RADIOGRAFIA DE LA JUSTICIA EN CASTILLA Y LEON

  1. Condicionamientos geográficos y humanos

La CCAA de Castilla y León tiene una superficie  de  94.222 Km cuadrados y una población de  2.445.566 habitantes (datos de 2016), y según reiteran los sucesivos informes anuales publicados por el gobierno regional, se caracteriza por un progresivo envejecimiento y una atomización de los núcleos de población.

Desde la perspectiva de la organización judicial, este territorio, una de las regiones más extensas de la Unión Europea, se vertebra en 49 partidos judiciales, algunos de los cuales carecen de adecuadas comunicaciones con la capital,  situación que puede afirmarse concurre en todas las provincias con  zonas de serranía, a excepción de Valladolid.

Estos condicionamientos geográficos y humanos  deberían tenerse en cuenta a la hora de adoptar  cualquier decisión futura en cuanto a una eventual  centralización de servicios mediante los Tribunales de Instancia. Así, debería ponderarse adecuadamente el impacto que para las poblaciones rurales conllevaría imponer penosos y largos traslados a la capital para realizar gestiones judiciales, máxime en una dinámica de supresión de servicios públicos y privados en estas zonas, lo que podría generar nuevas bolsas de ciudadanos de segunda o tercera clase,  fomentando la creciente despoblación.

Asumiendo la necesidad de modernizar el diseño de la Planta Judicial, resulta exigible una reflexión sobre el modelo territorial, adoptando decisiones flexibles, que pueden pasar por concentrar sedes en los centros de población más numerosos, y que históricamente han servido para vertebrar los territorios comarcales, al margen de las capitales de provincia, como pueden ser Ponferrada, Aranda de Duero, Miranda de Ebro, Benavente, Béjar u otros similares.

  1. Actividad Judicial en la CCAA 

La memoria judicial de los tribunales y juzgados de Castilla y León correspondiente a 2015 revela que, por primera vez en un lustro, el número de asuntos judiciales ‘vivos’, es decir, en trámite, bajan de los 100.000.

Los datos estadísticos muestran un número similar al ejercicio de 2014 en lo que se refiere a número de asuntos que entran en los juzgados, pero no  así en el número de los que quedan pendientes en trámite, un volumen que ha descendido el 1,7%. Así, si al finalizar 2014 se contabilizaban 102.979 expedientes pendientes de resolución, al término de 2015 habría 97.705 casos pendientes de sentencia.

388.524 fueron los asuntos que ingresaron en los juzgados de la comunidad durante el año 2015.

Un alto porcentaje de los órganos judiciales soportan una carga de trabajo  excesiva, por encima de los módulos aplicados  por el CGPJ, situación que, a falta de creación de nuevas plazas  u órganos y/o rediseño de la organización judicial, se trata de paliar mediante   medidas de refuerzo, como más adelante se concretará.

Desde el TSJ se ha reivindicado en reiteradas ocasiones la necesidad de creación de  los siguientes órganos  judiciales:

Primera Instancia e Instrucción de  Aranda de Duero (Burgos), Miranda de Ebro (Burgos), Benavente (Zamora) y Medina del Campo (Valladolid). Juzgado de lo Penal en Segovia. Y un nuevo Juzgado de  Familia en León, todos ellos en situación de desbordamiento  de trabajo.

Asi mismo, se ha instado al Ministerio de Justicia  la creación de una plaza adicional en las Audiencias Provinciales de Ávila, Segovia y Salamanca para evitar las disfunciones derivadas de la ausencia de uno de los tres magistrados que forman las salas en los dos primeros casos y por sobrecarga de trabajo en el caso de Salamanca.

Por último, en el Informe del TSJ de 2015, se solicitaba  al Ministerio de Justicia la creación del Juzgado número 5 de Ávila, además del Juzgado de lo Mercantil de Burgos y un juzgado de lo Social en Salamanca.

Ha de destacarse que desde el año 2010 no se ha producido una creación de juzgados, prestando servicios  en situación de Jueces de apoyo de la promoción 66, a fecha 20 de enero de 2016, cinco  y otros  ocho  como JAT, concretamente, cinco en Valladolid y tres en León.

La memoria de la actividad de los jueces de Castilla y León pone de manifiesto una mayor carga en el orden civil donde durante el ejercicio 2015 ingresaron 10.000 asuntos más que en 2014.

En concreto, en 2014 se registraron 108.804 asuntos, frente a los 118.627 del año 2015. Por contra, en el orden penal, contencioso administrativo y social los números descendieron de forma significativa.

