De Nüremberg a Madrid: la sentencia del caso Scilingo. Carlos Castresana Fernández

La evolución de los procesos penales seguidos en España en los que se viene haciendo aplicación de normas de derecho penal internacional ha deparado recientemente importantes novedades. La Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo 327/2003 de 25 de febrero, dictada en el caso Guatemala, que definía la extensión y límites de la jurisdicción universal reconocida para determinados tipos penales en el artículo 23.4 de nuestra Ley Orgánica del Poder Judicial en términos muy restrictivos, ha sido anulada por la Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2005, la cual otorga el amparo a los querellantes recurrentes, anulando tanto la referida Sentencia del Tribunal Supremo como el Auto de la Audiencia Nacional del que aquella traía causa.

Inmigración clandestina, mafias y lucha contra los pobres. Un tipo penal indecente, Ramón Sáez Valcárcel

El discurso oficial sobre la inmigración clandestina señala a las mafias como el sujeto que propiciaría, controlaría y se beneficiaría del tráfico de personas. Esas mafias explicarían por qué pobres emigrantes se juegan la vida, sabemos que muchos la pierden, al atravesar la frontera sur de Europa y serían los responsables de la explotación y muerte de tantas personas. Atribuir a la “mafia” participación en el asunto sirve a la criminalización de todas las redes y recursos que permiten a los inmigrantes acceder clandestinamente a Europa, incluso las de tipo familiar o humanitario. Mafia remite a crimen organizado.

La violencia de género en la Ley Integral: valoración político-criminal. Patricia Laurenzo Copello

Desde que la violencia contra las mujeres saliera del ámbito privado para convertirse en un asunto de interés público ampliamente difundido por los medios de comunicación, el legislador enfocó el problema a partir de su calificación como un caso más de maltrato familiar. Así lo expresó con toda claridad con motivo de la inclusión del primer delito de violencia habitual en el año 1989, al justificar la nueva figura como un instrumento destinado a proteger “a los miembros físicamente más débiles del grupo familiar frente a conductas sistemáticamente agresivas de otros miembros del mismo”.

El proceso penal y los procedimientos administrativos sancionadores: especial referencia al procedimiento disciplinario militar. Angel Juanes Peces

Es doctrina reiterada del Tribunal Constitucional (en adelante, TC) sobre la que insistiremos más adelante, que los principios del proceso penal son aplicables al proceso disciplinario en general y al disciplinario militar en particular, con matices o modulaciones.

En defensa del derecho de sufragio. Florentino Eguaras Mendiri

Se pretende en este breve estudio solventar la posible paradoja que puede crear el que ilegalizado el complejo Batasuna por el Tribunal Supremo, e impedida su participación en los comicios al Parlamento Vasco de 2005, los presuntos votos de esta formación, incrementados, hayan sido recogidos por el Partido Comunista de las Tierras Vascas.

Castigar la disidencia. El movimiento de ocupación en el ordenamiento jurídico. Amaya Olivas Díaz

En este artículo se pretende hacer una pequeña aproximación a las disfunciones originadas en el tratamiento que el ordenamiento jurídico dispensa al movimiento social de ocupación. Lo definimos como movimiento social —en adelante, MS— desde el momento en que aquel reúne los rasgos que se consideran fundamentales para tal definición, es decir: conflicto, desafío, cambio y acción colectiva (González, 2005) y ello, desde el momento en que la práctica de la ocupación de inmuebles puede ser caracterizada, sintéticamente, como aquel conjunto de acciones no institucionales, realizadas colectivamente, cuyo objetivo principal se centra en el acceso directo a un bien urbano escaso —la vivienda y los espacios de sociabilidad— y su defensa legítima, con la intención de promover cambios (Martínez, 2002).

Conocimiento científico y decisión judicial. ¿Cómo accede la ciencia al proceso y cómo puede valorarse por los jueces?. Javier Hernández García

El creciente recurso a la ciencia como instrumento de determinación de los aspectos fácticos de la decisión judicial abre numerosas perspectivas de indudable interés, pero también da lugar a una serie muy amplia de problemas de difícil solución, algunos de los cuales todavía no son percibidos como tales por los partícipes en los procesos jurisdiccionales donde se revelan.

Sobre la posibilidad de formular estándares de prueba objetivos. Marina Gascón Abellán

Frente a ciertas concepciones de la prueba para las que el proceso no debe estar orientado a la verdad sino primaria y exclusivamente a la resolución del conflicto, doy aquí por supuesto que, por muchas razones, el proceso (o más en concreto la prueba) debe orientarse a averiguar la verdad. Sin embargo, el conocimiento de hechos que tiene lugar en la prueba judicial es imperfecto o relativo, lo que obedece básicamente a dos tipos de razones.

El ‘caso Verbitsky’: nuevos rumbos en el control judicial de la actividad de los poderes políticos en la Argentina?. Christian Courtis

El 3 de mayo de 2005, la Corte Suprema de Justicia argentina emitió una sentencia sorprendente, Verbitsky, Horacio s/habeas corpus, en la que decide sobre la situación de alrededor de 6.000 personas detenidas en comisarías de la Provincia de Buenos Aires en espera de ser juzgadas penalmente.

Apuntes

  • ¿‘Guerra’ al terrrorismo o al derecho?
  • El TS y el delito de genocidio: ¿puntos de conexión o causas de exculpación?
  • Guantánamo(s) de nunca acabar
  • La fortaleza europea ya no es una metáfora
  • Por encima del bien y del mal