INFORME DE LA SECCIÓN TERRITORIAL DE ASTURIAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA

Según la Memoria del Tribunal Superior de Justicia de Asturias para el año 2015 (están pendientes de publicación los datos de 2016), se considera buena la situación que presenta la Administración de Justicia en Asturias, dentro de lo que es el contexto general de la Administración de Justicia en España.

Los datos correspondientes al año 2015 muestran que se ha producido un incremento de litigios habido en el año anterior, si bien se sigue por debajo de los niveles de 2013. En 2015 se ha producido un incremento en todas las jurisdicciones, excepto en la jurisdicción penal. 

2012 2013 2014 2015
Nº total de asuntos ingresados 179.863 174.218 166.192  

168.082

Penales 111.871 99.610 96.206
Civiles 45.563 50.807 52.832

 

Laborales 16.269 13.335 15.065
c-a 3.515 2.440 3973

El número de asuntos resueltos ascendió a 169.305 frente a los 165.470 del año anterior lo que significa un ligero ascenso. El número de asuntos resueltos en el año 2015 es ligeramente superior al de asuntos ingresados.

Los datos expuestos confirman que se ha producido un incremento en el número de asuntos ingresados significativo en la jurisdicción civil y extraordinariamente llamativo en el ámbito de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, reduciéndose sólo en el ámbito penal, quizá por efecto de las últimas reformas en cuanto a la no judicialización de los atestados por hechos no esclarecidos.

Las tasas de pendencia más elevadas se dan en los Juzgados de lo Mercantil, Juzgados de lo Penal, los Juzgados de lo Social, y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ. Las tasas de resolución más elevadas corresponden a los Juzgados de lo Mercantil, los Juzgados de Familia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ, los Juzgados de Instrucción, los Mixtos en Instrucción, los JVM, y los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, todos ellos por encima del 1,00.

PRIORIDADES DE LA JUSTICIA ASTURIANA

Las medidas sobre planta judicial, infraestructuras y modernización requieren una fuerte inversión presupuestaria.

  • PLANTA JUDICIAL

El Presidente del TSJA, en este sentido ha seguido insistiendo en la necesidad de abordar de una vez la modificación de la actual demarcación judicial, para así conseguir un mejor aprovechamiento de los escasos recursos personales y materiales actualmente disponibles y dotar a la Administración de Justicia de una organización más eficaz.

Hasta tanto no se proceda a una nueva organización judicial, es necesaria la creación de nuevos órganos judiciales. En concreto, dos Juzgados de lo Social en Oviedo y el octavo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Avilés para poder afrontar la separación de las jurisdicciones civil y penal.

Y medidas de refuerzo a fin de dar solución a la excesiva carga de trabajo que soportan algunos Juzgados de Primera Instancia e Instrucción únicos, como son los de Llanes, Cangas de Onís, Luarca y Pravia, dentro de las opciones previstas en la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio (modificar las normas de reparto para equilibrar la distribución de asuntos, especialización temporal de órganos judiciales  y los jueces de adscripción territorial).

  • INFRAESTRUCTURAS JUDICIALES

Un año más este capítulo, el Presidente del TSJA pone de manifiesto las «graves carencias» del Principado en lo que a medios materiales se refiere. Tanto en lo que respecta a la situación de las sedes judiciales como las dotaciones informáticas y del material imprescindible para desarrollar las tareas, las deficiencias son muy importantes.

En lo que a los edificios se refiere, y comenzando por la sede del Tribunal Superior de Justicia, «hay que hacer constar que por ejemplo la Sala de lo Contencioso Administrativo, a diferencia del resto de las Salas de este Tribunal, se encuentra repartida en dos sedes físicas, Palacio de Valdecarzana y el Palacio de Camposagrado. Tanto en una ubicación como en la otra existen dependencias utilizadas por la oficina judicial, situándose una Secretaria en un Palacio y la otra en el otro, y cinco Magistrados tienen sus despachos en el Palacio de Valdecarzana y cuatro en el de Camposagrado, alguno de ellos incluso estando adscritos a la misma Sección. Además destaca que no todos los Magistrados disponen de despacho individual.

En lo que respecta a la situación general de ambos palacios «resulta imprescindible rehabilitar las dependencias en general, y especialmente en lo relativo a ventanas, puertas y paredes, sobre todo todas aquellas que se encuentran deterioradas por humedades y filtraciones varias». En todo caso sería prioritaria la desratización periódica de los edificios.

Por lo tanto, es necesario acabar con la dispersión de sedes judiciales en Oviedo donde se localizan siete diferentes con las dificultades de todo tipo que esto plantea, ente ellas, la implantación de la nueva oficina judicial.

Y ante las importantes deficiencias que presentan algunas sedes judiciales del territorio resulta urgente unas nuevas instalaciones para los Juzgados de Luarca, Piloña, Grado, Lena, Cangas de Onís y Pravia, adecuadas al servicio público que desarrollan.