Así, en penal, de los 253.350 asuntos registrados en 2014 se pasó a los 240.108 por la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que evita remitir los atestados sin autor conocido a los juzgado, que antes eran sobreseídos en sede judicial.

En el orden de lo contencioso, frente a los 9.627 asuntos registrados en 2014, ingresaron 8.639 procedimientos.

Y en lo social, frente a los 21.946 asuntos de 2014 se llegó a los 21.150.

La media de asuntos registrados en todos los órganos judiciales de la comunidad fue de 388.524 asuntos.

Asimismo, la región alcanzó una tasa de litigiosidad menor a la media nacional con 157,2 asuntos por cada mil habitantes, frente a los 179,7.

III. EXPEDIENTE DIGITAL

Desde el mes de junio de 2016, se ha implantado de manera generalizada el expediente digital, siendo Burgos ciudad piloto en este ámbito.

Recientemente, la sala de Gobierno del TSJ ha hecho público un estudio sobre “La incidencia de la implantación de la Digitalización”, comenzando por poner de manifiesto las observaciones generales para toda clase de órganos jurisdiccionales (unipersonales y colegiados) y finalmente diferenciando las necesidades en función de las características concretas de cada órgano, con las siguientes

CONCLUSIONES:

1.Finalidad.

El diseño debe adaptarse con urgencia a las necesidades específicas de jueces y magistrados en el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

2.Diseño del Visor. Expediente judicial/Expediente procesal.

Solución urgente a la acumulación cronológica de documentos y más concretamente lo que puede denominarse como un “amontonamiento de documentos”, sin discriminar los que resultan relevantes para resolver la cuestión planteada, con la importantísima pérdida de tiempo y energía que supone. SE REQUIERE un mapa del expediente organizado por esquemas que atiendan a las distintas fases procesales y un buscador y localizador de los documentos de interés para resolver, con una correcta denominación y clasificación. Es NECESARIO que el VISOR se organice como un expediente judicial (lo que existe es un “expediente procesal” con todo sin discriminar, imposible de manejar y que carece de “índices inteligentes”) con los escritos relevantes para resolver, esquematizado y como anexos los documentos de prueba y el resto de notificaciones disponible pero diferenciado. Resulta evidente que el expediente judicial que ahora manejamos está pensado en clave de “oficina judicial” cuando las exigencias son diferentes para los jueces y tribunales.

Debe configurarse una única herramienta en la que se integran todas las aplicaciones, incluido FIDELIUS y poder consultar toda la información incluida la audiovisual. Todo ello de forma altamente intuitiva.

Resultaría necesario disponer de un sistema que permitiera comparar varios documentos a la vez.

3.La función de dación de cuenta.

Es básica en nuestro ordenamiento procesal y no está prevista por el sistema. La inseguridad es elevada. No existe la herramienta de «tareas pendientes», por lo que la dación de cuenta se solventa mediante la remisión al juez de un simple papel. No se garantiza en la actualidad el conocimiento de los Jueces sobre el estado del procedimiento ni los pendientes de dictar Sentencia.

4.Identificación de documentos y resoluciones.

Colaboración de los Colegios Profesionales. La presentación de los escritos y documentos no se está acomodando a lo previsto en la Ley 18/2011 y RD 1065/2015 de 27 de noviembre, en cuanto los documentos no se presentan por separado ni enumerados ni identificados. No se cumple la exigencia de presentar un índice electrónico que permita la localización y consulta de los documentos.

Se considera importante exigir que los documentos presentados por las partes cumplan la característica OCR que exige el Real Decreto 1065/2015 anexo IV.

Es preciso evitar en lo posible el uso de «etiquetas genéricas» tales como «documentación probatoria indeterminada», que implican que necesariamente deban abrirse todos y cada uno de los documentos aportados hasta encontrar aquel que se precisa.

La mayoría de las resoluciones cargadas tienen denominaciones nada específicas: “por ejemplo PROV TEXTO LIBRE” y carecen de fecha que las identifique.

  1. Capacidad del sistema informático y Proceso de firma.

El sistema tarda en abrir y cargar casi 10 minutos y el visor documental se colapsa todos los días con una importante pérdida de tiempo. Se están sufriendo numerosos cortes de suministro y múltiples incidencias que retrasan la tramitación.

  1. Visualización del expediente en las salas de vistas y exhibición de documentos en las vistas.

Debe organizarse técnica y materialmente y dotarse de formación específica y suficiente al efecto. Deben ser los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial quienes controlen el sistema por lo que será NECESARIO que se planifique, se instale en su caso en la mesa que utilizan estos funcionarios y se les de formación para su manejo.

