Casación o unificación de doctrina. El futuro del Tribunal Supremo. Consuelo Madrigal

La función constitucional del TS y el recurso de casación como herramienta jurídica de resistencia frente a la arbitrariedad y garantía de la igualdad y seguridad. Inconvenientes y riesgos del modelo de unificación de doctrina que prioriza el resultado colateral de la uniformidad jurisprudencial sobre la función primordial del de fijación del contenido de la ley a través de su interpretación. Análisis de estas cuestiones a luz de la última propuesta legislativa que reduce al TS a la condición de mero árbitro de eventuales contradicciones territoriales sobre un reducido elenco de materias y encomienda en una medida mucho más amplia de lo que parece, la tarea de interpretación de la ley a los Tribunales Superiores de Justicia, a quienes el art. 152 CE no atribuye tal misión.

La protección de datos en la investigación policial y en el proceso penal. Joaquín Bayo Delgado

El tratamiento de datos personales por la policía y por la autoridad judicial en el ámbito penal carece, incluso a nivel internacional, de una regulación específica y adecuada, pues ningún instrumento jurídico vinculante se refiere pormenorizadamente a esa materia. La futura Decisión Marco, que parece va a ser adoptada por el Consejo de la Unión Europea antes de final de 2008, vendrá a paliar, muy defectuosamente, esa carencia. Es de desear que el legislador español esté a la altura de las circunstancias y se plantee de forma seria y global una norma completa y de nivel técnico adecuado. Entretanto, el sistema de fuentes ya permite y obliga a proteger el derecho fundamental a la protección de los datos personales.

Nombramiento de cargos judiciales. (Desconcertante jurisprudencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo). Juan Igartua Salaverría

La Sala 3ª con la STS 29/05/2006 inauguró una rompedora línea jurisprudencial que luego se quebró con el Auto de la misma Sala de 23/02/2007. No obstante, el Tribunal retomó el prometedor rumbo en la STS 27/11/2007; pero a los dos meses, en la STS 21/01/2008, lo volvió a perder. Quizás evite tanta oscilación la última reforma reglamentaria del CGPJ.

Competencia del Jurado. Perfecto Andrés Ibáñez

El legislador, al justificar la introducción del jurado en la organización judicial española, ha hecho uso de un criterio muy estricto, que funda, claramente, en el déficit de capacidad técnica y, eventualmente, cultural del órgano para hacer frente al enjuiciamiento. Resultado de ello es una relación de delitos competencia del Jurado (art. 1.2 de la ley), a la que se refieren luego algunas normas complementarias. Pues bien, por coherencia con ese imperativo legal y con la propia lógica del sistema, el precepto citado debe interpretarse de la forma más restrictiva.

El juez Víctor Covián y Junco. Aproximación a su vida y a su obra. Fructuoso Díaz García

El redescubrimiento, hace unos pocos años, de una de las mejores bibliotecas particulares asturianas permitió la catalogación y el estudio detallado de la misma; y esto ha traído consigo no sólo el reconocimiento de un bien del patrimonio cultural bibliográfico español, sino también la recuperación, no todavía en toda su extensión y profundidad, de la vida y obra de un extraordinario hombre de leyes de finales del siglo xix y principios del siglo xx, don Víctor Covián y Junco. Su biografía y su biblioteca pasan a convertirse en una más de las piezas que forman el rompecabezas historiográfico de uno de los períodos históricos más importantes de la Historia de España.

La nueva ley ‘de la memoria’ y la vulneración de los artículos 2 y 13 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos en el caso de los desaparecidos del franquismo. Miguel Ángel Rodríguez Arias

La nueva «ley de la memoria» establece un anómalo marco de autorización administrativa para la recuperación privada de los restos mortales de los desaparecidos del franquismo, siguiéndose con ello, en realidad, el modelo de la Orden de 1 de mayo de 1940 «sobre exhumaciones e inhumaciones de cadáveres asesinados por los rojos». El Estado español desatenderá así, definitivamente, el deber de realizar una investigación oficial efectiva e independiente conducente al esclarecimiento de los hechos, conforme los artículos 2 y 13 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y la jurisprudencia constante del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la materia.

