceres
sobre la cuestión de la emigración en
España que no tenían soporte ni constitucional
ni jurisdiccional, eran políticamente discutibles
y no representaban el parecer de los jueces y magistrados.
A falta de un programa de actuación y un compromiso
específico del Consejo y de su Presidente cuando
se va a cumplir un año de su elección
el Secretariado de Jueces para la Democracia considera
imprescindible analizar los resultados de los primeros
meses de gestión partiendo de los objetivos marcados
por el propio Pacto de Estado.
Desde la asociación se ha reivindicado la necesidad
de que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial
asumiera la responsabilidad de impulsar el Pacto de
Estado bajo el criterio de la corresponsabilidad política
de todos sus vocales, en la medida en la que el Pacto
de Estado era el marco político de reformas y
metas parecía lógico que el mismo consenso
que había surgido entre los grupos parlamentarios
para suscribir el pacto permitiera a los vocales –
al margen de su procedencia – asumir la tarea
común de poner en marcha el proyecto de reforma
de la justicia bien impulsando iniciativas, coordinando
la labor de distintas instituciones y poderes o supervisando
los resultados y efectos de las reformas; ese gobierno
conjunto debía partir de la confianza mutua entre
todos los integrantes y la distribución equitativa
de responsabilidades y tareas.
El denominado sector mayoritario del Consejo –
con el presidente a su cabeza – optó por
imponer los criterios por simple criterio numérico
aunque eso supiera apartarse de la propia filosofía
del Pacto; esa posición aun siendo criticable
podría haber tenido cierto sentido si, cuando
menos, la mayoría hubiera sido capaz de articular
un proyecto o programa alternativo que, cuando menos,
diera sentido a la tarea de la mayoría de los
vocales y permitiera al sector minoritario conocer y
discutir sobre propuestas e iniciativas concretas para
el mandato quinquenal. Un año después
ni se ha permitido el gobierno conjunto del Consejo,
ni hay un proyecto alternativo de la mayoría
ni hay otros principios rectores que el del seguidismo
a la labor del Ministerio de Justicia, el altercado
dialéctico en quehacer cotidiano del Consejo,
las tensiones en la determinación de la política
de nombramientos, una presencia errática ante
los medios de comunicación y la mera gestión
como oficina de personal de los aspectos administrativos
de la carrera judicial. El Presidente del Consejo General
del Poder Judicial no ha tenido la capacidad de conectar
con los miembros de la carrera judicial y tampoco con
la sociedad.
Ha quedado atrás el Pacto de Estado, las referencias
al Libro Blanco de la Justicia elaborado por el anterior
Consejo apenas es citado por el Presidente – que
no ha asumido ni en público ni en privado ninguno
de los compromisos que surgen de dicho Libro Blanco
y de las 107 medidas que lo desarrollan .
El desgobierno de la justicia un año después
parece evidente y no solo se detecta en la mayoría
que impone sus decisiones sino también en minoría
que no ha sido capaz de ofrecer alternativas reales
al cúmulo de despropósitos ya producido;
las lógicas internas de la institución
parecen imperar sobre el sentido común que de
cara al ciudadano.
El Consejo General del Poder Judicial asume responsabilidades
directas en materia de selección y formación
de jueces, en el ámbito disciplinario, la estadística
judicial también es un elemento impulsado y dirigido
por el Consejo al igual que la gestión de las
quejas de los ciudadanos. Los resultados no pueden ser
más descorazonadores.
Selección de jueces y Escuela Judicial
Desde el primer momento un sector de la mayoría
conservadora del Consejo evidenció sus deseos
de cambiar los órganos de dirección de
la Escuela Judicial, una obsesión casi personal
dirigida a sustituir no sólo al director sino
también los programas de un órgano del
Consejo – la Escuela Judicial – que en sus
cinco años de actividad había consolidado
un modelo de trabajo elogiado dentro y fuera de la carrera
judicial, prestigiado internacionalmente; disponía
de un cualificado claustro de profesores y asumía
la tarea de seleccionar y formar integralmente a los
alumnos que habían superado la oposición
impartiendo disciplinas jurídicas y no jurídicas
que permitieran a los futuros jueces tener un conocimiento
completo de la realidad en la que debían actuar.
En pocos meses se han producido cambios en las personas
y en el modo de actuar de la Escuela, se han impuesto
organigramas de dudosa legalidad y la sensación
de precario invade a muchos profesores y a los alumnos.
