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Actualidad en el Consejo General del Poder Judicial

 
     

 

 

Síntomas preocupantes
(Informe sobre del primer año de actividad del Consejo General del Poder Judicial)

El actual Consejo General del Poder Judicial cumple su primer año de mandato. La constitución del 5º CGPJ era un elemento fundamental en el llamado Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia y suponía la superación de una importante brecha – la del sistema de elección de los vocales – que había incidido negativamente en la funcionamiento de una institución que se encontraba permanentemente cuestionada por los sectores conservadores de la carrera judicial y por el propio Partido Popular.

El Consejo nació bajo el indudable impacto del asesinato de José Mª Lidón y el hecho de que su primer acto tras la jura fuera acudir en pleno a Bilbao se consideró un gesto de apoyo a las víctimas del terrorismo y a los jueces que ejercen sus funciones en el País Vasco.

En esos momentos iniciales la unanimidad exteriorizaba un apoyo a la institución y al pacto pese a que había elementos preocupantes derivados del retraso en la votación del Parlamento – que se enrareció por tensiones entre los grupos parlamentarios ajenas a la cuestión judicial -, el hecho de que el Partido Popular impusiera a los vocales de la APM a la persona del presidente – cuyo nombre se conocía antes de haberse producido las votaciones en las Cortes – podía restar credibilidad al Consejo en su nueva andadura; los vocales designados a propuesta de la APM se habían mostrado muy críticos con el Pacto de Estado e incluso alguno de ellos reaccionó agriamente al modelo de elección que finalmente le permitiría acceder al Consejo.

Las tensiones surgidas en la adopción de los primeros acuerdos, la imagen del mero reparto de cuotas en los nombramientos iniciales, las tensiones mediáticas, la modificación en los destinos y responsabilidades de algunos letrados del Consejo, la presencia crispada de ciertos vocales ante los medios eran muestras evidentes de la falta de un proyecto común de gobierno de la justicia por el Consejo. El discurso de apertura de los Tribunales confirmaba esos augurios, el Presidente del Consejo y del Tribunal Supremo en vez de aprovechar la ocasión para presentar pública e institucionalmente un proyecto que diera sentido y forma a su mandato quinquenal se sirvió de esta circunstancia para presentar un panorama que en los judicial fue hueco ya que no hubo verdaderos compromisos políticos del Consejo ni con los Jueces y magistrados ni con la sociedad española, institucionalmente fue de poco calado, socialmente fue ofensivo y frívolo ya que se expusieron pareceres sobre la cuestión de la emigración en España que no tenían soporte ni constitucional ni jurisdiccional, eran políticamente discutibles y no representaban el parecer de los jueces y magistrados.

A falta de un programa de actuación y un compromiso específico del Consejo y de su Presidente cuando se va a cumplir un año de su elección el Secretariado de Jueces para la Democracia considera imprescindible analizar los resultados de los primeros meses de gestión partiendo de los objetivos marcados por el propio Pacto de Estado.

Desde la asociación se ha reivindicado la necesidad de que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial asumiera la responsabilidad de impulsar el Pacto de Estado bajo el criterio de la corresponsabilidad política de todos sus vocales, en la medida en la que el Pacto de Estado era el marco político de reformas y metas parecía lógico que el mismo consenso que había surgido entre los grupos parlamentarios para suscribir el pacto permitiera a los vocales – al margen de su procedencia – asumir la tarea común de poner en marcha el proyecto de reforma de la justicia bien impulsando iniciativas, coordinando la labor de distintas instituciones y poderes o supervisando los resultados y efectos de las reformas; ese gobierno conjunto debía partir de la confianza mutua entre todos los integrantes y la distribución equitativa de responsabilidades y tareas.

