INFORME que presenta el Coordinador de la Sección Territorial de Navarra de Jueces para la Democracia al Secretariado, en relación con la radiografía solicitada sobre la situación de la Justicia en las diferentes comunidades autónomas.
1.- Organización y Planta Judicial
En la Comunidad Foral de Navarra existen cinco partidos judiciales: Pamplona, Tudela, Estella, Tafalla y Aoiz.
– En Pamplona existen:
8 Juzgados de Primera Instancia (dos de ellos especializados en Familia e Incapacidades)
1 Juzgado de lo Mercantil
5 Juzgados de Instrucción
1 Juzgado de Violencia sobre la Mujer
1 Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
1 Juzgado de Menores
5 Juzgados de lo Penal
4 Juzgados de lo Social
3 Juzgados de lo Contencioso Administrativo
Audiencia Provincial: 3 Secciones, dos de ellas Penales (respectivamente con cuatro y tres Magistrados en cada una de ellas) y una Sección Civil (con cinco Magistrados).
Sala de lo Civil y Penal del TSJ (servida por seis Magistrados)
Sala de lo Social del TSJ (servida por tres Magistrados)
Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ (servida por cinco Magistrados)
– En Tudela existen cinco juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
– En Estella existen dos juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
– En Tafalla existen dos juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
– En Aoiz existen dos juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
2.- Nivel de litigiosidad. Órganos más sobrecargados
Conforme a los datos más recientes disponibles, referidos hasta el tercer trimestre de 2016, cabe extraer las siguientes conclusiones:
– Tasa de litigiosidad: La tasa de litigiosidad general de Navarra asciende a 20,7 asuntos por cada mil habitantes, inferior a los 27,9 de media nacional.
Por jurisdicciones, la ratio alcanza 5,09 asuntos por cada mil habitantes en materia civil (frente al 8,23 nacional); 13,94 en jurisdicción penal (frente al 16,94 de media nacional); 0,55 en contencioso administrativo (frente a 0,89 nacional); y 1,14 en social (frente a la media nacional de 1,84).
– Tasa de resolución de asuntos: La tasa de resolución de asuntos en Navarra es una de las más altas de España, alcanzando una ratio de 0,98 asuntos resueltos por ingresados, frente a la media nacional de 0,96 y sólo superada por la ratio de Valencia y Cantabria (0,99).
Por órdenes jurisdiccionales, en lo social se produce la tasa más alta del país (1,06, frente a una media de 0,82) y en civil igualmente se supera la media nacional (1,03 frente a 0,97 nacional). En la jurisdicción penal la tasa de resolución de asuntos alcanza en Navarra una ratio de 0,96, prácticamente idéntica a la media nacional (de 0,97). Y en lo contencioso administrativo la ratio alcanza en Navarra un 0,76 frente al 0,87 de media nacional).
– Ratio de jueces por habitante: Los datos más recientes corresponden al año 2015, y revelan que Navarra tan sólo cuenta con 71 jueces y magistrados, presentando así una de las ratios más bajas de jueces por cada 100.000 habitantes: 11,1, sólo superior a la ratio de Castilla La Mancha (10,4).
3.- Nivel de implantación de las nuevas tecnologías
La implantación de nuevas tecnologías en la Administración de Justicia en Navarra se encuentra en un nivel bastante avanzado.
El expediente digital se encuentra generalizado en todos los órdenes jurisdiccionales.
La firma digital se encuentra en pleno proceso de implantación, celebrándose charlas explicativas de su funcionamiento y entregándose el dispositivo a los Magistrados.
La presentación telemática de escritos supera el 80% en general, computando todos los órdenes jurisdiccionales, partidos judiciales, instancias y procedimientos.
4.- Medidas de mejora
– La principal medida de mejora que precisa la situación de la Justicia en la Comunidad Foral de Navarra es un incremento de la planta judicial. Resulta evidente que la región presenta una ratio de jueces por cada cien mil habitantes escasísima, lo que sin embargo no impide que el esfuerzo diario personal desarrollado por cada juez en Navarra permita lograr una de las tasas de resolución de asuntos de todo el país.
– También resultaría de gran utilidad la integración del partido judicial de Aoiz en Pamplona, habida cuenta de la proximidad entre ambas localidades y de la mayor cercanía, todavía, de otros municipios del partido de Aoiz que soportan gran concentración de habitantes y de industria. Se trata de municipios de las afueras de Pamplona que han tenido un importantísimo aumento poblacional en los últimos años, y que no obstante están circunscritos de origen al partido judicial de Aoiz.
– En el ámbito de los recursos materiales, una vez que se va asentando la digitalización del expediente judicial resultaría necesario para que la misma sea útil y eficaz dotar a las salas de vistas de medios que permitan la exhibición y visualización de documentos telemáticos obrantes en el procedimiento (tablets, pantallas de proyección…). También resultará precisa la mejora de los sistemas informáticos disponibles para el trabajo de despacho del Juez (segunda pantalla de ordenador, acceso desde el domicilio al sistema de gestión procesal que contiene el expediente digitalizado).
– También en el ámbito de los recursos materiales es de destacar la escasez de salas de vista debidamente equipadas existentes en el Palacio de Justicia de Pamplona, factor que incide en la dilación de los tiempos de respuesta.
En Pamplona, a veinte de enero de dos mil diecisiete
EL COORDINADOR
Daniel Rodríguez Antúnez