Existe preocupación por la aportación documental en el acto de juicio y su incorporación al expediente. Así como por garantizar la exhibición de documentos en condiciones que aseguren su autenticidad para ser reconocidos por las partes y testigos.

Resulta aún necesario el examen por el Juez de determinados documentos en su formato original, lo cual debe ser previsto.

  1. Insuficiencia de personal informático del CAU para dar respuesta a todas las incidencias que se desarrollan a diario. La resolución de incidencias no es inmediata y tarda cada vez más.
  2. RIESGOS LABORALES. Valorar la incidencia que tendrá el estudio de escritos de gran extensión en pantalla para la vista y posturales.
  3. Debe POSIBILITARSE EL TRABAJO DEL JUEZ desde casa y dotarle de Medios Informáticos para el traslado de expedientes y su consulta en el acto de la vista.

Por parte de los sindicatos de funcionarios han sido reiteradas las quejas ante el Ministerio, como, por ejemplo, el escrito publicado recientemente ( enero de 2017) por el sindicato CCOO en el que se ponen de manifiesto que las aplicaciones informáticas judiciales no funcionan de forma mínimamente aceptable, se cuelgan constantemente, son lentas, los equipos informáticos son obsoletos, no hay la adecuada información ni formación para el personal, los medios materiales son insuficientes, y no existe la adecuada plantilla en las oficinas de registro y reparto.

Ello unido a la escasez de plantilla de técnicos informáticos, como  expresa el Estudio del TSJ,  y que impide un adecuado y pronto tratamiento de las numerosas incidencias que surgen durante la implantación del sistema,  pone en riesgo la eficacia del mismo, y la implicación de los  jueces y el resto de personal a la hora de asumirlo como una herramienta útil para la modernización de la administración de justicia.

  1. Inversiones en medios materiales

Actualmente  se encuentra en fase de ejecución el proyecto de remodelación el edifico de los juzgados  de Palencia, que albergará prácticamente la totalidad de los órganos unipersonales, Fiscalía y la Audiencia Provincial, adaptando a las nuevas necesidades un inmueble  que se construyó y diseño  en los años setenta.

Admitiendo que resultaría utópico  exigir  las inversiones que resultarían necesarias para la construcción o rehabilitación de nuevos edificios, debe destacarse la obsolescencia de algunos  centros de trabajo que albergan  Audiencias Provinciales, como los de Zamora, Salamanca, Segovia o Ávila.

En este capítulo  sobresale el caso de Valladolid, capital de la Comunidad Autónoma, y que también acoge  sedes desplazadas del TSJ, cuyos juzgados y tribunales han llegado a ocupar hasta diez inmuebles separados y distantes entre sí, y que tras  décadas de parálisis en el desarrollo del proyecto de una ciudad de la justicia, se encuentra pendiente de que el nuevo equipo de gobierno municipal reciba los apoyos necesarios por parte del gobierno central (  financieros y de tipo urbanístico)  para  la reubicación de los juzgados en el centro de la ciudad en un proyecto que  ha sido acogido  favorablemente por  los colegios profesionales, organizaciones   empresariales y sociales, así como los sindicatos.

La obsolescencia generalizada de los edificios judiciales de nuestra CCAA ha conllevado  incidencias en las condiciones de trabajo de todos  los cuerpos profesionales afectados ( denuncias  sindicales en Vitigudino o Valladolid)  así como de seguridad y salud laboral( Juzgados de Segovia ó Zamora), sin que, dada la carencia de recursos financieros pueda adivinarse una solución satisfactoria en el futuro inmediato, lo que implicará un progresivo deterioro de las condiciones de trabajo.

  1. Conclusiones

 En conclusión, el trabajo  judicial  en la CCAA de castilla y León se asume por una plantilla cada vez más envejecida, sin perspectivas  de promoción profesional y sin incentivos económicos que compensen tal situación. En contraposición, soportan unas cargas de trabajo que superan  de manera generalizada los módulos que se  han considerado como aceptables por el CGPJ, apreciándose en esta materia un paulatino desplazamiento de los efectos de la crisis desde la jurisdicción social hacia la civil.

A ello se une la precariedad de los medios materiales de que disponen los jueces, tanto en lo referido a las sedes judiciales como a los instrumentos y medios informáticos, diseñados al margen de las necesidades prácticas de quienes los han de utilizar y lastrados por numerosas incidencias en el día a día, sin que por el Ministerio se haya proveído de una plantilla suficiente de técnicos para atender adecuadamente tales incidencias, lo que  necesariamente repercute en la calidad y  celeridad del servicio.

En Valladolid y Zamora, a  7 de febrero de 2017.