El denominado sector mayoritario del Consejo – con el presidente a su cabeza – optó por imponer los criterios por simple criterio numérico aunque eso supiera apartarse de la propia filosofía del Pacto; esa posición aun siendo criticable podría haber tenido cierto sentido si, cuando menos, la mayoría hubiera sido capaz de articular un proyecto o programa alternativo que, cuando menos, diera sentido a la tarea de la mayoría de los vocales y permitiera al sector minoritario conocer y discutir sobre propuestas e iniciativas concretas para el mandato quinquenal. Un año después ni se ha permitido el gobierno conjunto del Consejo, ni hay un proyecto alternativo de la mayoría ni hay otros principios rectores que el del seguidismo a la labor del Ministerio de Justicia, el altercado dialéctico en quehacer cotidiano del Consejo, las tensiones en la determinación de la política de nombramientos, una presencia errática ante los medios de comunicación y la mera gestión como oficina de personal de los aspectos administrativos de la carrera judicial. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial no ha tenido la capacidad de conectar con los miembros de la carrera judicial y tampoco con la sociedad.

Ha quedado atrás el Pacto de Estado, las referencias al Libro Blanco de la Justicia elaborado por el anterior Consejo apenas es citado por el Presidente – que no ha asumido ni en público ni en privado ninguno de los compromisos que surgen de dicho Libro Blanco y de las 107 medidas que lo desarrollan .

El desgobierno de la justicia un año después parece evidente y no solo se detecta en la mayoría que impone sus decisiones sino también en minoría que no ha sido capaz de ofrecer alternativas reales al cúmulo de despropósitos ya producido; las lógicas internas de la institución parecen imperar sobre el sentido común que de cara al ciudadano.

El Consejo General del Poder Judicial asume responsabilidades directas en materia de selección y formación de jueces, en el ámbito disciplinario, la estadística judicial también es un elemento impulsado y dirigido por el Consejo al igual que la gestión de las quejas de los ciudadanos. Los resultados no pueden ser más descorazonadores.

Selección de jueces y Escuela Judicial
Desde el primer momento un sector de la mayoría conservadora del Consejo evidenció sus deseos de cambiar los órganos de dirección de la Escuela Judicial, una obsesión casi personal dirigida a sustituir no sólo al director sino también los programas de un órgano del Consejo – la Escuela Judicial – que en sus cinco años de actividad había consolidado un modelo de trabajo elogiado dentro y fuera de la carrera judicial, prestigiado internacionalmente; disponía de un cualificado claustro de profesores y asumía la tarea de seleccionar y formar integralmente a los alumnos que habían superado la oposición impartiendo disciplinas jurídicas y no jurídicas que permitieran a los futuros jueces tener un conocimiento completo de la realidad en la que debían actuar. En pocos meses se han producido cambios en las personas y en el modo de actuar de la Escuela, se han impuesto organigramas de dudosa legalidad y la sensación de precario invade a muchos profesores y a los alumnos. Se han cancelado algunas actividades, otras actividades se han mantenido pero previa censura de colaboradores propuestos, la figura del director queda como una mera pieza decorativa a la que los alumnos apenas tienen acceso. La situación se complica si se tiene en cuenta que la promoción pendiente de incorporarse a la judicatura tras su período en la Escuela no dispone todavía de plazas suficientes en su categoría lo que obliga a improvisar soluciones tan complicadas como insatisfactorias puesto que o bien se realizan ascensos masivos de jueces que todavía no han agotado el plazo mínimo de tres años de permanencia en su categoría o bien se adscribe a cerca de ciento cincuenta jueces a la presidencia del Consejo sin un destino definido. Esta falta de previsión puede afectar a futuras convocatorias de oposiciones y pone de manifiesto la más absoluta carencia de un diseño real de las necesidades de la planta judicial.

Pese a que el anterior CGPJ había avanzado algunas propuestas en materia de racionalización de la fase de oposición descentralizando los tribunales, recomendando una nueva sistemática del programa en la que se incluyeran temas de derecho comunitario y de constitucional redefiniendo los temas en su extensión y contenido; lo cierto es que ninguna reforma se vislumbra, el Consejo no ha asumido compromisos concretos respecto de muchos de los deficientes temarios que circulan entre los opositores, ninguna medida se ha tomado respecto de quienes preparan opositores de modo casi industrial percibiendo cantidades de dinero importantes, permitiendo que incluso muchos de estos preparadores formen parte de los tribunales de oposición.

