Libertad de información: condena de un periodista a una multa por haber publicado documentos que se hallaban bajo secreto de sumario en una causa penal.

 

El TEDH considera que la publicación de un artículo sobre el «Drama del Gran puente de Laussane» que se refería a un proceso penal en curso dirigido contra un automovilista, que el 8/07/13 se había precipitado contra unos peatones, causando 3 muertos y ocho heridos antes de lanzarse por el puente; publicación que tuvo lugar cuando la instrucción aún estaba abierta, comporta en sí mismo un riesgo de influir en la continuación del procedimiento, que justifica, por sí solo, que ciertas las autoridades nacionales adopten ciertas medidas disuasorias, como la prohibición de la divulgación de informaciones bajo secreto sumarial.
Aún admitiendo que el acusado en la causa penal cuyos datos divulgó el periodista podía valerse de la vía civil para resarcirse de la vulneración de su derecho a la vida privada, el TEDH considera aún así que la existencia en derecho interno de tales vías civiles no dispensan al Estado de su obligación positiva de proteger la vida privada de todo acusado en el curso de un proceso penal. En fin, el TEDH considera que la sanción impuesta al periodista para castigar la violación del secreto y proteger el buen funcionamiento de la justicia, así como los derechos del acusado a un proceso justo y al respeto de su vida privada, no ha constituido una injerencia desproporcionada en el ejercicio de su derecho a la libertad de información.