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¿Una sola mujer en el Tribunal
Supremo?
Entrevista publicada en el diario El Pais el día
31 de enero de 2002
El pasado 23 de enero el Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) nombró a la magistrada Milagros
Calvo nueva integrante de la Sala Social del Tribunal
Supremo. Es la primera vez que una mujer ingresa en
el máximo órgano jurisdiccional español.
Hemos de felicitarnos por un hecho que es, en sí
mismo, positivo al tratarse del único órgano
judicial sin presencia de mujeres. Se supera así
un anacronismo sin justificación alguna.
Sin embargo, su nombramiento ha estado inmerso en un
grave desencuentro. El mismo día que la Sra.
Calvo, perteneciente a la conservadora Asociación
Profesional de la Magistratura, era nombrada, fueron
rechazadas tres mujeres, por lo menos tan meritorias
para sendas vacantes del Tribunal Supremo: Margarita
Robles y Soledad Cazorla para la Sala Penal y Alicia
Camacho para la Sala de lo Contencioso-administrativo,
todas ellas propuestas por el sector progresista.
El grupo conservador -los 10 vocales propuestos por
el Partido Popular y el propuesto por CIU que han conformado
un pacto de hierro-, junto con el Presidente del Consejo,
impuso sin contemplaciones que las cuatro plazas debían
ser ocupadas por magistrados y juristas conservadores.
Los ocho vocales progresistas decidimos abstenernos
en la votación del nombramiento de la primera
mujer del Tribunal Supremo, no por estar en contra del
mismo. Nuestra disconformidad radical estribaba en la
discriminación ideológica ejercida hacia
las otras candidatas, a las que, ante su evidente idoneidad,
se les cerró el paso por no ser afines al sector
conservador.
A esta discriminación por exclusivas sinrazones
ideológicas, se añade un hecho también
grave: se rompía un pacto previo gracias al cual,
en la política de nombramientos, se tendría
en cuenta, junto al mérito y capacidad de los
candidatos, la pluralidad ideológica y asociativa
existente en la carrera judicial, respetando, en fin,
la proporcionalidad. Los acuerdos están para
ser cumplidos. Es una exigencia ética aplicable
sin excepciones a la política y que en este caso
se ha volatilizado. Esta quiebra del consenso ha ido
además precedida de una actitud sectaria en otros
temas tales como la selección y formación
de jueces, el modelo de Escuela Judicial, la Inspección
de los Tribunales y la renovación de los contratos
de letrados integrantes de los órganos técnicos
del Consejo. Todo ello explica la crisis institucional
abierta y que a partir de ahora debe ser superada.
La incorporación de la mujer a la Carrera Judicial
es ya un hecho irreversible de tal forma que en las
últimas promociones más de un 60% son
mujeres. Se ha de recordar que les era una profesión
legalmente prohibida en España hasta el año
1966. No fue, empero, si no hasta la recuperación
de la democracia que una mujer accedió a la toga:
en el mes de diciembre de 1977, hace ya veinticuatro
años. En estos momentos el 40% de la carrera
judicial está formada por mujeres. Sin embargo,
en los puestos relevantes de la cúpula judicial
las mujeres no estamos representadas. Para empezar,
en el propio CGPJ hemos pasado de cinco a dos -de las
cuales ninguna ha sido propuesta por la mayoría
parlamentaria conservadora-; en el Tribunal Supremo,
de 98 Magistrados hasta ahora ninguna mujer había
accedido. De las 17 presidencias de Tribunales Superiores
de Justicia, ninguna está ocupada por magistradas.
De las cincuenta audiencias provinciales sólo
tres tienen a su frente mujeres. En suma, la toma de
decisiones judiciales y gubernativas de los máximos
órganos jurisdiccionales está en manos
masculinas.
Este panorama invita a reparar una injusticia histórica;
el momento no podía ser más propicio.
En cambio, la mayoría conservadora ha optado
por nombrar a un sola mujer como símbolo de una
decisión que era inaplazable. Pero la exclusión
de otras de, cuando menos, igual idoneidad constituye
una muestra del rechazo de una real y efectiva política
de promoción de mujeres acreditadamente capaces.
No es una cuestión de cuotas. Para el desempeño
de la función jurisdiccional, los candidatos
y candidatas deben ser escogidos por su méritos
y capacidad demostrados. Indudablemente, de entre todos
ellos debe escogerse el o la mejor. Así, es legítimo
que en situaciones de igualdad de méritos prime
la elección de la mujer ante su insignificante
presencia en las cúpulas de nuestros tribunales.
De este modo se hace efectivo el principio de igualdad
en el sector público y la paridad en los órganos
colegiados de máxima responsabilidad.
La política de consenso es absolutamente imprescindible
para el funcionamiento de un órgano de gobierno
que en su origen es necesariamente plural, al estar
elegido en las Cámaras que representan la soberanía
popular. Los veinte vocales del Consejo somos fruto
de ese consenso, pero no somos los representantes de
las fuerzas políticas que han propiciado nuestro
nombramiento. La andadura de este Consejo se inició,
además, en el contexto político del Pacto
de Estado para la Justicia, firmado por el PP y el PSOE
y apoyado por el resto de grupos parlamentarios, basado
en la convicción de que sólo desde una
actuación unitaria podía abordarse con
solvencia la necesaria reforma de la Justicia, la gran
asignatura pendiente de nuestra democracia. Ninguna
credibilidad política tendrá el Pacto
de Estado si el órgano de gobierno del Poder
Judicial no recrea en su interior el necesario consenso
en su actuación, funcionamiento y organización.
La política de laminación de todas las
decisiones que suponen respetar el pluralismo dentro
de la Administración de Justicia debe ser sustituida
por la recuperación del concierto activo basado
en el respeto al pluralismo y el diálogo con
el sector minoritario con voluntad honesta de llegar
a acuerdos no meramente retóricos, sino reales
y positivos para la mejora de la Justicia. Los progresistas
no vamos a tirar la toalla. No apostamos por el bloqueo
ni por la ruptura de la institución. Por el contrario,
apostamos firmemente por la recuperación del
consenso que presidió los inicios de nuestra
andadura. El presidente tiene para ello una posición
clave para hacer posible el co-gobierno. Ello es la
consecuencia ineludible de la responsabilidad de todos
en contribuir a un nuevo impulso del Pacto de Estado,
basado en la efectividad de unas medidas inmediatas
de reforma, que sean creíbles para los ciudadanos
y para los Jueces.
El desenlace de la política de nombramiento
de mujeres no apunta, lamentablemente, en esta dirección.
Sin embargo, los objetivos son tan relevantes que seguimos
empeñados en ellos y creemos necesario dar una
nueva oportunidad para abordar desde la inequívoca
buena fe el rumbo que nos demanda la sociedad.
por Montserrat Comas d'Argemir
Magistrada y vocal del Consejo General del Poder Judicial
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