Materia de formación
S se han desmantelado la práctica totalidad de las actividades no jurisdiccionales, parece como si el CGPJ no tuviera interés – como institución – en que los jueces tuvieran acceso directo a la realidad de la sociedad y se ha optado por un sistema de formación académico, encorsetado en el análisis normativo de instituciones, sin capacidad para analizar las reformas legislativas, sin control de calidad de la actividad de los ponentes y con pocos incentivos intelectuales para una carrera judicial que necesita un reciclaje permanente.

Estadística judicial
Es una de las claves de la credibilidad del Consejo, la situación actual es caótica ya que ni están informatizados los accesos estadísticos en juzgados y tribunales ni se han conformado criterios objetivos y claros de cómputo de procedimientos y actuaciones. La Estadística judicial se realiza conforme a métodos del siglo XIX, los jueces y secretarios siguen pautan a mano su actividad por el viejo sistema de “palotes” y de nada sirve que el CGPJ introduzca esos datos en potentes ordenadores cuando no se tiene la certeza de que los datos que llegan al Consejo reflejan realmente la situación de los Juzgados y Tribunales. Las deficiencias del sistema estadístico tiene consecuencias perversas para todo el sistema en la medida en la que impide saber cual es la realidad de los Juzgados dificultando la detección de órganos atascados, impide una modificación útil de la planta, desvirtúa la fijación de módulos de trabajo tanto para conocer la litigiosidad de un órgano como para determinar la capacidad de resolución de un juez o magistrado; el módulo es un instrumento eficaz si es real y hoy por hoy el CGPJ se ha visto desbordado en la tarea de impulsar una racionalización de la Estadística que permita confiar en los datos que se ofrecen.

La provisionalidad con la que se aplican los módulos y la trascendencia que van asumiendo los módulos en materia de retribución generan una permanente insatisfacción en los Jueces, incluso en quienes han apoyado desde el inicio los mismos, por estas razones debe reclamarse del Consejo un esfuerzo por afinar el actual sistema estadístico, implantarlo de modo generalizado y fiable.

Materia disciplinaria
L la falta de fiabilidad de la estadística impide al Consejo detectar los problemas que pueda haber en juzgados y tribunales; las inspecciones programadas no son útiles y el propio servicio de inspección vive en permanente estado de precariedad ya que se modifica con frecuencia el sistema de trabajo. El nuevo Consejo parece no ya no asumir sino tan siquiera conocer los resultados del anterior Consejo que elaboró un interesante trabajo de análisis del funcionamiento y objetivos de la inspección fijando incluso protocolos de trabajo que ahora quedan olvidados en los cajones de los nuevos responsables. La inspección sigue generando una triple frustración:

  • En el ciudadano ya que el porcentaje de actuaciones disciplinarias derivadas de quejas o denuncias es ridículo
  • En el Juez, que considera que el sistema de inspección es muchas veces arbitrario e injusto
  • En el propio Consejo que ve como las escasas ocasiones en las que decide sancionar con rigor la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo revoca o reduce las sanciones a la nada

La puesta en marcha del reglamento sobre tramitación de quejas no ha dispuesto de un plan de difusión pública del mismo que permita a los ciudadanos utilizarlo con normalidad, el Consejo no ha querido bajo ningún concepto introducir un sistema de encuestas anónimas que permitan evaluar, aunque sea a los meros efectos sociológicos, la calidad del Servicio de la Administración de Justicia, no hay ningún compromiso concreto del CGPJ respecto de la difusión y aplicación de la Carta de Derechos del Ciudadano frente a la Administración de Justicia que corre el riesgo de quedar en papel mojado.

Publicaciones
El CENDOJ languidece, las publicaciones se reducen en número, la página web del Consejo hasta la fecha carece de contenidos útiles para los ciudadanos y para los jueces, no se conocen con exactitud los servicios que presta el CENDOJ a los jueces y magistrados, las posibilidades de coordinar bases de datos nacionales e internacionales, nadie conoce con exactitud si el Consejo dispone de una completa biblioteca jurídica y del modo de acceder a las bases bibliográficas de la misma.