Se han cancelado algunas actividades, otras actividades
se han mantenido pero previa censura de colaboradores
propuestos, la figura del director queda como una mera
pieza decorativa a la que los alumnos apenas tienen
acceso. La situación se complica si se tiene
en cuenta que la promoción pendiente de incorporarse
a la judicatura tras su período en la Escuela
no dispone todavía de plazas suficientes en su
categoría lo que obliga a improvisar soluciones
tan complicadas como insatisfactorias puesto que o bien
se realizan ascensos masivos de jueces que todavía
no han agotado el plazo mínimo de tres años
de permanencia en su categoría o bien se adscribe
a cerca de ciento cincuenta jueces a la presidencia
del Consejo sin un destino definido. Esta falta de previsión
puede afectar a futuras convocatorias de oposiciones
y pone de manifiesto la más absoluta carencia
de un diseño real de las necesidades de la planta
judicial.
Pese a que el anterior CGPJ había avanzado
algunas propuestas en materia de racionalización
de la fase de oposición descentralizando los
tribunales, recomendando una nueva sistemática
del programa en la que se incluyeran temas de derecho
comunitario y de constitucional redefiniendo los temas
en su extensión y contenido; lo cierto es que
ninguna reforma se vislumbra, el Consejo no ha asumido
compromisos concretos respecto de muchos de los deficientes
temarios que circulan entre los opositores, ninguna
medida se ha tomado respecto de quienes preparan opositores
de modo casi industrial percibiendo cantidades de dinero
importantes, permitiendo que incluso muchos de estos
preparadores formen parte de los tribunales de oposición.
Materia de formación
S se han desmantelado la práctica totalidad de
las actividades no jurisdiccionales, parece como si
el CGPJ no tuviera interés – como institución
– en que los jueces tuvieran acceso directo a
la realidad de la sociedad y se ha optado por un sistema
de formación académico, encorsetado en
el análisis normativo de instituciones, sin capacidad
para analizar las reformas legislativas, sin control
de calidad de la actividad de los ponentes y con pocos
incentivos intelectuales para una carrera judicial que
necesita un reciclaje permanente.
Estadística judicial
Es una de las claves de la credibilidad del
Consejo, la situación actual es caótica
ya que ni están informatizados los accesos estadísticos
en juzgados y tribunales ni se han conformado criterios
objetivos y claros de cómputo de procedimientos
y actuaciones. La Estadística judicial se realiza
conforme a métodos del siglo XIX, los jueces
y secretarios siguen pautan a mano su actividad por
el viejo sistema de “palotes” y de nada
sirve que el CGPJ introduzca esos datos en potentes
ordenadores cuando no se tiene la certeza de que los
datos que llegan al Consejo reflejan realmente la situación
de los Juzgados y Tribunales. Las deficiencias del sistema
estadístico tiene consecuencias perversas para
todo el sistema en la medida en la que impide saber
cual es la realidad de los Juzgados dificultando la
detección de órganos atascados, impide
una modificación útil de la planta, desvirtúa
la fijación de módulos de trabajo tanto
para conocer la litigiosidad de un órgano como
para determinar la capacidad de resolución de
un juez o magistrado; el módulo es un instrumento
eficaz si es real y hoy por hoy el CGPJ se ha visto
desbordado en la tarea de impulsar una racionalización
de la Estadística que permita confiar en los
datos que se ofrecen.
La provisionalidad con la que se aplican los módulos
y la trascendencia que van asumiendo los módulos
en materia de retribución generan una permanente
insatisfacción en los Jueces, incluso en quienes
han apoyado desde el inicio los mismos, por estas razones
debe reclamarse del Consejo un esfuerzo por afinar el
actual sistema estadístico, implantarlo de modo
generalizado y fiable.
Materia disciplinaria
L la falta de fiabilidad de la estadística impide
al Consejo detectar los problemas que pueda haber en
juzgados y tribunales; las inspecciones programadas
no son útiles y el propio servicio de inspección
vive en permanente estado de precariedad ya que se modifica
con frecuencia el sistema de trabajo. El nuevo Consejo
parece no ya no asumir sino tan siquiera conocer los
resultados del anterior Consejo que elaboró un
interesante trabajo de análisis del funcionamiento
y objetivos de la inspección fijando incluso
protocolos de trabajo que ahora quedan olvidados en
los cajones de los nuevos responsables. La inspección
sigue generando una triple frustración:
- En el ciudadano ya que el porcentaje de actuaciones
disciplinarias derivadas de quejas o denuncias es
ridículo
- En el Juez, que considera que el sistema de inspección
es muchas veces arbitrario e injusto
- En el propio Consejo que ve como las escasas ocasiones
en las que decide sancionar con rigor la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo revoca
o reduce las sanciones a la nada
La puesta en marcha del reglamento sobre tramitación
de quejas no ha dispuesto de un plan de difusión
pública del mismo que permita a los ciudadanos
utilizarlo con normalidad, el Consejo no ha querido
bajo ningún concepto introducir un sistema de
encuestas anónimas que permitan evaluar, aunque
sea a los meros efectos sociológicos, la calidad
del Servicio de la Administración de Justicia,
no hay ningún compromiso concreto del CGPJ respecto
de la difusión y aplicación de la Carta
de Derechos del Ciudadano frente a la Administración
de Justicia que corre el riesgo de quedar en papel mojado.