Además, con carácter general en las sedes judiciales, existen problemas tales como: salas de vistas con problemas de falta de luz o de climatización adecuada, mobiliario, seguridad de edificios, ausencia de planes de emergencia y autoprotección, nefasta situación de los archivos.

MODERNIZACIÓN

    • Implantación de la nueva Oficina Judicial

Adecuar la oficina judicial a las necesidades de la Justicia del siglo XXI. Implantación progresiva de la nueva oficina judicial en los juzgados y tribunales del Principado, creando servicios comunes procesales y organizando unidades administrativas de gestión a fin de prestar un servicio de calidad a los ciudadanos.

La actual dispersión de sedes judiciales en Oviedo impide su implantación.

La Comunidad Autónoma tiene competencia plena para el diseño, creación y organización de los servicios comunes procesales, con funciones de registro y reparto, actos de comunicación, auxilio judicial, ejecución de resoluciones judiciales, jurisdicción voluntaria, mediación y ordenación del procedimiento. Asimismo, podrá crear servicios comunes procesales que asuman otras funciones distintas a las relacionadas en este numero (art. 438.3 LOPJ, modificado por LO 7/2015):

Servicios Comunes Procesales

  • Servicios Comunes de Apoyo a los Partidos Judiciales: Constitución en Partidos Judiciales con dos o más Juzgados de Primera Instancia.
  • Servicio de Peritaciones Judiciales y Traductores: Constitución en Oviedo, Gijón y Avilés.
  • Oficinas Comunes de Piezas de Convicción: Constitución en Oviedo, Gijón y Avilés y en los partidos judiciales que cuenten con Servicios de Apoyo.
  • Servicios de Comunicaciones Internas: Constitución en todas las sedes.
  • Servicios de Consultas de Registros Informáticos: Constitución en todas las sedes.
  • Servicios de Atención e Información al Ciudadano: Constitución en todas las sedes.
  • Servicio Común de Ejecución: Constitución en Oviedo y Gijón.
  • Servicio Común de Jurisdicción Voluntaria: Constitución en Oviedo y Gijón.

Unidades Administrativas de Gestión

  • Apoyo a las Oficinas: Creación en Oviedo, Gijón y Avilés.
    • Administración electrónica

Uno de los derechos del ciudadano es a una justicia ágil y tecnológicamente avanzada: Implantación de LexNet, para comunicación entre órganos judiciales, abogados y procuradores. A lo largo del año se ha avanzado bastante en su implantación.

Informatización integral, especialmente en los servicios de entrada y comunes de notificaciones y embargos, de reparto de asuntos, señalamientos e implantación de la firma electrónica. Creación de una red judicial de comunicaciones que permita transferencia de datos entre oficinas judiciales. Implantación de un sistema informático que deberá ser compatible con el de otras comunidades autónomas para facilitar su comunicación e integración (art. 230 LOPJ, modificado por LO 7/2015).

Crear un portal de la Administración de Justicia en el Principado de Asturias con información sobre sedes y trámites, orientación jurídica, formularios y trámites on-line.

Se están dando pasos para la implantación del expediente digital, de momento en un “plan piloto” para los Juzgados de Mieres a partir del 1 de enero de 2017.

Otras medidas imprescindibles que son mas vistosas y no requieren tanto esfuerzo presupuestario:

  • ESPECIAL PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE DELITOS

 Organizar y potenciar las Oficinas de Asistencia a las Víctimas, en especial a las más vulnerables, como las de violencia de género, menores o con discapacidad e inmigrantes, competencia de la Comunidad Autónoma, por mandato de la normativa de la UE y la reciente Ley 4/2005, de 27 de abril (arts. 27 y ss.).

  • ATENCIÓN AL CIUDADANO

Implantar el servicio de atención e información al ciudadano en sedes que alberguen más de cuatro órganos judiciales y en el portal en internet para el resto.

  • DOTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD

Fomento de la cooperación del Gobierno autonómico con los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma para organizar los trabajos en beneficio de la comunidad.

  • ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

Mejorar la cobertura de la asistencia jurídica gratuita, en su gestión y en la lucha contra el fraude (investigación patrimonial del solicitante), garantizando su prestación a través del turno de oficio, con una dotación presupuestaria adecuada y suficiente que permita el acceso de todos los ciudadanos a la tutela judicial efectiva en condiciones de igualdad.

  • PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Aprobación e implementación de un Plan de Formación Continua para todo el personal de la Administración de Justicia que dependa de la Comunidad Autónoma asturiana con especial incidencia en la formación previa del personal temporal e interino. No habrá cobertura de puestos interinos sin formación previa que garantice la capacitación para la gestión procesal.

  • REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DE MENORES INFRACTORES

 Mejorar los centros de menores, a través de la dotación de recursos suficientes y el incremento de profesionales especializados.

  • MEDIDAS ALTERNATIVAS EXTRAJUDICIALES A LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Establecer servicios de mediación y conciliación de carácter público en todos los órdenes jurisdiccionales que eviten el inicio de procesos judiciales propiciando medidas alternativas y extrajudiciales a la resolución de conflictos en coordinación con los órganos judiciales.