Política de comunicación
El portavoz del Consejo en realidad actúa como portavoz de la mayoría conservadora, sus intervenciones son habitualmente censuradas por muchos vocales trasmitiendo cierta situación de desorden; la creación de una Comisión de Comunicaciones corre el riesgo de quedar sin contenido; no se afronta una política en materia de comunicación e imagen no ya del Consejo sino de los propios jueces lo que agrava la visión que el ciudadano tiene de su poder judicial. Una de las grandes tareas pendientes del Consejo era no sólo la mejorar la Justicia sino la de ser capaz de proyectar a la sociedad los aspectos positivos de la actividad de centenares de jueces y magistrados.

Política de nombramientos
Al carecer el Consejo de un proyecto político definido la política de nombramientos ha proyectado en ocasiones la imagen de un reparto de cuotas que ha dañado a la institución y a las asociaciones; los primeros nombramientos de magistrados del Tribunal Supremo marcaron de manera preocupante la actuación del Consejo, con posterioridad se ha corregido ese desatino inicial y se ha realizado un esfuerzo de objetivación de los méritos y criterios; la determinación previa de perfiles profesionales para determinados puestos, la realización de entrevistas son garantías complementarias para quienes optan a estos puestos.

Relación del Consejo con los Jueces y Magistrados
Más allá de actos protocolarios el Presidente no ha reparado en que entre sus funciones está la de ser presidente del órgano de gobierno de jueces y magistrados; no se ha articulado la presencia del presidente o de los vocales en los órganos gubernativos territoriales; el Consejo es una institución cada vez más lejana de la realidad cotidiana de los Juzgados.

El papel jugado por el Presidente y por el pleno del Consejo en la anunciada reforma de la LOPJ ha sido simplemente ridícula ya que no ha dispuesto de los trabajos previos a un borrador que ha generado estupor y preocupación en muchos jueces y magistrados; el Consejo debe impulsar esa modificación legal conforme a criterios consensuados, atendiendo a las necesidades reales de una carrera judicial que ha de responder a mayores exigencias ciudadanas. La reforma de la LOPJ no es un instrumento para pretendidas revanchas políticas ni para experimentos organizativos, es una oportunidad histórica para fijar las fases legales de una reforma en la planta y funcionamiento de los Juzgados, fijar un sistema de responsabilidad de los jueces acorde con parámetros objetivos y trasparentes, propios de una administración moderna, tecnificada y sensible a la realidad en la que debe operar; el Consejo debe participar en la definición de un modelo de justicia de proximidad, tiene responsabilidades en la definición del poder judicial en el Estado de las Autonomías, debe aportar su experiencia para definir un régimen de recursos contra resoluciones judiciales acorde con la legislación internacional pero también eficaz ... Frente a todos estos ámbitos legales y organizativos el Consejo no puede ser un mero espectador de los deseos del Gobierno, sobre todo cuando encomienda los borradores a grupos de trabajo semiclandestinos y no plurales.

Un ejemplo claro de la falta de sintonía con los problemas reales de la judicatura es la reciente instrucción sobre jueces sustitutos que puede generar suspensiones de señalamientos y que sin duda afectará a los jueces unipersonales con mayor carga de trabajo.

Relación con la asociaciones judiciales
Pese a que el pacto de Estado potencia el papel de las asociaciones judiciales en la designa de candidatos a vocales del Consejo, pese a que las asociaciones han tenido una actividad importante en la gestión del Pacto y en algunas propuestas concretas lo cierto es que el Consejo no ha modificado su histórico recelo a la actividad asociativa, no hay cauces abiertos de relación permanente con el Presidente, que no ha convocado a las asociaciones conjuntamente en ninguna ocasión; quedan aparcadas reformas importantes en materia de financiación, hay consultas puntuales en materia de formación y la presencia asociativa es testimonial en el Consejo Rector de la Escuela, pero una parte importante de la actividad institucional del Consejo fuera del alcance asociativo que ha de habilitar vías indirectas para obtener información que debería facilitar la propia institución.