Publicaciones
El CENDOJ languidece, las publicaciones se reducen en
número, la página web del Consejo hasta
la fecha carece de contenidos útiles para los
ciudadanos y para los jueces, no se conocen con exactitud
los servicios que presta el CENDOJ a los jueces y magistrados,
las posibilidades de coordinar bases de datos nacionales
e internacionales, nadie conoce con exactitud si el
Consejo dispone de una completa biblioteca jurídica
y del modo de acceder a las bases bibliográficas
de la misma.
Política de comunicación
El portavoz del Consejo en realidad actúa como
portavoz de la mayoría conservadora, sus intervenciones
son habitualmente censuradas por muchos vocales trasmitiendo
cierta situación de desorden; la creación
de una Comisión de Comunicaciones corre el riesgo
de quedar sin contenido; no se afronta una política
en materia de comunicación e imagen no ya del
Consejo sino de los propios jueces lo que agrava la
visión que el ciudadano tiene de su poder judicial.
Una de las grandes tareas pendientes del Consejo era
no sólo la mejorar la Justicia sino la de ser
capaz de proyectar a la sociedad los aspectos positivos
de la actividad de centenares de jueces y magistrados.
Política de nombramientos
Al carecer el Consejo de un proyecto político
definido la política de nombramientos ha proyectado
en ocasiones la imagen de un reparto de cuotas que ha
dañado a la institución y a las asociaciones;
los primeros nombramientos de magistrados del Tribunal
Supremo marcaron de manera preocupante la actuación
del Consejo, con posterioridad se ha corregido ese desatino
inicial y se ha realizado un esfuerzo de objetivación
de los méritos y criterios; la determinación
previa de perfiles profesionales para determinados puestos,
la realización de entrevistas son garantías
complementarias para quienes optan a estos puestos.
Relación del Consejo con los Jueces
y Magistrados
Más allá de actos protocolarios el Presidente
no ha reparado en que entre sus funciones está
la de ser presidente del órgano de gobierno de
jueces y magistrados; no se ha articulado la presencia
del presidente o de los vocales en los órganos
gubernativos territoriales; el Consejo es una institución
cada vez más lejana de la realidad cotidiana
de los Juzgados.
El papel jugado por el Presidente y por el pleno del
Consejo en la anunciada reforma de la LOPJ ha sido simplemente
ridícula ya que no ha dispuesto de los trabajos
previos a un borrador que ha generado estupor y preocupación
en muchos jueces y magistrados; el Consejo debe impulsar
esa modificación legal conforme a criterios consensuados,
atendiendo a las necesidades reales de una carrera judicial
que ha de responder a mayores exigencias ciudadanas.
La reforma de la LOPJ no es un instrumento para pretendidas
revanchas políticas ni para experimentos organizativos,
es una oportunidad histórica para fijar las fases
legales de una reforma en la planta y funcionamiento
de los Juzgados, fijar un sistema de responsabilidad
de los jueces acorde con parámetros objetivos
y trasparentes, propios de una administración
moderna, tecnificada y sensible a la realidad en la
que debe operar; el Consejo debe participar en la definición
de un modelo de justicia de proximidad, tiene responsabilidades
en la definición del poder judicial en el Estado
de las Autonomías, debe aportar su experiencia
para definir un régimen de recursos contra resoluciones
judiciales acorde con la legislación internacional
pero también eficaz ... Frente a todos estos
ámbitos legales y organizativos el Consejo no
puede ser un mero espectador de los deseos del Gobierno,
sobre todo cuando encomienda los borradores a grupos
de trabajo semiclandestinos y no plurales.
Un ejemplo claro de la falta de sintonía con
los problemas reales de la judicatura es la reciente
instrucción sobre jueces sustitutos que puede
generar suspensiones de señalamientos y que sin
duda afectará a los jueces unipersonales con
mayor carga de trabajo.
Relación con la asociaciones judiciales
Pese a que el pacto de Estado potencia el papel de las
asociaciones judiciales en la designa de candidatos
a vocales del Consejo, pese a que las asociaciones han
tenido una actividad importante en la gestión
del Pacto y en algunas propuestas concretas lo cierto
es que el Consejo no ha modificado su histórico
recelo a la actividad asociativa, no hay cauces abiertos
de relación permanente con el Presidente, que
no ha convocado a las asociaciones conjuntamente en
ninguna ocasión; quedan aparcadas reformas importantes
en materia de financiación, hay consultas puntuales
en materia de formación y la presencia asociativa
es testimonial en el Consejo Rector de la Escuela, pero
una parte importante de la actividad institucional del
Consejo fuera del alcance asociativo que ha de habilitar
vías indirectas para obtener información
que debería facilitar la propia institución.
