«Ante la apertura de un expediente disciplinario a los Magistrados Garbiñé Biurrún Mancisidor, Florentino Eguaran Mendiri y Juan Carlos Iturri Gárate por la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial el día 26 de junio de 2006, con el voto particular de la Vocal Montserrat Comas, el Secretario de JpD tiene que indicar lo siguiente:

Se trata de una decisión absolutamente improcedente y sin apoyo alguno en la LOPJ, porque, en primer lugar, la falta que supuestamente habrían cometido está prescrita. En segundo lugar, en el momento de remitir el escrito que ha dado lugar a la apertura del expediente disciplinario, ejercitaban el derecho de defensa y de libertad de expresión en un expediente que les podía perjudicar; derechos que han sido especialmente tutelados por el Tribunal Constitucional. Además, resulta imposible que hayan podido cometer la falta disciplinaria objeto de imputación, pues los Magistrados no realizaron las manifestaciones en el ejercicio de la función jurisdiccional, sino como personas afectadas en un expediente administrativo, y finalmente no se puede estimar que se haya cometido la falta de respeto, cuando no existe ninguna ofensa personal a ningún Vocal del Consejo.

Este Secretariado quiere mostrar su apoyo absoluto a dichos Magistrados miembros de esta Asociación y dentro de sus competencias y facultades hará todo lo posible por el inmediato archivo del expediente».

30 de junio de 2006