No parece que el Consejo muestre mucho interés en que se participe en la elección de los órganos gubernativos de juzgados y tribunales, no se asumen compromisos que faciliten la participación de la plantilla en las elecciones a decanos y Salas de Gobierno; nada se ha hecho por introducir el principio de proporcionalidad y de representación de las minorías en las Salas de Gobierno pese a que probablemente con ajustes reglamentarios se podría garantizar el pluralismo en dichos órganos.

Organización interna del Consejo
Desde la puesta en marcha del Consejo en 1980 hasta la fecha el se han asumido por el CGPJ muchas competencias y funciones que han determinado un crecimiento desordenado de sus servicios y funcionarios; el Consejo ha de asumir una reordenación de su funcionamiento y reclamar reformas legales que permitan que competencias de mera gestión puedan ser asumidas por las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia; el estatuto de los letrados y personal adscrito al Consejo debe recogen criterios concretos para cubrir vacantes y para su renovación, deben definirse los servicios existentes y permitir la creación de otros que agilicen la actividad del Consejo con institución y de los vocales a título particular ya que hasta la fecha los servicios del Consejo son controlados y gestionados desde la mayoría, dificultando la labor de gobierno conjunto del Consejo por los vocales disidentes que no disponen de letrados adscritos.

  • Junto a estas materias cuya responsabilidad y competencia es directa la labor del Consejo en otras tareas vinculadas a la actividad judicial es nula y a veces ridícula ya que ha sido incapaz de coordinar a las Comunidades Autónomas que tienen trasferidas competencias en materia de justicia, las aportaciones del Consejo en materia de oficina judicial son inexistentes ya que ni siquiera se ha podido avanzar en la implantación de programas informáticos compatibles, no se conoce un solo proyecto del Consejo en materia de racionalización de medios materiales, en gestión de los integrantes de la oficina judicial, la utilización de plantillas y formularios para la tramitación ordinaria, servicios comunes, atención al público, control de horarios ... El Consejo se encuentra en una situación privilegiada para asumir tareas de impulso y coordinación aunque no disponga de competencias directas, a veces los vocales olvidan que su actividad no está subordinada al Ministerio de Justicia, ni siquiera al Gobierno – sea del partido que sea -; el Consejo dispone de mecanismos que le permitirían relacionarse de modo fluido y eficaz con las CC.AA., con los Ayuntamientos, con las Cortes y con los parlamentos autonómicos que permitirían abrir espacios de colaboración en lo político y en la mera gestión cotidiana.
  • Sería interesante que los vocales dentro de sus esferas territoriales y funcionales de responsabilidad asumieran públicamente la necesidad de revisar su tarea estableciendo cauces que garanticen una presencia pública que, sin merma de su independencia, permita a los Jueces y a la sociedad conocer los problemas existentes en la tarea del consejo y las posibles soluciones, los vocales quedan fagocitados por una intensa actividad interna, un sin fin de encuentros y reuniones formales o informales dentro de la institución pero su presencia en Salas de Gobierno y juntas de jueces es mucho más reducida de lo deseable y queda, en ocasiones, limitada a una simple presencia protocolaria y formal. Es prácticamente inexistente, salvo en el caso de alguno de los vocales de la minoría progresista, la relación de los vocales con los parlamentos autonómicos y los gobiernos de las CCAA.

En definitiva el Secretariado de Jueces para la Democracia no cuestiona el Pacto de Estado ni tampoco el sistema de elección, valora positivamente el esfuerzo que algunos vocales están realizando para superar estas disfunciones; Jueces para la Democracia sigue considerando adecuado en la medida en la que puede consolidar la institución, pero considera que tanto el Consejo como su Presidente han eludido la responsabilidad de impulsar la realidad de muchas de las reformas recogidas en el Pacto de Estado, no han dado continuidad a las iniciativas iniciadas por el anterior Consejo (Libro Blanco, Inspección, Oficina Judicial ...), eluden cualquier compromiso con las sociedad, con los operadores jurídicos y con los jueces y magistrados, se proyecta una imagen que devalúa mucho más la ya criticada situación del poder judicial, se evita cualquier posibilidad de liderazgo real frente a la sociedad y frente a los jueces del poder judicial como poder de un Estado Social y Democrático de Derecho.

 

 
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