La intervención del juez de instrucción en las diligencias de investigación seguidas por desapariciones forzadas en la dictadura franquista. Amaya Oliva Díaz

El artículo tiene como principal objetivo describir las diligencias esenciales a practicar dentro de una instrucción penal seguida por delitos de desapariciones forzadas con las obvias particularidades que la misma conllevaría. Partiendo de las obligaciones internacionales a cargo del Estado en esta materia, se abordan los derechos de las víctimas de estos delitos, su protección en el proceso y la situación procesal derivada de la personación de las asociaciones colectivas de familiares o defensoras de derechos humanos. Por último, se ofrece un protocolo modelo de exhumación, resultado de la adaptación al derecho interno de los trabajos internacionales sobre la materia.

Hacia la reforma del sistema de acceso a la función judicial (a modo de introducción). Javier Hernández García

En pocos escenarios, como el del proceso selectivo de los llamados a ejercer el poder judicial, se aprecia con tanta claridad la ausencia de transición de modelos o, al menos, la dimensión transformadora que supone la irrupción y consolidación de un régimen constitucional. El objetivo principal del presente trabajo reside, por un lado, en estimular la apertura del debate sobre la reforma del modelo de selección y, por otro, en la necesidad urgente de romper, de forma discursiva y argumentativamente rigurosa, el marco conceptual que hasta ahora rodea toda la discusión —desde fuera y desde dentro de la corporación judicial — sobre cómo y con qué instrumentos deben seleccionarse a los jueces en nuestro país.

Propuesta de mejora de la formación inicial en la Escuela Judicial. Carlos Gómez Martínez

Desde 1997 la formación inicial de los jueces ha venido siendo objeto de una puesta al día que, en cambio, no se ha producido en el otro elemento que integra la fase selectiva: la oposición. La configuración que se dé a una nueva prueba de acceso influirá en la docencia que se imparta en la fase de formación inicial dado que una y otra deben ser coherentes entre sí. La mejora de la formación inicial pasa por la profundización en el método del caso, la reforma del sistema de evaluación y la insistencia en la formación en valores. Además, es preciso aprobar un estatuto del profesor ordinario de la Escuela Judicial, garantizar legalmente una mayor duración del período formativo y asegurar una mayor autonomía funcional y pedagógica de la Escuela Judicial.

Gustavo Zagrebelsky: juez constitucional. Miguel Carbonell

G. Zagrebelsky, uno de los teóricos más representativos de la corriente «neoconstitucionalista» ha publicado un pequeño libro de reflexiones sobre su etapa de magistrado constitucional. La obra no es autobiográfica, en el sentido convencional del término, aunque sí vivencial, pues ilustra sobre cómo el autor ha experimentado esas ricas vicisitudes, situadas en la zona de confluencia, inevitablemente conflictual, de la política y el orden jurídico.

La formación de los magistrados en Italia: líneas maestras y objetivos formativos. Perspectivas de derecho comparado. Antonio Balsamo

La reforma del ordenamiento judicial acometida en Italia en las últimas legislaturas afecta también al tema de la formación judicial, al haberse previsto expresamente la creación de una Escuela Superior de la Magistratura hasta ahora inexistente en Italia. Este trabajo analiza el marco normativo de la futura Escuela Superior de la Magistratura italiana (destinada a asegurar la formación inicial y continua de los profesionales —jueces y fiscales— que integran la magistratura en Italia), sitúa la institución en el contexto europeo e internacional de los diversos organismos dedicados a la formación judicial y se detiene en el estudio de la dimensión internacional de la formación judicial, que se ve claramente potenciada por los procesos de integración iniciados en el ámbito europeo y por las consecuencias derivadas de los instrumentos internacionales de protección de los derechos fundamentales.

Apuntes

  • En el Consejo, para empezar ‘bien’, más de lo mismo
  • Primeras noticias
  • Presidencia: primeros pasos
  • La culpa es nuestra
  • Los locos en Cataluña: una aproximación histórica desde la jurisdicción