No parece que el Consejo muestre mucho interés
en que se participe en la elección de los órganos
gubernativos de juzgados y tribunales, no se asumen
compromisos que faciliten la participación de
la plantilla en las elecciones a decanos y Salas de
Gobierno; nada se ha hecho por introducir el principio
de proporcionalidad y de representación de las
minorías en las Salas de Gobierno pese a que
probablemente con ajustes reglamentarios se podría
garantizar el pluralismo en dichos órganos.
Organización interna del Consejo
Desde la puesta en marcha del Consejo en 1980 hasta
la fecha el se han asumido por el CGPJ muchas competencias
y funciones que han determinado un crecimiento desordenado
de sus servicios y funcionarios; el Consejo ha de asumir
una reordenación de su funcionamiento y reclamar
reformas legales que permitan que competencias de mera
gestión puedan ser asumidas por las Salas de
Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia; el
estatuto de los letrados y personal adscrito al Consejo
debe recogen criterios concretos para cubrir vacantes
y para su renovación, deben definirse los servicios
existentes y permitir la creación de otros que
agilicen la actividad del Consejo con institución
y de los vocales a título particular ya que hasta
la fecha los servicios del Consejo son controlados y
gestionados desde la mayoría, dificultando la
labor de gobierno conjunto del Consejo por los vocales
disidentes que no disponen de letrados adscritos.
- Junto a estas materias cuya responsabilidad y competencia
es directa la labor del Consejo en otras tareas vinculadas
a la actividad judicial es nula y a veces ridícula
ya que ha sido incapaz de coordinar a las Comunidades
Autónomas que tienen trasferidas competencias
en materia de justicia, las aportaciones del Consejo
en materia de oficina judicial son inexistentes ya
que ni siquiera se ha podido avanzar en la implantación
de programas informáticos compatibles, no se
conoce un solo proyecto del Consejo en materia de
racionalización de medios materiales, en gestión
de los integrantes de la oficina judicial, la utilización
de plantillas y formularios para la tramitación
ordinaria, servicios comunes, atención al público,
control de horarios ... El Consejo se encuentra en
una situación privilegiada para asumir tareas
de impulso y coordinación aunque no disponga
de competencias directas, a veces los vocales olvidan
que su actividad no está subordinada al Ministerio
de Justicia, ni siquiera al Gobierno – sea del
partido que sea -; el Consejo dispone de mecanismos
que le permitirían relacionarse de modo fluido
y eficaz con las CC.AA., con los Ayuntamientos, con
las Cortes y con los parlamentos autonómicos
que permitirían abrir espacios de colaboración
en lo político y en la mera gestión
cotidiana.
- Sería interesante que los vocales dentro
de sus esferas territoriales y funcionales de responsabilidad
asumieran públicamente la necesidad de revisar
su tarea estableciendo cauces que garanticen una presencia
pública que, sin merma de su independencia,
permita a los Jueces y a la sociedad conocer los problemas
existentes en la tarea del consejo y las posibles
soluciones, los vocales quedan fagocitados por una
intensa actividad interna, un sin fin de encuentros
y reuniones formales o informales dentro de la institución
pero su presencia en Salas de Gobierno y juntas de
jueces es mucho más reducida de lo deseable
y queda, en ocasiones, limitada a una simple presencia
protocolaria y formal. Es prácticamente inexistente,
salvo en el caso de alguno de los vocales de la minoría
progresista, la relación de los vocales con
los parlamentos autonómicos y los gobiernos
de las CCAA.
En definitiva el Secretariado de Jueces para la Democracia
no cuestiona el Pacto de Estado ni tampoco el sistema
de elección, valora positivamente el esfuerzo
que algunos vocales están realizando para superar
estas disfunciones; Jueces para la Democracia sigue
considerando adecuado en la medida en la que puede consolidar
la institución, pero considera que tanto el Consejo
como su Presidente han eludido la responsabilidad de
impulsar la realidad de muchas de las reformas recogidas
en el Pacto de Estado, no han dado continuidad a las
iniciativas iniciadas por el anterior Consejo (Libro
Blanco, Inspección, Oficina Judicial ...), eluden
cualquier compromiso con las sociedad, con los operadores
jurídicos y con los jueces y magistrados, se
proyecta una imagen que devalúa mucho más
la ya criticada situación del poder judicial,
se evita cualquier posibilidad de liderazgo real frente
a la sociedad y frente a los jueces del poder judicial
como poder de un Estado Social y Democrático
de Derecho.
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